RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se modifica la Resolución de 7 de junio de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Técnico Superior en Higiene Bucodental en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre.

Publicado el 13/08/2019 (Nº 158)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD
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Texto completo:

Advertidos errores en la Resolución de 7 de junio de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas de la categoría de Técnico Superior en Higiene Bucodental en centros del Servicio Aragonés de Salud de la Comunidad Autónoma de Aragón, para su provisión por turno libre, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 125, de 28 de junio de 2019, y de conformidad con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Proceder a su corrección en los siguientes términos:

Página 18911, donde dice:

Estar en posesión del título de Formación Profesional de Técnico Superior en Higiene Bucodental o título de Formación Profesional de Segundo Grado, Rama Sanitaria, especialidad en Higienista Dental, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, dentro del plazo de presentación de instancias.

Debe decir:

Estar en posesión del título de Formación Profesional de Técnico Superior en Higiene Bucodental, del título de Formación Profesional de Segundo Grado, Rama Sanitaria, especialidad en Higienista Dental, o de la certificación acreditativa prevista en la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 1594/1994, de 15 de julio, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.

En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, dentro del plazo de presentación de instancias.

Segundo.- Ampliar el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 10 de septiembre de 2019.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 26 de julio de 2019.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JAVIER MARIÓN BUEN