Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN PRI/854/2020, de 3 de septiembre, por la que se dispone la publicación de la Adenda al convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de La Puebla de Híjar, en materia de educación infantil de primer ciclo.

Publicado el 14/09/2020 (Nº 182)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios, con el número 2020/6/0182, la Adenda suscrita, con fecha 12 de agosto de 2020, por el Consejero de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Puebla de Híjar, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada Adenda, que figura como anexo de esta Orden, en el "Boletín Oficial de Aragón". Zaragoza

, 3 de septiembre de 2020.

La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DE HÍJAR, EN MATERIA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO

De una parte, el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en representación del Gobierno de Aragón, de conformidad con el acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 30 de julio de 2020.

Y de otra, el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Puebla de Híjar.

Que con fecha 20 de septiembre de 2019, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte y el Ayuntamiento de La Puebla de Híjar firmaron un convenio en virtud del cual se estableció la participación de la administración educativa autonómica en la financiación de las escuelas infantiles de primer ciclo gestionadas por el Ayuntamiento de La Puebla de Híjar.

El citado convenio establece que el Gobierno de Aragón aporta la cantidad de 36.700 €, distribuidos en 18.350 € para el año 2019 y 18.350 € para el año 2020, para la financiación de dos unidades en funcionamiento de julio de 2019 a junio de 2020.

El Ayuntamiento de La Puebla de Híjar, mediante escrito con fecha de entrada de 9 de junio de 2020, solicita la exclusión del convenio de una unidad desde septiembre de 2019 hasta junio de 2020, ambos inclusive, por no estar en funcionamiento, y que estaba dotada con un Técnico Superior de Educación Infantil, cuyo módulo anual es de 14.200 €.

Esto supone una reducción de la cantidad a aportar por el Gobierno de Aragón para su financiación de 11.833,33 €, correspondientes a 10 meses de un Técnico Superior de Educación Infantil, de los cuales 7.100 € son imputables a la cantidad comprometida para 2020. El convenio firmado el 20 de septiembre de 2020 estableció una cuantía de 36.700 €, por tanto, para ajustar la participación de la administración educativa a la configuración actual de las escuelas, el Gobierno de Aragón debe reducir su aportación a 24.866,67 €, quedando la cantidad comprometida para 2020 en 11.250 €. Así, se financian dos unidades en julio y agosto de 2019, y una unidad entre septiembre de 2019 y junio de 2020. Los restantes 4.733,33 € se deducirán del pago de la cantidad comprometida en 2020, por lo que éste nunca podrá ser superior a 6.516,67 €.

En consecuencia, para adecuar la participación de la administración educativa a la configuración actual de las unidades en funcionamiento de la escuela infantil de primer ciclo del Ayuntamiento de La Puebla de Híjar, se suscribe la presente adenda al convenio firmado el 20 de septiembre de 2019, que habrá de regirse por las siguientes

Primera.- La finalidad de la presente Adenda, es ajustar en 11.833,33 € la cantidad fijada en el convenio firmado el 20 de septiembre de 2020 para la financiación de la escuela infantil de primer ciclo del Ayuntamiento de La Puebla de Híjar, una vez constatado que hay una unidad menos en funcionamiento de las establecidas en el mismo, dotada con un Técnico Superior de Educación Infantil, durante el periodo comprendido entre septiembre de 2019 y junio de 2020, ambos inclusive. Así, para financiar el personal mínimo necesario para el funcionamiento de la escuela infantil (dos unidades en julio y agosto de 2019 y una unidad entre septiembre de 2019 y enero de 2020), la aportación del Gobierno de Aragón pasa a suponer un importe total de 24.866,67 €, de los cuales 11.250 € corresponden a la anualidad de 2020, con reflejo en la aplicación presupuestaria G/18030/4221/460022/91002.

Segunda.- Mediante la presente Adenda se establece la participación de la Administración educativa autonómica en la financiación del personal mínimo necesario de la escuela de educación Infantil de primer ciclo del Ayuntamiento de La Puebla de Híjar, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 25 de agosto de 2005 del entonces Departamento de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 106, de 5 de septiembre de 2005).

Tercera.- El Gobierno de Aragón reducirá su financiación en la cantidad de 11.833,33 € correspondiente a la unidad que no está en funcionamiento entre septiembre de 2019 y junio de 2020 de las establecidas en el convenio firmado el 20 de septiembre de 2019. De esta cifra, 7.100 € se deducirán de la cantidad comprometida en 2020, que pasa a ser de 11.250 €, y los restantes 4.733,34 € correspondientes a la anualidad de 2019 se deducirán del pago de esta cantidad comprometida de 2020, por lo que el pago nunca podrá ser superior a 6.516,67 €.

Cuarta.- La justificación de la parte del convenio correspondiente a 2020 deberá hacerse referenciada a la cantidad de gasto comprometido para esa anualidad, es decir, 11.250 €, independientemente de que el pago sea menor como consecuencia de lo reflejado en esta adenda.

Quinta.- Se mantienen todos los términos y plazos establecidos en el convenio firmado el 20 de septiembre de 2019 que no hayan sido modificados en esta adenda, en especial lo relativo a los pagos y a los plazos de presentación de la documentación justificativa.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda al convenio a que se refiere la cláusula primera, que se entiende formando parte de tal convenio a todos los efectos, a 12 de agosto de 2020.