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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 11 de marzo de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se modifica la Resolución de 17 de mayo de 2019, por la que se resolvió la convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (062018 Concurso Secciones Generalistas).

Publicado el 02/04/2020 (Nº 67)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Advertido error en la Resolución de 11 de marzo de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se modifica la Resolución de 17 de mayo de 2019, por la que se resolvió la convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo singularizados vacantes en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (062018 Concurso Secciones Generalistas), publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 59, de 23 de marzo de 2020, se procede a su subsanación de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los términos expresados a continuación.

En la página 8309, donde dice:

"Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes, computado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 16.2.a) de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio".

Debe decir:

"Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", previo a la vía judicial Contencioso-administrativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 54 y 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio y sin perjuicio de cualquier otro recurso que proceda en derecho".