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EDICTO del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Fraga, relativo a los autos familia, guardia y custodia, alimentos hija menor no matriz no consensuado número 262/2014.

Publicado el 17/12/2015 (Nº 242)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO DOS DE FRAGA

Texto completo:

En este órgano judicial, se tramita procedimiento de familia, guardia y custodia, alimentos de hija menor número 262/2014, seguido a instancia de D.ª Stanka Ilarionova Miteva, representada por el Procurador D. Borja Labrador Casas, frente a D. Dimo Andonov Hristov, en el que, por Resolución de 30 de noviembre de 2015, se ha acordado notificar a la parte demandada, por hallarse en situación de rebeldía, la sentencia de fecha 14 de octubre de 2015 del tenor literal siguiente

Sentencia 67/2015

En la ciudad de Fraga, a 14 de octubre de 2.015.

Vistos por D. José María Galindo Clarimón, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Fraga, los autos del procedimiento de familia sobre guarda y custodia y alimentos 262/2014, instados por el Procurador D. Borja Labrador, en nombre y representación de D.ª Stanka Ilarionova Miteva, actuando bajo la dirección letrada de D. Miguel Rodríguez Beltrán; contra la parte demandada Dimo Andonov Hristov (N.I.E. X8175453-B), que no contestó a la demanda, quedando en situación procesal de rebeldía; actuando el Ministerio Fiscal en la representación que la Ley le otorga; se dictó la presente conforme a los siguientes: (Hechos y Fundamentos de Derecho).

Fallo

Que debo estimar y estimo sustancialmente la demanda formulada por el Procurador D. Borja Labrador, en nombre y representación de Stanka Ilarionova Miteva contra Dimo Andonov Hristov (N.I.E. X8175453-B), en la que intervino el Ministerio Fiscal, y en consecuencia acuerdo lo siguiente:

1. La patria potestad de la menor Lilyana Dimova Andonova será ejercida conjuntamente por ambos progenitores,

2. Se atribuye la guardia y custodia exclusiva de la menor Lilyana Dimova Andonova a su madre, Stanka Ilarionova Miteva.

3. Se impone a Dimo Andonov Hristov (N.I.E. X8175453-B) el pago de una pensión alimenticia a favor de su hija Lilyana Dimova Andonova de 100 euros mensuales, que deberán ser ingresados los 10 primeros días de cada mes en la cuenta bancaria que facilite la parte actora. Dicha pensión será revisada cada año (con efectos el 1 de enero) a tenor de las variaciones que experimente el I.P.C. que al efecto publique el I.N.E. u organismo que lo sustituya.

4. No ha lugar a establecer un régimen de visitas a favor del padre.

No procede la imposición de costas a ninguna de las partes.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Huesca en el término de 20 días desde su notificación.

Así la pronuncia, manda y firma: D. José M.ª Galindo Clarimón, Juez del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción número 2 de Fraga y su Partido Judicial, D. José M.ª Galindo Clarimón. Doy fe.

Fraga, 11 de diciembre de 2015.- La Letrado de la Administración de Justicia, Lucía Fuente Buisán.