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ORDEN de 11 de septiembre de 2013, del Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes, por la que se convoca licitación pública para la adquisición de viviendas con destino a la Red de Bolsas de Alquiler social de Aragón.

Publicado el 12/09/2013 (Nº 180)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS, URBANISMO, VIVIENDA Y TRANSPORTES

Texto completo:

La Comunidad Autónoma de Aragón, en cumplimiento de sus competencias en materia de vivienda y dentro del plan aragonés de gestión social de la vivienda, ha creado la Red de Bolsas de viviendas para el alquiler social de Aragón, mediante el Decreto 102/2013, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón.

El artículo 2 del citado Decreto establece que, entre otras, las Bolsas estarán integradas por las viviendas del patrimonio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que se determine. El Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes ha detectado que el patrimonio inmobiliario de viviendas existente resulta insuficiente, de ahí la necesidad de incrementar dicho parque residencial con viviendas de entre 50 y 75 m2 al objeto de su inclusión en la Red de Bolsas.

El artículo 7 de la Ley 6/2013, de 12 de agosto, por la que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito y por la que se autoriza la realización de operaciones de endeudamiento por importe de 190.000.000 euros, alude expresamente a que las actuaciones financiadas con cargo al crédito extraordinario o al suplemento de crédito tendrán un carácter social e irán dirigidas, entre otras actuaciones, a la vivienda social.

El artículo 24 de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón, establece que en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a salvo la regulación de las propiedades administrativas especiales, la competencia para adquirir a título oneroso bienes inmuebles o derechos sobre los mismos corresponde al Consejero competente en materia de patrimonio, que podrá ejercerla por propia iniciativa cuando lo estime conveniente para atender a las necesidades que, según las previsiones efectuadas, puedan surgir en el futuro, o a petición razonada del departamento interesado.

Mediante Orden de 9 de septiembre de 2013 el Consejero de Hacienda y Administración Pública delegó en el Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes la competencia para efectuar este proceso de adquisición de patrimonio.

Vistos los antecedentes mencionados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón, resuelvo:

Primero.- Convocar licitación pública para la adquisición de Viviendas con destino a la Red de Bolsas de Alquiler Social de Aragón, licitación que se regirá por el Pliego de Condiciones Generales que se publica como anexo a esta orden, por lo previsto en la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón y, en lo no previsto en ellos, por lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Segundo.- El plazo de presentación de propuestas de venta será de un mes contado desde el día de la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Tercero.- La adquisición de viviendas que se derive de la presente licitación se efectuará con cargo al crédito de 2.700.000 € consignado en la aplicación presupuestaria 13050/4311/602000/91102 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2013.

Zaragoza, 11 de septiembre de 2013.- El Consejero de Obras Públicas,Urbanismo, Vivienda y Transportes. Por delegación efectuada mediante Orden de 9 de septiembre de 2013 del

Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas ("Boletín Oficial de Aragón", n.º 179 de 11 de septiembre de 2013). Rafael Fernández de Alarcón Herrero.

ANEXO

PLIEGO DE CONDICIONES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA DE LOS CONTRATOS DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE ZARAGOZA POR LICITACIÓN PÚBLICA CON DESTINO A LA RED DE BOLSAS DE ALQUILER SOCIAL DE ARAGÓN, CREADA POR EL DECRETO 102/2013, DE 11 DE JUNIO, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN

1. Objeto de contrato

Constituye el objeto del contrato la adquisición de viviendas en el término municipal de Zaragoza mediante licitación pública para destinarlas a la Red de Bolsas de Alquiler Social de Aragón, creada por el Decreto 102/2013, de 11 de junio, del Gobierno de Aragón.

2. Requisitos que deben reunir las viviendas

Para ser admitidas al citado procedimiento de concurrencia pública las viviendas deberán reunir los siguientes requisitos:

-Tener una superficie útil entre 50 m2 y 75 m2.

-Estar inscritas como finca registral en el Registro de la propiedad.

-Estar libres de arrendamientos, cargas y gravámenes.

-Tener una antigüedad máxima de diez años a contar desde el certificado final de obra o, en caso de tratarse de una vivienda de protección oficial, desde la obtención de la calificación definitiva.

-Ser ofrecida por un precio máximo de 950 €/ m2 de superficie útil. En el caso de que se realice una oferta de grupo de viviendas, el precio por metro cuadrado de superficie útil deberá de ser el mismo para todas ellas. Se entenderá que existe oferta de grupo de viviendas cuando se oferten más de cuatro viviendas en un mismo edificio o comunidad de propietarios.

En caso de Viviendas de Protección Oficial deberán cumplir las condiciones para poderse vender al precio máximo señalado en este apartado.

-Reunir las condiciones de habitabilidad, en cuanto a pintura, instalación eléctrica, sanitaria, de calefacción, agua caliente y cocina equipada, incluyendo nevera, encontrándose en condiciones para su inmediata ocupación, sin que la existencia de dichas instalaciones y equipamiento suponga incremento alguno del precio máximo de adquisición.

-Tener en vigor la certificación de eficiencia energética.

-Estar al corriente del pago del impuesto sobre bienes inmuebles y de la comunidad de propietarios.

3. Capacidad para ser vendedor

Podrá contratar con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón cualquier persona física o jurídica, española o extranjera, que tenga plena capacidad de obrar y no esté incursa en ninguna de las circunstancias señaladas en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

4. Convocatoria y plazo de presentación de proposiciones

4.1. El plazo de presentación de proposiciones será de un mes a contar desde el día de la publicación de la convocatoria de licitación pública en el "Boletín Oficial de Aragón".

4.2. La proposición, que será secreta, constará de un único sobre en el que figurará el nombre del proponente y la inscripción "proposición para tomar parte en la convocatoria para la adquisición de viviendas por licitación pública".

4.3. En el sobre se adjuntará la documentación administrativa acreditativa de la personalidad jurídica y capacidad de obrar del oferente. Si éste fuese persona jurídica, la personalidad se acreditará mediante presentación de la escritura de constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán poder bastante al efecto, previamente bastanteado por la Dirección General de Servicios Jurídicos de la Diputación General de Aragón así como los datos de la persona que ostenta la representación cuya identidad se comprobara mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 146.1 a) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. Si el oferente es una persona física se comprobarán sus datos de identidad mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 16 de la Ley 3/2011, de medidas en materia de Contratos del Sector Público de Aragón.

A su vez se presentará declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones de contratar recogidas en el articulo 60 y 61 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, según modelo de proposición económica que se acompaña.

Se incluirá el compromiso expreso firmado por el oferente de aportar en un plazo improrrogable de diez días hábiles a contar a partir del día siguiente a la notificación de la resolución de adjudicación una copia del Título de dominio, acreditar la inscripción de la vivienda como finca registral en el Registro de la Propiedad, mediante un Certificado de dominio, emitido por el Registro de la Propiedad, en el que se exprese que el inmueble se haya libre de cargas y gravámenes y un Certificado de estar al corriente del pago de las cuotas de la comunidad de propietarios. En el caso de que la documentación anterior no aclare alguno de los requisitos previstos en el apartado 2 de este pliego, se deberá aportar la documentación justificativa correspondiente.

Se incluirá el compromiso expreso firmado por el oferente de grupo de viviendas de que admite que la Administración pueda adquirir sólo alguna o algunas de las viviendas integrantes del grupo.

También se incluirá la Proposición económica formulada con arreglo al siguiente modelo de proposición que se acompaña.

MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA

Don.... ..............................., con domicilio en............, con teléfono de contacto.......... y con CIF/NIF/NIE núm............, en nombre propio (o en representación....................como acredito por...............) estando interesado en tomar parte en la convocatoria para la adquisición de viviendas, anunciada en el "Boletín Oficial de Aragón", núm..........de fecha.........., deseo tomar parte en la misma comprometiéndome a la venta del inmueble de mi propiedad, sito en......, de.... m2 de superficie útil, según consta en el título de dominio o en la inscripción registral o en la certificación de medición visada realizada por técnico competente que se acompaña (táchese lo que no corresponda), por el importe de_______________-€. (incluidos los impuestos y gastos que sean a cargo del vendedor)

Todo ello con arreglo a la totalidad de las cláusulas del pliego de condiciones generales, las cuales acepto íntegra e incondicionadamente, haciendo constar que no estoy incurso (o que la persona que represento no está incursa) en ninguna de las circunstancias establecidas en los artículos 60 y 61 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y me hallo al corriente (o la persona que represento se halla al corriente), de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad Autónoma de Aragón y de las obligaciones de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

A través de la presente, se formula renuncia expresa a la exigencia de responsabilidad a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en el caso de que la misma renuncie a la celebración del contrato o desista del procedimiento antes de la adjudicación.

(Lugar, fecha y firma de los proponentes)

En caso de ofertar varias viviendas, este modelo se repetirá para cada una de las viviendas ofertadas.

5. Mesa de contratación

La mesa de contratación estará formada por cuatro miembros nombrados por el órgano de contratación, de los cuales dos lo serán a propuesta de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, uno a propuesta de la Dirección General de Servicios Jurídicos y uno a propuesta de la Intervención General.

La mesa se reunirá en una primera sesión para realizar la apertura de sobres y en una segunda sesión para realizar la propuesta de adjudicación de los contratos al Consejero de Hacienda y Administración Pública, a la vista de los informes técnicos previamente emitidos por las Subdirecciones Provinciales de Vivienda.

En la primera sesión de la Mesa de contratación, se abrirán los sobres y se analizará si las ofertas cuentan con todos los requisitos, excluyendo las que no los tuvieran, y se procederá a ordenarlas en función del precio ofertado (de menos a más €/m2) para que posteriormente, conforme a lo indicado en el apartado siguiente,

La Subdirección Provincial de Vivienda proceda a inspeccionar las viviendas de menor precio ofertado hasta completar las que pueden adquirirse con los 2.700.000€ presupuestados, teniendo en cuenta que con esa cantidad deberán pagarse los impuestos a cargo del comprador, el otorgamiento de escrituras, la inscripción registral y demás gastos necesarios.

6. Informe sobre las proposiciones de venta

Las Subdirecciones Provinciales de Vivienda girarán visita a las viviendas ofertadas comenzando por las de menor precio ofertado y emitirán un informe sobre cada una de ellas de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el siguiente apartado, incluyendo además la comprobación y acreditación del cumplimiento de los requisitos relacionados en el apartado 2 de estos pliegos.

Serán rechazadas aquellas viviendas que a juicio de los servicios técnicos de la Dirección General de Vivienda, no se encuentren en perfecto estado de conservación o no estén dispuestas para ser ocupadas inmediatamente, salvo la necesidad de alta de suministro de agua y energía.

7. Criterios de valoración

La selección de las viviendas a adquirir se realizará en función del menor precio del metro cuadrado útil, ponderado en función del número de viviendas ofertado en un mismo edificio o comunidad de propietarios.

Así, a los efectos de valoración de las ofertas, cuando se oferten más de cuatro viviendas en un mismo edificio o comunidad de propietarios, se considerará que el precio por metro cuadrado es 10 euros por m2 menor del ofertado para la venta.

Una vez hecha esa ponderación, se ordenarán las viviendas de menos a más precio por metro cuadrado y se procederá a realizar la propuesta de adjudicación, considerando lo establecido en los dos párrafos siguientes:

En el caso de que se oferten viviendas a valor ponderado por metro cuadrado idéntico, se seleccionarán las más próximas (en línea recta) a la Plaza de España de Zaragoza.

El número de viviendas a adquirir será el máximo posible, considerando que con el crédito presupuestario disponible deben abonarse la adquisición de la vivienda, los impuestos a cargo del comprador, el otorgamiento de escrituras, las inscripciones registrales y demás gastos necesarios.

En caso de oferta de varias viviendas en el mismo edificio o comunidad de propietarios, la Administración podrá adquirir únicamente una parte de las viviendas ofertadas.

8. Propuesta de adjudicación

A la vista de los informes técnicos emitidos por las Subdirecciones Provinciales de Vivienda la mesa de contratación elevará al Consejero de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes la propuesta de adjudicación.

9. Aprobación de las adjudicaciones

El Consejero de de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes emitirá una orden de resolución del procedimiento en la que se incluirán las viviendas a comprar y se procederá a la notificación individualizada a cada uno de los seleccionados.

10. Formalización del contrato

El adjudicatario queda obligado a formalizar la correspondiente escritura pública a favor de la Comunidad Autónoma, en el momento en que se le convoque, siempre que hayan transcurrido diez días desde la comunicación de la adjudicación. Si en ese plazo no se formaliza la correspondiente escritura, se considerará que la adjudicación queda sin efecto y se procederá a adjudicar al siguiente de la lista de valoración, si procede.

11. Renuncia a la celebración del contrato o desistimiento del procedimiento.

Los supuestos en los que la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón renuncie a la celebración del contrato o desista del procedimiento de adjudicación no darán lugar a responsabilidad indemnizatoria o pecuaria por parte de esta, renunciando los licitadores de forma expresa y fehaciente al presentarse al procedimiento de licitación a la exigencia de dicha responsabilidad en los dos supuestos referidos, dejando constancia de dicha renuncia en el documento que contiene la proposición económica de acuerdo con el modelo establecido en el presente pliego.

12. Pago del inmueble

El adjudicatario tiene derecho al abono del precio convenido, que se realizará por los medios establecidos en la normativa vigente, en el momento de la formalización de la escritura pública de compraventa del inmueble.

13. Financiación de la adquisición

Se destinará una partida de 2.700.000 €, aprobada por la Ley 6/2013, de 12 de agosto, por la que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito y por la que se autoriza la realización de operaciones de endeudamiento por importe de 190.000.000 euros, y consignada en la aplicación presupuestaria 13050/4311/602000/91102, cuyo importe máximo en ningún caso podrá ser superado mediante la adquisición de viviendas contemplado en el presente pliego.

14. Régimen Jurídico

El contrato que regula las presentes cláusulas tiene naturaleza privada y se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación, por las normas de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón y por el presente pliego de cláusulas administrativas y en lo no previsto en ellas regirá el Real Decreto Legislativo 3/2011,

de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El orden jurisdiccional contencioso administrativo será el competente en relación con actos jurídicos realizados en la preparación y adjudicación del contrato.

En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las normas de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón y supletoriamente por las normas de derecho privado. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes, por ser contrato privado.