EDICTO del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala Contencioso-Administrativo Sección Primera, en el procedimiento ordinario número 334/2020, pieza de medidas cautelares.
Doña Nuria Creus Portas, Letrada de la Administración de Justicia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
Hago saber: que en el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario 334/2020, pieza de medida cautelar, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Estimar parcialmente la cautelarísima solicitada y acordar la suspensión cautelarísima de la eficacia, en lo relativo a la disposición Cuarta, apartado 2.a) de la Orden SAN/959/2020, de 7 de octubre, de la limitación de aforo en interior al cincuenta por ciento del aforo total y en las terrazas al setenta y cinco por ciento del aforo total.
No hay lugar a suspender la prohibición del uso de las barras.
Dése traslado a la Administración para que en el plazo de tres días, alegue lo que a su derecho convenga en relación con el mantenimiento, levantamiento o modificación de la medida acordada.
Contra este auto no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los/las Ilmos./as. Sres./Sras. Magistrados/as expresados/as. Doy fe.
Y para su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón» expido y firmo el presente.
Zaragoza, 9 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, D.ª Nuria Creus Portas.