Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2020, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se adopta la decisión de no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria y se emite informe de impacto ambiental del Proyecto de Acondicionamiento de la carretera provincial CV-204 de Atea a Used, en los términos municipales de Atea y Used (Zaragoza), promovido por la Diputación Provincial de Zaragoza. (Expediente INAGA 500201/01B/2018/11665).

Publicado el 20/04/2020 (Nº 77)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Tipo de procedimiento: Evaluación de impacto ambiental simplificada para determinar si el proyecto debe someterse a una evaluación de impacto ambiental ordinaria según lo dispuesto en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, artículo 23.2. Proyecto incluido en el anexo II, Grupo 9. Otros Proyectos. 9.14. "Cualquier proyecto no incluido en el anexo I que, individualmente o en combinación con otros proyectos, pueda afectar de forma apreciable directa o indirectamente a espacios de la Red Natura 2000".

Promotor: Diputación Provincial de Zaragoza.

Proyecto: Acondicionamiento de la carretera provincial CV-204 de Atea a Used.

Descripción básica del proyecto y del documento ambiental presentado.

El tramo objeto de proyecto se ubica entre las localidades de Atea y Used, en la Comarca del Campo de Daroca, provincia de Zaragoza y atraviesa la Sierra de Santa Cruz, enmarcada entre el río Jiloca y la cuenca endorreica de Gallocanta. Las coordenadas UTM ETRS89 30T del punto de inicio en Atea son: 621.520/4.557.215, y del punto final en Used: 620.800/4.546.240.

La vía provincial CV-204 parte de la localidad de Atea en dirección S hacia la localidad de Used y de esta población continua en dirección E hasta la carretera autonómica A-211. Tiene una longitud total de 21,35 km, de los cuales el primer tramo, que comprende desde Atea a Used con 13,69 km, tiene una anchura de 4,50 m y presenta un pavimento a base de tratamientos superficiales, y el segundo tramo, desde Used a la carretera A-211 de 7,66 km, tiene una calzada de 6,30 m de anchura, y está pavimentada mediante aglomerado asfáltico en frío sobre el que se ha aplicado un slurry. Teniendo en cuenta la estrechez de la calzada en el primer tramo, el trazado en planta inadecuado, etc., resulta aconsejable la modificación de las características geométricas de la carretera existente en el tramo de Atea a Used.

Se proyecta el acondicionamiento del tramo entre la intersección de la CV-204 con la carretera autonómica A-2508 en Atea hasta la rotonda de intersección con la variante de Used, en una longitud de 12.347 m. La mejora en trazado en planta y alzado consistirá en la ampliación de la calzada hasta 7 m de anchura, dotación de un firme que permita la circulación de vehículos sin otra limitación de peso que la fijada en el Código de la Circulación, la construcción de obras para el drenaje transversal que así lo requieran y señalización horizontal y vertical adecuada. El trazado proyectado está formado por 42 alineaciones, 34 de ellas curvas con radios comprendidos, entre 120 y 4.000 m.

Los taludes se proyectan con un diseño 3H/2V en desmonte en tierras y 2H/1V en terraplén con el fin de mantener la estabilidad de estos terrenos evitando su erosión y degradación, de minimizar el impacto paisajístico y visual creado por los desmontes y terraplenes y para facilitar la restauración de la vegetación autóctona y su progreso consiguiente. Los movimientos de tierras se estiman en 11.945,2 m³ de tierra vegetal y 54.326,8 m³ de suelo seleccionado en extracción, además de 83.669,3 m³ de inertes, y aportes de 63.012,2 de inertes a reutilizar en la obra. Los 20.657,1 m³ de inerte excedentarios serán utilizados para el relleno parcial de las parcelas de extracción de suelo seleccionado.

El drenaje transversal de los barrancos de menos de 1 km² se realiza mediante caños de hormigón de 0,80 m de diámetro, suficiente para desaguar estas cuencas, excepto en aquellos que tienen más de 15 m de longitud, en los cuales para favorecer la limpieza se han proyectado tubos de 100 cm de diámetro. En el P.K. 1+442 hay un barranco cuya cuenca tiene una superficie de 1,74 km², en el cual se proyecta un marco de dimensiones interiores 2,0 x 2,0 m. En el P.K. 10+483 se cruza un barranco de 5,07 km² de cuenca que se desagua mediante un marco de dimensiones interiores 3,0 x 2,0 m. El drenaje longitudinal, se efectúa mediante cunetas, que se proyectan revestidas para pendientes inferiores al 1 % o superiores al 4%.

Se incluye capítulo de préstamos vertederos y medidas para la protección del medio ambiente. Las parcelas en las que se prevén los préstamos son las siguientes: Zona Préstamo 1 en parcelas 115, 116, 114, 113, 98, 99, 97, 95 y 92 del polígono 1 del término municipal de Used; Zona préstamo 2 en parcela 1 (sector 1) del polígono 3 del término municipal de Used; Zona préstamo 3 en varios sectores de la parcela 78 del polígono 3 del término municipal de Used y Zona préstamo 4 corresponde a los sectores s y r de la parcela 13 del polígono 4 del término municipal de Used. Para cubrir las necesidades del nuevo trazado con respecto al material seleccionado de estas parcelas, será necesaria la extracción 54.326,80 m³ de áridos.

La tierra vegetal extraída procedente de la excavación de la traza, se almacenará en acopios a lo largo del trazado, para, una vez terminado el movimiento de tierras, extenderse sobre los taludes de terraplén, los tramos de carretera abandonados, zonas de préstamos y vertederos, etc.con el fin de facilitar la revegetación y minimizar el impacto ambiental. La extracción se realizará acondicionando el terreno de modo que se creen terrazas que puedan aprovecharse para cultivos. Los tramos de carretera abandonados deberán de someterse a una restauración ambiental, para ello, una vez que ya no sirvan como zona de acopio, se deberá de retirar el firme existente compuesto de tratamientos superficiales de capa muy fina sobre un espesor muy reducido de gravas. Se propone reaprovechar dicho material, en vez de llevarlo a vertedero, dentro de la obra, por ejemplo, para extenderlo sobre algún camino de obra mejorando su firme actual y evitando la generación de polvo al paso de los vehículos.

Se distinguen medidas preventivas en fase de diseño definiendo un trazado que se ajusta en lo más posible al existente, eliminando curvas de radios pequeños y pendiente de los taludes en 3H/2V en desmonte de tierras y de 2H/1V en terraplén para mejorar su estabilidad. Las zonas de préstamos se localizan cercanas. En fase de replanteo, obra y desmantelamiento se nombrará un responsable ambiental, y se realizará un seguimiento de la zona de nidificación de alimoche. En el tramo de obras incluido en la cuadrícula 1x1 de Centaurea pinnata será necesaria la realización de una prospección previa a las obras, y en caso de detectarse dicha presencia, podría realizarse una traslocación de los ejemplares localizados. Finalmente, en explotación se verificará la correcta evolución de la restauración vegetal de los taludes, de las parcelas de préstamo y de las zonas de carretera abandonadas. Se realizará un seguimiento especial de las zonas donde se han realizado movimientos de tierras dentro de la cuadrícula de Centaurea pinnata. Por su parte, las medidas correctoras incluyen labores de restauración vegetal de los taludes y otras zonas afectadas.

Se incluye Proyecto de restauración vegetal que establece actuaciones de tratamiento de suelos con aporte de tierra vegetal, laboreo, escarificado, y corrección de taludes. Se realiza un proceso de selección de especies dividida en fase que incluyen factores ecológicos, de hábitat, climáticos, edáficos, y biológicos. Se determina la composición florística, la densidad y dosis de siembra, la compatibilidad de especies, grado de protección, crecimiento, y finalmente factores económicos y estéticos. Las superficies a restaurar incluyen 28.097 m² de taludes y 2.216 m² de tramos abandonados, además de las parcelas de préstamos.

El plan de vigilancia ambiental especifica que de forma previa al inicio de las obras, además de la prospección botánica específica de Centaurea pinnata, se realizará una valoración de presencia de alimoche (Neophron percnopterus), águila azor perdicera (Aquila fasciata), y avutarda (Otis tarda) en las áreas definidas como de interés para cada especie. Se realizará una visita de control de poblaciones de flora y fauna catalogada que pudieran verse afectadas por las obras. Se realizará también el seguimiento de las afecciones al suelo, el sistema hidrológico así como un control de los residuos, y a la flora, la fauna y la salud humana. Se prevé una aplicación del programa de vigilancia ambiental durante los dos primeros años de explotación, y se realizarán informes mensuales de obra y anuales en la fase de explotación, en los que se evaluará la eficacia de las medidas preventivas y correctoras adoptadas y, en su caso, propondrá medidas adicionales o modificaciones en la periodicidad de los controles.

El documento ambiental incluye un inventario ambiental que enmarca la actuación en el ámbito de la Red Natura 2000, LIC ES2430035 "Sierras de Santa Cruz y Puerto de Used" y LIC ES2430107 "Sierras de Prados y Santa Cruz". Dentro de estos LIC hay varios Hábitat de Interés Comunitario: HIC 4090 "Matorrales mediterráneos y oromediterráneos primarios y secundarios con dominio frecuente de genisteas"; HIC 9230 "Robledales mediterráneos iberoatlánticos y galaico-portugueses de Quercus robur y Quercus pyrenaica"; HIC 9340 "Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia". Por otra parte, las zonas definidas para préstamos, están en parte dentro de la ZEPA ES0000017 "Cuenca de Gallocanta". La zona central del proyecto se localiza en dos Montes de utilidad Pública del mismo nombre, cuya titularidad es de los ayuntamientos de Used y Atea. MUP Z-127 "La Sierra ", del Ayuntamiento de Used y MUP Z-094 "La Sierra" del Ayuntamiento de Atea, y en donde colindan los términos municipales de Atea, Used, Cubel y Orcajo, comienza la vía pecuaria "Cañada Real a Cubel a Manchones", únicamente definida en el término municipal de Orcajo. Se afecta a los ámbitos de los planes de recuperación del águila azor perdicera y del cangrejo de río común, y entre las especies de fauna amenazada con puntos de nidificación o presencia en la zona destacan alimoche y avutarda. Entre las especies de flora existentes en la zona se citan Centaura pinnata y Thymus loscosii, así como Thymelaea hirusta de escasa presencia en Aragón. Respecto al paisaje, la calidad de los pasajes es media o alta, en ningún caso la fragilidad es alta.

La identificación y valoración de impactos expone la metodología utilizada y determina en fase de construcción impactos compatibles o insignificantes sobre la salud humana, fauna, suelo, aire, agua, factores y cambio climático, paisaje o bienes patrimoniales. Se determina en fase de construcción como severo el impacto sobre la flora, que puede reducirse a moderado si se realiza un jalonamiento estricto de las zonas con vegetación natural, se hace una prospección previa de Centaurea pinnata y se realizan riegos suficientes para evitar el impacto por polvo. En fase de explotación se consideran como muy positivos, positivos o insignificantes los impactos sobre la población, salud humana, flora por recolonización de los taludes, fauna, biodiversidad, suelo, aire, agua, factores climáticos, bienes materiales incluido patrimonial. Como compatibles se estiman los impactos sobre el paisaje por su escasa visibilidad. En fase de desmantelamiento, los impactos se consideran como positivos o compatibles.

Se incluye anexo de afección sobre la Red Natura 2000 señalando que el ámbito del Proyecto coincide con dos espacios de la Red Natura 2000: LIC ES2430035 "Sierra de Santa Cruz - Puerto de Used", y LIC ES2430107 "Sierras de Pardos y Santa Cruz". Además, el ámbito del proyecto se sitúa muy próximo a otro espacio de la Red Natura 2000: ZEPA ES0000017 "Cuenca de Gallocanta", que sí se verá afectado por las zonas de préstamo. Se realiza una descripción de los principales elementos de estos espacios y de los Hábitats de Interés Comunitario inventariados en la zona que son los HIC 4090 "Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga", 9230 "Bosques galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica", y 9340 "Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia". Se realiza una estimación de la superficie de HIC 9340 afectada calculada en 5.722,5 m² de vegetación natural (parte pinar y parte vegetación autóctona), recuperando 3.343,20 m² de la traza antigua. Respecto de los HIC 4090 y 9230 se prevé una afección sobre 13.096 m² y se recuperarán 9.012 m² de trazado antiguo. En cualquier caso, la afección sobre los hábitats respecto a su superficie en el ámbito de la Red Natura 2000 está por debajo del 0,2 %. Se incluye fichas botánicas de Centaurea pinnata, avutarda, águila perdicera, alimoche, aguilucho pálido, grulla común, águila real y buitre leonado. Concluye que una de las mayores afecciones del proyecto podría ser sobre la especie Centaurea pinnata, respecto de la fauna se propone un calendario de fechas para los préstamos 1, 2 y 3 ubicados en el ámbito de la ZEPA, y se recuperarán los tramos de carretera abandonados.

Alternativas planteadas.

El análisis de alternativas valora 3 alternativas, entre las que se incluye la Alternativa 0 o de no realización de actuaciones sobre la carretera, la Alternativa 1 de mejora del trazado con una anchura de 7 m, y la Alternativa 2 de mejora de trazado con una anchura de 8 m. Se ha seguido criterios de afección a la vegetación natural, hábitat de interés comunitario y Red Natura 2000, a MUP, seguridad vial, coste del proyecto y beneficio social. Concretamente, la Alternativa 1 supone la realización de una variante de mejora y adecuación de algún tramo del trazado de la carretera CV-204 Atea Used, pero manteniendo casi todo el trazado existente, con una anchura de 7 metros, y la Alternativa 2 supone la realización de una variante de mejora y adecuación de algún tramo del trazado de la carretera CV-204 Atea Used, pero manteniendo casi todo el trazado existente, con una anchura de 8 metros. Ambas alternativas eliminan ciertas curvas peligrosas y se mantiene la cota de un tramo del trazado que en la actualidad asciende para descender posteriormente. Podrían considerarse ambas como carreteras convencionales de 90 km/h. La Alternativa 1 implica la ocupación aproximada de 143.000 m² de suelo, entre la ampliación de la anchura de la vía, los asientos de los terraplenes nuevos necesarios y las zonas donde se modifica el trazado respecto al original. La Alternativa 2 implica ocupación aproximada de 158.000 m² de suelo. El análisis de alternativas concluye que la Alternativa 1 tiene un grado de seguridad muy superior al de la Alternativa 0, ya que pasa a ser una carretera convencional, tiene coste asumible para la administración, un alto beneficio social y, al ser una carretera con un IMD bajo, no es necesario asumir el coste que supone la Alternativa 2, lo que deja dinero para poder afrontar obras similares en otras zonas de la provincia. Desde el punto de vista ambiental, en todos los casos la Alternativa 1 supone menor impacto que la Alternativa 2.

Documentación presentada:

Documento ambiental (Artículo 37.1 Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón). Fecha de presentación: 4 de diciembre de 2018. Fecha respuesta a requerimiento: 31 de enero de 2019.

Tramitación, información pública y consultas realizadas.

En febrero de 2019 se remite un ejemplar del Documento ambiental a las siguientes administraciones y/o entidades para realizar las consultas preceptivas que conlleva el mismo:

Ayuntamiento de Atea.

Ayuntamiento de Cubel.

Ayuntamiento de Orcajo.

Ayuntamiento de Used.

Comarca de Campo de Daroca.

Dirección General de Ordenación del Territorio.

Dirección General de Urbanismo.

Dirección General de Cultura y Patrimonio.

Dirección General de Energía y Minas.

Dirección General de Movilidad e Infraestructuras.

Confederación Hidrográfica del Ebro.

Fundación Ecología y Desarrollo.

Acción Verde Aragonesa.

Ecologistas en Acción-Ecofontaneros.

Asociación Naturalista de Aragón-Ansar.

Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife).

Anuncio en el "Boletín Oficial de Aragón", número 44, de 5 de marzo de 2019, para identificar posibles afectados.

Finalizado el plazo máximo fijado para la contestación se reciben respuestas de las siguientes administraciones y/o entidades consultadas.

Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza, considera que no existen cuestiones adicionales a las ya contempladas en el proyecto y su estudio de impacto ambiental. No obstante, es criterio de la Sección de gestión de montes, que visto que el trazado transcurre prácticamente en su totalidad por Montes de Utilidad Pública bajo gestión del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Zaragoza, en el diseño y ejecución final se garantice que se mantiene el acceso a los viales interiores de los Montes de Utilidad Pública 94 y 127 con radios de curva no inferiores a 20 m.

Dirección General de Cultura y Patrimonio, comunica que consultados los datos existentes en la Carta Paleontológica de Aragón, se conocen numerosos yacimientos paleontológicos con restos fósiles, por lo que se considera necesaria la realización de prospecciones paleontológicas con el objetivo de valorar la afección a niveles o áreas de interés paleontológico. Por otra parte, consultados los datos existentes en la Carta Arqueológica de Aragón y en los informes de esta Dirección General, y dada la situación y emplazamiento del proyecto, se considera posible la afección de este proyecto al patrimonio arqueológico aragonés, por lo que resulta imprescindible la realización de labores de prospección arqueológica en las zonas afectadas directa o indirectamente por el proyecto. Finalmente, concluye que, dentro del ámbito de sus competencias, se debería someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de referencia, debiéndose realizar, y en cualquier caso y con carácter previo a la ejecución del proyecto prospecciones paleontológicas y arqueológicas en la zona afectada, indicando una serie de medidas para la realización de las citadas prospecciones.

El Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza, acuerda en sesión celebrada el 9 de abril de 2019, que el término municipal de Atea no dispone de instrumento de planeamiento propio y el término municipal de Used cuenta con un Plan General de Ordenación Urbana Simplificado aprobado definitivamente por el Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza en marzo de 2019. Por lo tanto, desde el punto de vista urbanístico, el proyecto deberá cumplir con lo establecido en el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, en el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, la legislación o normativa sectorial que pueda ser de aplicación, el Plan General de Ordenación Urbana Simplificado de Used y las NN.SS y CC de Planeamiento Municipal de la Provincia de Zaragoza. Se concluye que no se encuentran inconvenientes desde el punto de vista urbanístico al proyecto de acondicionamiento de la CV-204 entre Atea y Used, sin perjuicio de que puedan ser legalmente necesarios otros informes sectoriales o autorizaciones a realizar por los órganos competentes en la materia.

Dirección General de Ordenación del Territorio, determina los planeamientos urbanísticos de los municipios y las zonas ambientalmente sensibles afectadas, y analiza el documento ambiental presentado. Concluye que a la vista de la documentación aportada y a la luz de la normativa específica en materia de ordenación del territorio constituida por el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, se considera que el proyecto podría ser compatible desde el punto de vista de la incidencia territorial siempre y cuando se ejecute de manera acorde con la normativa aplicable y se lleven a cabo medidas que se proponen junto con las que el órgano ambiental determine.

Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife), realiza una serie de apreciaciones genéricas sobre los impactos de los proyectos, e indica que se debe considerar negativo el proyecto y no autorizarse en el caso de que el proyecto se ubique dentro de la Red Natura 2000, de la Red Natural de Aragón, de Áreas Importantes para las Aves en España (IBAS), o en un radio inferior a 5 km de sus perímetros como es el caso, así como dentro de un radio inferior a 5 km desde la localización de nidos, áreas de paso o invernada de un listado especies que incluye el propio informe. Señala que el estudio debe comprender el análisis de valores naturales, unidades vegetales, fauna, elementos culturales, etc., sirviendo así como herramienta de conservación y gestión. En ese caso, considera necesario rechazar la propuesta del promotor y resolver de forma negativa la solicitud del promotor. Finalmente, realiza una serie de propuestas a incorporar en el Estudio de impacto ambiental como: evaluación ambiental estratégica, medidas preventivas, seguimiento específico de la fauna en fase de construcción y explotación, vigilancia ambiental, medidas compensatorias, entre otras.

Caracterización de la ubicación.

Descripción general:

El proyecto atraviesa la Sierra de la Santa Cruz, enmarcada entre el río Jiloca y la cuenca de Gallocanta, sobre sustratos paleozoicos de cuarcitas, pizarras y areniscas. Se distinguen zonas de cultivo de secano con almendros, cereal y herbáceas que se desarrollan sobre zonas llanas y más próximas a los núcleos de población de Used y Atea, y zonas de vegetación natural de pinares, rebollares, encinares, quejigares y robledales, así como matorrales, que se corresponden con la Sierra de la Santa Cruz. Los Hábitats de Interés Comunitario inventariados en la zona son los siguientes: 4090 "Matorrales mediterráneos y oromediterráneos primarios y secundarios con dominio frecuente de genisteas", 9230 "Robledales mediterráneos iberoatlánticos y galaico-portugueses de Quercus robur y Quercus pyrenaica", y 9340 "Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia". Entre la flora amenazada, en la zona está confirmada la presencia de Centaurea pinnata en la zona central del proyecto, al norte del collado de Used, y es probable también la presencia de Thymus loscosii incluida como "de interés especial" en el catálogo aragonés.

Respecto de la avifauna, en la zona destaca la presencia de un punto de nidificación de alimoche (Neophron percnopterus), incluido en el catálogo de especies amenazadas de Aragón como "vulnerable", y en las zonas de préstamo es probable también la presencia de avutarda (Otis tarda), incluida como "en peligro de extinción". Otras especies con presencia en la zona son águila real, aguilucho cenizo, grulla, aguilucho pálido, buitre leonado, mochuelo, cuervo, jilguero, verderón, triguero, petirrojo y pardillo.

Aspectos singulares:

Los espacios de la Red Natura 2000 afectados son el LIC ES2430035 "Sierras de Santa Cruz y Puerto de Used" y LIC ES2430107 "Sierras de Prados y Santa Cruz. Por su parte, algunas de las zonas de préstamos se ubican en el ámbito de la ZEPA ES0000017 "Cuenca de Gallocanta".

La zona norte está en ámbito del Decreto 326/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el águila-azor perdicera (Hieraaetus fasciatus) en Aragón y se aprueba el Plan de Recuperación, sin afectar a aéreas críticas, estando la más próxima a 4,4 km de distancia.

En el tramo incluido en el término municipal de Used, está dentro del ámbito definido en el Decreto 127/2006, de 9 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el cangrejo de río común Austropotamobius pallipes, y se aprueba el Plan de Recuperación, sin afectar a cauces con presencia de la especie.

La zona central del proyecto se localiza en dos Montes de Utilidad Pública propiedad de los ayuntamientos de Used y Atea. MUP 000127 "La Sierra, del Ayuntamiento de Used y MUP 000094 "La Sierra" del Ayuntamiento de Atea.

Donde confluyen los términos municipales de Atea, Used, Cubel y Orcajo, comienza la vía pecuaria "Cañada Real de Cubel a Manchones", únicamente definida en el término municipal de Orcajo.

Potenciales impactos del proyecto y valoración:

Afecciones sobre el aire. Valoración: impacto potencial bajo-medio. Por el incremento de la contaminación, nivel de polvo, olores y elevados niveles de ruido motivados por el incremento del tráfico de vehículos y de maquinaria en el entorno de las obras, por las labores de excavación y movimiento de materiales y otras acciones de obra como pueda ser el asfaltado. En fase de explotación de la vía se valora el impacto como medio por aumento de emisiones de gases de efecto invernadero y de ruidos por el previsible incremento del uso de la vía y también de su velocidad.

Afecciones sobre el suelo y geomorfología. Valoración: impacto potencial medio. Valoración: impacto potencial medio. Se prevé una transformación parcial del área con la ejecución de un vial de mayor anchura que el existente con nuevos trazados en determinadas áreas del trazado. Asimismo, se prevé la necesidad de préstamos en unos 54.326,80 m³ de áridos que serán compensados en parte con 20.657,1 m³ de inerte excedentarios que serán utilizados para la restitución topográfica mediante el relleno parcial de los préstamos. Los desmontes previstos facilitarán los procesos erosivos superficiales en los periodos de lluvias y la posibilidad de aparición de desprendimientos de tierras. Se producirá un incremento de en la tasa de erosión por el desbroce y decapado de superficies previamente ocupadas por vegetación. Adicionalmente, se podrá producir la compactación y contaminación accidental de suelos si bien son afecciones que se pueden evitar o mitigar con las adecuadas prácticas ambientales. Se producirá una alteración paisajística moderada, principalmente debida a su visibilidad y al cambio cromático que producirá la carretera acondicionada sobre los campos agrícolas y superficies forestales. La presencia de nuevos taludes y nuevos trazados duplicados con los existentes, generarán un impacto paisajístico moderado por la entidad de los nuevos taludes y la ausencia de puntos de concentración de observadores potenciales. La pérdida de suelo por la ampliación y, puntualmente, por nuevo trazado, será permanente, sin embargo, la alternativa finalmente elegida limita la achura de la vía a los 7 m en lugar de los 8 de la alternativa 2, y aprovecha en la mayor parte del trazado el firme de la infraestructura existente, por lo que se reduce sustancialmente la ocupación de terrenos naturales. El desmantelamiento y rehabilitación de aquellos tramos de carretera en desuso es una medida adecuada que minimiza su impacto. En fase de explotación de la vía se valora el impacto como medio por la presencia de una carretera de mayor anchura dentro de la Red Natural 2000 y Monte de Utilidad Pública.

Impactos sobre Red Natura 2000 y otras figuras de catalogación ambiental. Valoración: impacto medio. El proyecto afecta a los LIC ES2430035 "Sierras de Santa Cruz y Puerto de Used" y LIC ES2430107 "Sierras de Prados y Santa Cruz. Por su parte, algunas de las zonas de préstamos se ubican en el ámbito de la ZEPA ES0000017 "Cuenca de Gallocanta". Las principales afecciones sobre los objetivos de conservación de LICs y ZEPA son la ocupación del espacio y la pérdida de superficies de hábitats de interés de conservación. En el tramo medio a su paso por la Sierra de Santa Cruz se proyecta un tramo de nuevo trazado de aproximadamente 1,2 km y el ensanchamiento del resto del tramo, con una afección de unas 1,7 ha de vegetación natural inventariada como Hábitat de Interés Comunitario. Por otra parte, según el documento ambiental, se recuperarán aproximadamente 1,1 ha de suelo actualmente ocupado por la carretera, por lo que la afección final de terrenos no recuperables será de aproximadamente 0,6 ha. Esta afección no se considera significativa dado que no se trata de Hábitats de Interés Comunitario prioritario y su carácter arbustivo-arbóreo en una zona con disponibilidad de suelos vegetal facilitará su recuperación. Únicamente, la ubicación de las zonas de préstamo 1, 2 y 3 queda dentro del ámbito de la ZEPA "Cuenca de Gallocanta" por lo que se podría afectar al desarrollo de especies de carácter estepario como "avutarda", aunque su presencia en la zona es también muy ocasional. Sin embargo, sería conveniente no comenzar la realización de los aprovechamientos de los préstamos y otros movimientos de tierras en estos durante la época de nidificación para evitar molestias sobre la especie. Es por esto que el proyecto es compatible con los objetivos de conservación de estos espacios de la Red Natura 2000.

Afección potencial sobre la vegetación natural y especies de flora amenazada: Valoración: impacto medio a alto en caso de presencia de flora catalogada (Centaurea pinnata y Thymus loscosii) en las superficies afectadas. Eliminación de las comunidades vegetales existentes por desbroces u ocupación del espacio, acumulación de polvo sobre la vegetación y afección a ecosistemas y a especies con categoría de amenazadas. Todas las formaciones vegetales afectadas por el proyecto se encuentran bien representadas en el entorno de la actuación, tanto por extensión como por estado de conservación, por lo que se considera que la superficie de afección para cada uno de estos hábitats resultaría poco relevante, en relación con la representatividad de cada uno de ellos en los alrededores. El proyecto puede afectar a taxones de la especie Centaurea pinnata, incluida en el catálogo de especies amenazadas de Aragón como "en peligro de extinción". En el documento ambiental se plantea la opción de realizar una prospección botánica previa de las zonas que van a ser objeto de eliminación de la cubierta vegetal dentro de la cuadrícula de Centaurea pinnata, en caso de detectar individuos de esta especie se procederá a su traslocación o traslado a vivero. Esta medida es oportuna y permitirá minimizar la afección. Se considera que posiblemente las obras de la carretera, al generar movimientos de tierra, favorezcan la proliferación de esta especie, ya que es típicamente colonizadora. Otras especies probablemente afectadas son Thymus loscosii, por lo que la prospección se debería ampliar a la detección de taxones de esta especie.

Afecciones potenciales sobre la fauna y sobre los objetivos de los planes de recuperación del águila-azor perdicera y del cangrejo de río común. Valoración: impacto bajo. Durante las obras los ruidos, vibraciones, emisión de polvo a la atmósfera, trasiego de vehículos, presencia de maquinaria y personal, la realización de excavaciones, construcción de taludes, etc., pueden afectar a las especies faunísticas de la zona, desplazándose temporalmente y poniendo en riesgo el éxito de sus nidificaciones o crías. No obstante, estas afecciones son consideradas de carácter temporal y finalizarán una vez finalice la fase de obras. La zona afectada se corresponde con zonas de campeo de alimoche, águila real y buitre leonado principalmente, sin que sus puntos de nidificación se vayan a ver afectados por las obras o el funcionamiento de la vía. Por otro lado, durante la fase de funcionamiento, la ocupación de hábitat y el efecto barrera de la carretera, dado que no se abre un nuevo trazado, será limitado. Asimismo, el tráfico rodado una vez terminadas las obras, no se prevé aumente significativamente, por lo que no se esperan impactos relevantes derivado de ello. Existe riesgo de mortalidad para la fauna silvestre, en función de la posibilidad, o no, de garantizar el paso de la fauna por zonas adecuadas que puedan minimizar el riesgo de atropello, especialmente en las zonas de cruce con cursos de agua. En cuanto a los planes de manejo y gestión de especies amenazadas, las áreas críticas definidas para el águila-azor perdicera se encuentran a más de 4 km de distancia, por lo que no se verán afectadas por ruidos o maquinaria. Respecto a las especies de avifauna esteparia (avutarda, etc.) se ubican mayoritariamente en los llanos situados al oeste de Used, en la cuenca de la Laguna de Gallocanta, siendo la presencia en el entorno de la carretera muy residual, por lo que no se verán afectadas por la actuación en ningún momento del año. Únicamente se podrán ver afectadas por molestias durante la explotación de los préstamos y los posteriores trabajos de rehabilitación de los mismos. En relación al cangrejo de río común, teniendo en cuenta la distancia a la que se encuentra la población más próxima y la práctica ausencia de cauces permanentes, se considera que la ejecución del proyecto no generará afecciones sobre poblaciones de la especie. Por ello, las actuaciones se consideran compatibles con los objetivos de conservación de los planes de recuperación del águila-azor perdicera y del cangrejo de río común.

Hidrología. Valoración: impacto bajo. El proyecto no afecta directamente a cauces permanentes ni de primer o segundo orden. Se producirá la modificación de la escorrentía superficial, erosión, riesgo de contaminación accidental de aguas superficiales y subterráneas e incremento de la escorrentía superficial por la impermeabilización de la plataforma que conlleva la construcción de la carretera. Durante la ejecución podría producirse la contaminación indirecta de las aguas por vertidos accidentales de aceites y/o lubricantes que pudiesen ser arrastrados o infiltrados hasta alcanzar el nivel de base local o el freático. El proyecto supone la ocupación del Dominio Público Hidráulico y sus zonas de servidumbre y policía de cauces.

Utilización de recursos naturales. Valoración: impacto bajo. No está previsto el consumo de energía ni suministro de agua. Los recursos de áridos necesario para la obra tampoco se consideran excesivo y se aprovecha en una zona en donde ese recurso es abundante. Asimismo, el aprovechamiento de áridos en préstamos dentro de fincas de labor no debe suponer una merma de su productividad agrícola una vez se rehabiliten adecuadamente los mismos. Se deberá justificar en el proyecto constructivo que las calidades de los materiales de préstamo satisfacen las calidades finales exigidas en proyecto. En caso contrario se deberá recurrir a canteras/graveras autorizadas.

Efectos acumulativos con otros proyectos, transformación del uso del territorio y paisaje. Valoración: impacto potencial bajo. La utilización de la misma traza actualmente existente anula los efectos acumulativos del proyecto y minimiza sustancialmente la transformación del uso del territorio, y evitará nuevos impactos paisajísticos en zonas donde actualmente no existen infraestructuras viarias.

Afecciones sobre el Domino Público forestal y pecuario. Valoración: impacto potencial bajo. Conforme a la cartografía disponible en este Instituto, se puede producir afección sobre los Montes de Utilidad Pública Z-127 "La Sierra", cuyo titular es el Ayuntamiento de Used y Z-94 "La Sierra" cuyo titular es el Ayuntamiento de Atea, y posibilidad de afección a la vía pecuaria clasificada denominada "Cañada Real de Cubel a Manchones" debiéndose disponer de las pertinentes autorizaciones al efecto.

Afección por riesgos naturales e inducidos. Valoración: impacto potencial bajo y alto. Los riesgos naturales más relevantes en la zona se concretan en aquellos riesgos inducidos como los posibles movimientos de los nuevos taludes que se conformen en forma de deslizamientos y/o desprendimientos de terreno dada la naturaleza de las litologías aflorantes. En estas zonas la acción de las lluvias, heladas y el viento puede generar la caída de bloques inestables y desencadenar procesos de deslizamiento que se podrán ver favorecidos por los nuevos taludes a excavar. También existe riesgo de incendios forestales y sísmicos. El mapa de susceptibilidad del Instituto Geográfico de Aragón para este tipo de riesgos define el área de actuación como de riesgos bajo o muy bajos para deslizamientos y hundimientos, y alto y medio para vientos, y los riesgos geológicos son bajos o muy bajos En cuanto a incendios forestales los riesgos son altos, medios y bajos o medio-bajos y los riesgos sísmicos son de nivel 3. Durante la fase de funcionamiento de la vía se producirá una mayor afluencia y frecuentación de personas y vehículos lo que aumentará el riesgo de incendio, si bien se tendrá el efecto positivo de que con el acondicionamiento previsto se mejorará la accesibilidad para los equipos de extinción y se favorecerá la vía de evacuación.

Vistos, el expediente administrativo incoado; la propuesta formulada por el Área Técnica del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; los criterios establecidos en el anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental modificada por la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, los criterios establecidos en el anexo III de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, para la valoración de la existencia de repercusiones significativas sobre el medio ambiente y el resultado de las consultas recibidas, he resuelto:

Primero.- No someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el Proyecto de Acondicionamiento de la carretera provincial CV-204 de Atea a Used, en los términos municipales de Atea y Used (Zaragoza), promovido por la Diputación Provincial de Zaragoza, por los siguientes motivos:

Afecciones sobre vegetación, fauna, suelo, paisaje y geomorfología no especialmente significativas, por la magnitud del proyecto y por la capacidad de carga del territorio.

El proyecto no supone afecciones siginificativas sobre la Red Natura 2000 y es compatible con los objetivos del Plan de recuperación del águila-azor perdicera y cangrejo de río común.

Ausencia de efectos acumulativos significativos.

La incorporación de medidas preventivas, correctoras y compensatorias en el proyecto.

Segundo.- El establecimiento de las siguientes medidas preventivas y correctoras y condiciones adicionales al proyecto:

1. El ámbito de aplicación de la presente Resolución son las actuaciones descritas en el Documento Ambiental del Proyecto de acondicionamiento de la carretera provincial CV-204 Atea a Used, en el término municipal de Atea (Zaragoza), promovido por la Diputación Provincial de Zaragoza.

2. Se cumplirán las medidas preventivas y correctoras establecidas en el documento ambiental, siempre y cuando no sean contradictorias con las de la presente Resolución. Se realizará la vigilancia ambiental de acuerdo al Plan de Vigilancia Ambiental incluido en el documento ambiental, adaptándolo y ampliándolo a las determinaciones del presente condicionado, de forma que concrete el seguimiento efectivo de las medidas preventivas y correctoras planteadas, defina responsable, métodos y periodicidad de los controles e informes, así como el método y la forma para la corrección de las desviaciones sobre lo previsto y la detección y corrección de los posibles impactos no previstos en el documento ambiental. Este Plan de Vigilancia Ambiental tendrá una vigencia de dos años de duración tras la finalización de las labores de construcción. El Plan de Vigilancia Ambiental asegurará el cumplimiento de las medidas contempladas en el documento ambiental y en el presente condicionado. El Plan de Vigilancia Ambiental deberá prestar especial atención a la rehabilitación de los taludes finalmente planteados garantizando su estabilidad, adecuada revegetación, control de procesos erosivos, seguimiento del patrimonio cultural, y afecciones a los Hábitats de Interés Comunitario y a fauna y flora catalogada como amenazada del entorno.

3. Con anterioridad a la ejecución de las obras se deberán recabar todas las autorizaciones y licencias legales exigibles, en especial las referentes a la realización de obras en Dominio Público Hidráulico y Dominios Públicos Forestal y pecuario. Se deberá tramitar ante el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental el expediente de prevalencia de la demanialidad de la vía sobre los mencionados montes y cumplir las prescripciones señaladas por el Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Zaragoza respecto a la accesibilidad a los Montes de Utilidad Pública incluyendo en el diseño y ejecución final el mantenimiento del acceso a los viales interiores de los Montes de Utilidad Pública 94 y 127 con radios de curva no inferiores a 20 m.

4. Con carácter previo a la ejecución del proyecto, se deberán realizar prospecciones paleontológicas y arqueológicas en todos los terrenos de afección previstos, incluyendo las zonas de préstamos, debiendo recoger los resultados de las actuaciones realizadas, y cuyos resultados deberán ser remitidos a la Dirección General de Cultura y Patrimonio para que emita las Resoluciones oportunas o arbitre las medidas adecuadas.

5. Se notificarán con suficiente antelación las fechas previstas para la realización de las obras al Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Zaragoza para que pueda designar, si procede, personal cualificado para la supervisión de las obras, debiéndose en todo caso atender a las disposiciones que dicte su personal en el ejercicio de sus funciones. El promotor designará a un técnico cualificado como responsable de medio ambiente para supervisar la aplicación todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias de aplicación a la fase de obras. Antes del inicio de las obras, se comunicará el nombramiento del técnico de medio ambiente responsable del seguimiento al mencionado Servicio Provincial.

6. Se realizará una prospección de flora catalogada y de especies raras o muy raras (en especial se contrastará la presencia de Centaurea pinnata yThymus loscosii), realizada por técnico competente en época adecuada, y extendiéndose a lo largo de todo el recorrido de la actuación, incluyendo cualquier otra zona afectada por el proyecto sobre vegetación natural. En base a este estudio se adoptarán las medidas necesarias para minimizar las afecciones a la flora catalogada, proponiendo las medidas preventivas y correctoras adecuadas. Los resultados de las prospecciones se comunicarán al Servicio Provincial del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de Zaragoza para el establecimiento de las medidas que sean necesarias.

7. Todas las nuevas superficies generadas deberán ser restauradas, se limpien de restos y se revegeten. Se realizará el extendido de la tierra vegetal retirada en proyecto sobre los taludes de la carretera y se procederá a su revegetación mediante una siembra a voleo de gramíneas y leguminosas o mediante hidrosiembra si los taludes superan los 30.º, con objeto de fijar los taludes, evitar su erosión y mejorar la integración paisajística de la nueva infraestructura viaria. Para ello se utilizará la tierra vegetal previamente acopiada. Las especies a utilizar en labores de restauración vegetal deberán ser las propias de las series de vegetación del lugar y representativas de los hábitats afectados, tal y como establece el documento ambiental. Se realizarán también tareas de restauración e integración paisajística en las parcelas afectadas por los préstamos. Se rellenarán con los excedentes de tierras de la obra y residuos inertes adecuados procedentes del desmantelamiento de aquellas zonas en desuso de la carretera actual, se revegetarán con gramíneas y leguminosas, una vez realizado el extendido de la tierra vegetal, y los taludes perimetrales no superarán los 22.º De manera general, para favorecer la revegetación de las zonas afectadas por el proyecto se realizarán aquellas enmiendas edáficas necesarias y riegos. También se realizarán las reposiciones de marras que sean necesarias.

8. Durante la ejecución de las obras, se adoptarán todas las medidas oportunas para minimizar los daños a la vegetación natural, fauna, medio hídrico y el deterioro general del entorno. Para ello, antes de cualquier acción constructiva, deberá delimitarse y jalonarse convenientemente la zona de actuación, evitando afecciones adicionales por las propias obras, acopio de materiales, vehículos, maquinaria, etc., así como previniendo cualquier proceso de contaminación del entorno. Las instalaciones auxiliares y parques de maquinaria deberán emplazarse sobre superficies pavimentadas o impermeabilizadas. Si fuera necesario habilitar acopios temporales se realizarán en la medida de lo posible sobre terrenos sin vegetación natural en el interior de la franja delimitada de afección de las obras. La tierra vegetal se almacenará en lugar apartado dónde no exista riesgo de contaminación, en montones de altura no superior a los dos metros. En caso de preverse un almacenamiento por tiempo superior a seis meses, dichos montones se sembrarán a fin de proveer una protección adicional a los mismos.

9. Se tomarán las medidas oportunas para evitar vertidos (aceites, hormigón, combustibles, etc.) Los cambios de aceites, reparación de maquinaria o limpieza de hormigoneras se realizarán en zonas expresamente destinadas para ello, alejadas de los cauces de barranco y arroyo o de cualquier otro punto de agua, y fuera de las zonas con vegetación natural. Finalizadas las obras, se retirarán, las infraestructuras temporales de obra, los acopios de material sobrante y cualquier residuo generado se gestionará conforme a su calificación, dejando el lugar en perfectas condiciones de limpieza. Los residuos de construcción y demolición de la obra deberán ser gestionados y depositados en vertederos autorizados, conforme a su naturaleza, dejando la zona en perfectas condiciones de limpieza y cumpliendo en todo momento con el Decreto 262/2006, de 27 de diciembre. Se retirarán obligatoriamente por gestor autorizado de residuos peligrosos los aceites usados y cualquier otro residuo calificado como tal procedente de la ejecución del proyecto. Los residuos asimilables a urbanos generados durante la fase de obra serán depositados por la empresa adjudicataria en los sistemas de recogida existentes municipales o comarcales.

10. Las medidas contra la generación de polvo incluirán el transporte de material mediante camiones cubiertos por lonas y riego periódico de caminos y zonas de trabajo, especialmente en periodos de fuertes vientos o de sequía. Toda la maquinaria y vehículos de obra circularán a velocidad no superior a los 20 km/h en caso de hacerlo por caminos no asfaltados.

11. De forma previa al inicio de las obras, se informará a los trabajadores de las empresas que puedan intervenir en la ejecución del proyecto sobre las medidas preventivas y correctoras contenidas en el documento ambiental, en sus adendas posteriores y en la presente Resolución, y su responsabilidad en cuanto al cumplimiento de las mismas.

12. En cuanto a los niveles de ruido y vibraciones generados durante la fase de obras, se tendrán en cuenta los objetivos de calidad acústica establecidos en el Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, y en la Ley 7/2010, de 18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón.

13. Se adoptarán medidas para la prevención de incendios teniendo en cuenta la Orden DRS/1824/2017, de 14 de noviembre, por la que se establecen normas complementarias a la Orden DRS/107/2017, de 31 de enero, por la que se prorroga transitoriamente la Orden de 20 de febrero de 2015, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, sobre prevención y lucha contra los incendios forestales en la Comunidad Autónoma de Aragón para la campaña 2015/2016, o la Orden anual vigente para el momento en que se realicen las obras.

Según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, debe precisarse que las medidas y el condicionado ambiental que incorpora el presente informe quedan justificadas y motivada su necesidad para la protección del medio ambiente, ya que dicha protección constituye una razón imperiosa de interés general.

De acuerdo con lo señalado en el artículo 37.4 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, la presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Asimismo, conforme a lo previsto en el artículo 37.6 de la mencionada Ley 11/2014, de 4 de diciembre, la presente resolución perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son propios si, una vez publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", no se hubiera procedido a la autorización del proyecto en el plazo máximo de cuatro años desde su publicación. En tal caso, el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada del proyecto.

Zaragoza, 27 de marzo de 2020.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

JESÚS LOBERA MARIEL