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RESOLUCIÓN de 31 de marzo de 2020, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 26 de noviembre de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se otorga la autorización ambiental integrada y se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de ampliación de una explotación porcina de cebo hasta 6.112 plazas (733,44 UGM) ubicada en el polígono 1, parcela 11, del término municipal de Sádaba (Zaragoza) y promovida por Aranda Cortes, S.C (Número de Expediente INAGA 500202/02/2019/06632).

Publicado el 18/05/2020 (Nº 96)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Con fecha 3 de julio de 2019 la promotora, Aranda Cortes, S.C, solicita modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación porcina, en el polígono 1, parcela 11, del término municipal de Sádaba (Zaragoza), con número REGA ES502300000051, por modificación en la dimensión de las naves ganaderas.

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución 26 de noviembre de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se otorga la autorización ambiental integrada y se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de ampliación de una explotación porcina de cebo hasta 6.112 plazas (733,44 UGM) ubicada en el polígono 1, parcela 11, del término municipal de Sádaba (Zaragoza) y promovida por Aranda Cortes, S. C. (Expte: INAGA 500202/02/2017/09870))

Segundo.- La pretendida modificación consiste en la construcción de cuatro naves de dimensiones de 52.46x15.72 m. cada una, con un alojamiento de 1.008 plazas en cada una, balsa de almacenamiento de estiércoles con capacidad para 3.500 m³ (90x19 superficie superior y 85x14 inferior y profundidad media de 2.5 m), en vez de las cuatro naves con unas dimensiones de 99.94x8.42 m. Se solicita también la sustitución del vado sanitario por un mecanismo móvil con mochila desinfectante.

La documentación aportada consiste en la presentación de una Memoria explicativa redactada por Biarge Ingenieros, S.L: Profesional, de fecha junio de 2019 e información completaría de 14 de noviembre de 2019.

Considerando los criterios del artículo 14.1 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la modificación propuesta se considera no sustancial.

La presente Resolución se emite a los efectos del artículo 62.4 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, sobre modificación puntual de la autorización ambiental integrada, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa que le resulta de aplicación sobre el bienestar animal y la reguladora de las explotaciones porcinas.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas, el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Primero.- Modificar la Resolución 26 de noviembre de 2018, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, que otorga la autorización ambiental integrada y se formula la declaración de impacto ambiental del proyecto de ampliación de una explotación porcina de cebo hasta 6.112 plazas (733,44 UGM) ubicada en el polígono 1, parcela 11, del término municipal de Sádaba (Zaragoza) y promovida por Aranda Cortes, S. C. (Número Expte: INAGA 500202/02/2017/09870)

El punto Cuarto. Características de la ampliación en los Antecedentes de Hecho, quedará redactado por lo siguiente

Las instalaciones existentes se corresponden con: dos naves de cebo de 58,32x14,72 m.; una nave de oficinas y vestuario de 7x7 m.; una balsa de purines de dimensiones exteriores con una capacidad de 3.500 m³; una balsa de agua de 1.600 m³ de capacidad; una fosa de cadáveres con capacidad para 32 m³; sistema de mochila a presión para desinfección y vallado perimetral.

Para la ampliación se proyectan las siguientes infraestructuras, cuatro naves de dimensiones de 52.46x15.72 m. cada una, con un alojamiento de 1.008 plazas cada una, balsa de almacenamiento de estiércoles con capacidad para 3.500 m³ (90x19 superficie superior y 85x14 inferior y profundidad media de 2.5 m).

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 31 de marzo de 2020.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL