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RESOLUCION de 6 de marzo de 2006, del Director del Instituto Aragonés del Agua, por la que se dispone la inscripción de una empresa en el Registro de entidades colaboradoras en materia de calidad del agua.

Publicado el 20/03/2006 (Nº 33)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

RESOLUCION de 6 de marzo de 2006, del Director del Instituto Aragonés del Agua, por la que se dispone la inscripción de una empresa en el Registro de entidades colaboradoras en materia de calidad del agua.

Visto el expediente seguido en este Instituto en relación con la solicitud presentada por don Francisco Zorrilla Soriano, en representación de la mercantil Gamaser, S. L., sobre inscripción en el Registro de entidades colaboradoras en materia de calidad del agua, resulta:

Antecedentes

Primero.-Don Francisco Zorrilla Soriano, en representación de la mencionada Gamaser, S. L., presentó con fecha 27 de enero de 2006 en las dependencias del Instituto Aragonés del Agua, solicitud interesando la inscripción de aquélla en el Registro de entidades colaboradoras en materia de calidad del agua para las siguientes modalidades de actuación:

a) Operaciones de toma de muestras, conservación y transporte hasta el laboratorio, análisis, verificación y otras dirigidas a identificar y caracterizar muestras de aguas residuales y vertidos.

b) Operaciones de medida de caudales circulantes, alturas, presiones u otras magnitudes que permitan cuantificar los flujos de agua y sus variaciones.

c) Emisión de informes para asistencia técnica en las funciones de inspección y control sobre el mantenimiento y explotación de las instalaciones de saneamiento y depuración, caudales circulantes, vertidos, contaminación y autorizaciones de vertido otorgadas por los Municipios a la red municipal de colectores.

Segundo.-Se aporta por el solicitante copia autentificada de la resolución por la que se incluyó a la mercantil solicitante como empresa colaboradora de los organismos de cuenca, en el grupo 2, así como la restante documentación de presentación preceptiva.

Fundamentos jurídicos

Primero.-El apartado Quinto de la Orden de 30 de julio de 2002, del Departamento de Medio Ambiente, sobre entidades colaboradoras en materia de calidad del agua, modificada parcialmente por la Orden de 19 de enero de 2004, establece los requisitos que deberán reunir estas entidades, habiéndose acreditado por el solicitante el cumplimiento de todos ellos.

Segundo.-La documentación que el interesado adjunta a su solicitud se ajusta a lo establecido por el apartado Sexto de la mencionada Orden de 30 de julio de 2002.

Tercero.-La competencia para la resolución del expediente corresponde al Director del Instituto Aragonés del Agua, de conformidad con lo establecido por el artículo 4.2 del Reglamento regulador del Canon de Saneamiento y el apartado Séptimo de la antedicha Orden de 30 de julio de 2002.

Atendido lo anterior y visto lo dispuesto por las disposiciones citadas y demás de general y pertinente aplicación, por esta Dirección se adopta la siguiente resolución:

Primero.-Practicar en el Registro de entidades colaboradoras del Instituto Aragonés del Agua la siguiente inscripción con el número REC-22:

a) Entidad Colaboradora:

* Denominación: Gamaser, S. L.

* Domicilio social: Pol. Ind. Vara de Quart-Pedrapiquers, 4 izq. - 46014 Valencia

* Dirección de oficina en la C.A. de Aragón: C/ Rocasolano 6, bajo, 44300 Monreal del Campo (Teruel)

b) Titular:

* Identificación: Gamaser, S. L.

* Representante legal de la entidad: Francisco Zorrilla Soriano

c) Director Técnico:

* Identificación:

* Emilio Bonet Domingo

d) Campos de actuación:

* Operaciones de toma de muestras, conservación y transporte hasta el laboratorio, análisis, verificación y otras dirigidas a identificar y caracterizar muestras de aguas residuales y vertidos.

* Operaciones de medida de caudales circulantes, alturas, presiones u otras magnitudes que permitan cuantificar los flujos de agua y sus variaciones.

* Emisión de informes para asistencia técnica en las funciones de inspección y control sobre el mantenimiento y explotación de las instalaciones de saneamiento y depuración, caudales circulantes, vertidos, contaminación y autorizaciones de vertido otorgadas por los Municipios a la red municipal de colectores.

e) Precios para cada modalidad de actuación: Los establecidos en el Anexo de la Orden de 30 de julio de 2002, del Departamento de Medio Ambiente, sobre entidades colaboradoras en materia de calidad del agua («Boletín Oficial de Aragón» nº 102, de 28 de agosto de 2002), modificada parcialmente por la Orden de 19 de enero de 2004 («Boletín Oficial de Aragón» nº 24, de 25 de febrero de 2004).

f) Condiciones específicas: No se establecen.

Segundo.-Expedir la acreditación correspondiente a la anterior inscripción, con la consiguiente autorización a favor del solicitante para actuar como entidad colaboradora en materia de calidad del agua. Esta autorización se entiende otorgada sin perjuicio de cualquier otra autorización o licencia que sea exigible en cada caso por la normativa vigente.

Tercero.-Publicar la presente resolución en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el tablón de anuncios del Instituto Aragonés del Agua, y notificarla al interesado significándole que contra la misma, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Medio Ambiente en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en el que tenga lugar la notificación, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro que estime oportuno.

Zaragoza, 6 de marzo de 2006.

El Director del Instituto Aragonés del Agua, ALFREDO CAJAL GAVIN