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RESOLUCIÓN de 18 de diciembre de 2019, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se establece, a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Universidad de Zaragoza para el año 2020.

Publicado el 31/12/2019 (Nº 253)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Texto completo:

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incorpora dentro de su ámbito subjetivo de aplicación a "Las Universidades públicas, que se regirán por su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de esta Ley" (artículo 2.2.c)).

El artículo 30.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, establece, con sujeción al calendario laboral oficial, la fijación "del calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos", de modo que, "La declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo o el régimen de jornada y horarios de las mismas" (artículo 30.8). Calendario que exige su publicación antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado.

De otro lado, la aprobación del Decreto 85/2019, de 4 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se fijan las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2020 en la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 114, de 14 de junio de 2019) y se han determinado las fiestas locales, de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles, para el año 2020 por las respectivas Resoluciones de 15 de octubre de 2019, de la Directora del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Huesca, por la que se determinan las fiestas locales, de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles, para el año 2020 en los municipios de la provincia de Huesca; del Director del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Teruel, por la que se determinan las fiestas locales, de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles, para el año 2020, en los municipios de la provincia de Teruel, y del Director del Servicio Provincial de Economía, Industria y Empleo de Zaragoza, por la que se determinan las fiestas locales, de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles, para el año 2020 en los municipios de la provincia de Zaragoza (Resoluciones publicadas en el "Boletín Oficial de Aragón", número 228, de 21 de noviembre de 2019).

Finalmente, se incluyen como inhábiles los días de cierre de las instalaciones correspondientes a las medidas de ahorro de gasto público incluidas en el Plan de racionalización de la gestión económica de la Universidad de Zaragoza, aprobado por Consejo de Dirección de 29 de noviembre de 2016.

Por todo ello, el Rector de la Universidad de Zaragoza, en virtud de lo dispuesto en los artículos 5.j) y 66-v) del Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón y modificado por Decreto 27/2011, de 8 de febrero y Decreto 84/2016, de 14 de junio, ha resuelto:

Primero.- Aprobar el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2020 a efectos de cómputos de plazos para la Universidad de Zaragoza.

Segundo.- Son días inhábiles en todo el ámbito organizativo, territorial y funcional de la Universidad de Zaragoza:

Las fiestas laborales, de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles para el año 2020 en la Comunidad Autónoma de Aragón contenidas en el Decreto 85/2019, de 4 de junio.

Los sábados y domingos y los días 24 y 31 de diciembre.

El día 27 de marzo, festividad de la Universidad.

Los días 6, 7, 8 y 24 de abril; 3, 4, 5, 6, 7, 10, 11, 12, 13 y 14 de agosto y 28, 29 y 30 de diciembre por cierre de las dependencias de la Universidad.

Tercero.- Son, además, inhábiles en el respectivo ámbito territorial de la Universidad de Zaragoza los siguientes días:

Huesca: 22 de enero.

Jaca: 24, 25, 26 y 29 de junio.

Teruel: 13 y 14 abril y 13 y 14 de julio.

Zaragoza: 29 de enero, 5 de marzo y 8 y 9 de octubre

Cuarto.- El Registro General y los registros auxiliares permanecerán cerrados durante los días inhábiles, así como las oficinas de asistencia para la presentación electrónica de documentos.

Quinto.- Declarar suspendidos, durante los periodos de cierre comprendidos en la letra d) del apartado Segundo, los plazos para la presentación de solicitudes, tramitación, Resolución y notificación en los procedimientos y actuaciones que correspondan a la Universidad de Zaragoza. El cómputo de los plazos se reanudará en el día siguiente inmediato hábil.

Salvo que las convocatorias contengan disposición expresa al respecto, los plazos establecidos en ellas quedarán suspendidos durante dichos periodos. Si hubiera disposición especial expresa, prevalecerá esta sobre la establecida en la presente Resolución.

En las entradas por registro electrónico que pudieran producirse durante este lapso de tiempo constará la fecha de presentación, sin perjuicio de que su tramitación se lleve a cabo a partir del primer día hábil siguiente al período en que las dependencias de la Universidad permanezcan cerradas.

Sexto.- No será de aplicación este calendario para todos aquellos plazos cuyo cómputo esté determinado con referencia a días lectivos, en cuyo caso, resultará aplicable el calendario académico que corresponda.

Séptimo.- Disponer la publicación de este calendario en el "Boletín Oficial de Aragón", y en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de Zaragoza.

Zaragoza, 18 de diciembre de 2019.- El Rector, José Antonio Mayoral Murillo.