Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 27 de abril de 2020, del Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, por la que se modifica la fecha de revisión del grado de discapacidad reconocido con carácter revisable.

Publicado el 11/05/2020 (Nº 91)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

El Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) es el órgano competente para la gestión del procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de la citada norma, algunas de las resoluciones de reconocimiento de discapacidad están sujetas a plazo debiendo revisarse las mismas cumplido el mismo.

Para combatir la pandemia de COVID-19, se han adoptado un conjunto de medidas excepcionales; entre otras, la limitación a la libertad de circulación de personas establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la suspensión e interrupción de los plazos administrativos determinada también por el citado Real Decreto, el cierre de muchas de las estructuras organizativas encargadas de tramitar las solicitudes y realizar las valoraciones técnicas o de llevar a cabo los actos de instrucción y resolución, o la importante reducción de su personal empleado para evitar la propagación de la pandemia.

Por lo que se refiere al procedimiento expuesto, estas medidas afectan de forma muy importante a las personas con reconocimientos provisionales de grado de discapacidad cuyos plazos para realizar las revisiones vencen en estos momentos. Debido a esta situación, este Instituto considera que debe procederse a una prórroga automática para evitar los graves efectos que podrían darse en caso contrario.

De acuerdo con lo expuesto, y en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 21 del Decreto 173/2016, de 22 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, este Centro Directivo, resuelve:

Primero.- Prorrogar doce meses el plazo de revisión del grado de discapacidad de las resoluciones que tengan fijada la fecha de revisión entre el 1 de marzo de 2020 y 28 de febrero de 2021.

En consecuencia, la nueva fecha de revisión será el mismo día y mes que consta en la resolución de reconocimiento del grado de discapacidad, pero del año siguiente.

Segundo.- Establecer que esta prórroga no es aplicable a los casos de grado revisable por la renovación del NIE.

Tercero.- Publicar esta Resolución en el "Boletín Oficial de Aragón" y en el portal web del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, en el plazo máximo de un mes a contar desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional octava del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Zaragoza, 27 de abril de 2020.

El Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales,

JOAQUÍN SANTOS MARTÍ