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RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2016, del Presidente del Instituto Aragonés del Agua, por la que se efectúa el nombramiento de representantes institucionales en el Pleno de la Comisión del Agua de Aragón.

Publicado el 09/03/2016 (Nº 47)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Tras las elecciones autonómicas y municipales de mayo de 2015, es preceptiva la renovación y designación de nuevos representantes institucionales en el Pleno de la Comisión del Agua de Aragón. A tales efectos, el artículo 36.1 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón, establece como representantes de las Instituciones públicas, con presencia en la Comisión del Agua de Aragón, a tres representantes de los municipios de Huesca, Teruel y Zaragoza (apartado g), tres representantes de las Comarcas Aragonesas (apartado i), cuatro expertos en materias hídricas designados por el Presidente de la Comunidad Autónoma (apartado m), cuatro representantes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (apartado n) y un representante designado por cada uno de los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón (apartado ñ), para lo cual el Presidente del Instituto Aragonés del Agua se dirigió a través de escritos de fecha 22 de septiembre de 2015, a los alcaldes de los municipios de Huesca, Teruel y Zaragoza, al Presidente del Consejo de Cooperación Comarcal, al Presidente de las Cortes de Aragón y al Presidente de la Comunidad Autónoma, a los efectos de designación de los representantes titulares y suplentes de las Instituciones públicas en la Comisión del Agua de Aragón, tal y como se establece en el artículo 6 y el artículo 9.4 del Decreto 218/2010, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión del Agua de Aragón y del Procedimiento para la formación de las Bases de la Política del Agua en Aragón.

Mediante certificado de la Secretaria de las Cortes de Aragón, se trasladó al Presidente del Instituto Aragonés del Agua el Acuerdo de la Mesa de las Cortes de Aragón, en sesión celebrada el 28 de octubre de 2015, a través del cual se designan por cada uno de los Grupos Parlamentarios de las Cortes de Aragón, los representantes titulares y suplentes, de los respectivos grupos en la Comisión, haciéndose constancia expresa de que el Grupo Parlamentario Ciudadanos ha decidido no hacer propuesta de representante en la Comisión del Agua de Aragón.

Asimismo, el artículo 9 del Decreto 218/2010, de 30 de noviembre, establece en relación con la vigencia del mandado de los vocales, que el mandato de los miembros de la Comisión será por un periodo máximo de seis años desde su nombramiento, salvo que su designación sea revocada a petición del mismo órgano que los nombró. En tal sentido, varios colectivos que han procedido a revocar y sustituir la representación de sus vocales en la Comisión del Agua de Aragón, lo que hace necesaria la sustitución de sus representantes a petición del órgano que propuso su nombramiento, de conformidad con el artículo 9.1, apartado b) del Reglamento de la Comisión del Agua de Aragón (Decreto 218/2010, de 30 de noviembre).

Recibidas las correspondientes designaciones de los representantes institucionales, tal y como se establece en el artículo 6.2 del Decreto 218/2010, 30 de noviembre, y tomadas en consideración las revocaciones y propuestas de nuevos de vocales efectuadas a petición del órgano que propuso sus nombramientos, es preceptivo, que, de conformidad con el artículo 7.1 de dicho Decreto, el Presidente del Instituto Aragonés del Agua dicte resolución procediendo al nombramiento y renovación de los representantes titulares y suplentes de las instituciones públicas y resto de miembros con presencia en la Comisión del Agua de Aragón, a los efectos de renovar el Pleno de dicho órgano colegiado, motivo por el cual se dicta la presente,

resolución:

Primero.- Proceder de conformidad con el artículo 7.1 del Decreto 218/2010, de 30 de noviembre, al nombramiento de los representantes titulares y suplentes en el Pleno de la Comisión del Agua de Aragón que a continuación se referencian:

Segundo.- De conformidad con el artículo 7.2 del Decreto 218/2010, de 30 de noviembre, los representantes titulares tomarán posesión de su cargo en la siguiente sesión que celebre el Pleno de la Comisión del Agua de Aragón, con los derechos y deberes que para los miembros de la Comisión del Agua se determinan en el artículo 8 del Decreto 218/2010, de 30 de noviembre, del Reglamento de la Comisión del Agua de Aragón.

Zaragoza, 3 de marzo de 2016.

EL Presidente del Instituto Aragonés del Agua,

JOAQUÍN OLONA BLASCO