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RESOLUCIÓN de 8 de enero de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del centro privado "Colegio Montessori" de Zaragoza.

Publicado el 29/01/2016 (Nº 19)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la entidad titular Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Colegio Montessori", con domicilio en la calle Lagasca, 25-27 de Zaragoza, solicitando modificación de la autorización por implantación del Ciclo Formativo de Grado Superior "Marketing y Publicidad-COM³04", ampliación del Ciclo Formativo de Grado Superior de "Asistencia a la Dirección-ADG302" y supresión del Ciclo Formativo de Grado Superior "Gestión Comercial y Marketing-COM³02".

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, y con relación a la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:

Primero.- Modificar la autorización, con efectos desde el inicio del curso 2014-2015, del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria

Denominación específica: "Colegio Montessori"

Titular: Centro Montessori Aragón, S.L.

Código: 50006581

Domicilio: C/ Lagasca, 25-27

Localidad: Zaragoza

Municipio: Zaragoza

Provincia: Zaragoza

Enseñanzas que se autorizan:

Enseñanzas que se suprimen:

La configuración jurídica resultante de la modificación de la autorización del centro, es la siguiente:

Educación Infantil de 2.º ciclo, 6 unidades y 150 pp.ee.

Educación Primaria, 12 unidades y 300 pp.ee.

Educación Secundaria:

Educación Secundaria Obligatoria, 8 unidades y 240 pp.ee.

Bachillerato, Modalidades:

Ciencias, 2 unidades y 70 pp.ee. (curso 2015-16: 1.º de Ciencias y 2.º de Ciencia y Tecnología)

Humanidades y Ciencias Sociales, 2 unidades y 70 pp.ee.

Ciclos Formativos de Grado Medio:

Sistemas Microinformáticos y Redes (IFC201), 2 grupos y 60 pp.ee.

Ciclos Formativos de Grado Superior:

Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma (IFC302), 2 grupos (vespertinos) y 60 pp.ee.

Administración y Finanzas (ADG301), 4 grupos (2 diurnos y 2 vespertinos) y 120 pp.ee.

Asistencia a la Dirección (ADG302), 2 grupos (vespertinos) y 40 pp.ee.

Marketing y Publicidad (COM³04), 4 grupos (2 diurnos y 2 vespertinos) y 120 pp.ee.

Administración de Sistemas Informáticos en Red (IFC301), 2 grupos y 60 pp.ee.

Segundo.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.

Tercero.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Sexto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 8 de enero de 2016.

El Director General de Planificación

y Formación Profesional,

RICARDO ALMALÉ BANDRÉS