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ORDEN CDS/134/2016, de 9 de febrero, por la que se crea la Escuela de Participación Ciudadana de Aragón.

Publicado el 07/03/2016 (Nº 45)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, proclama en su artículo 15 el derecho de los aragoneses a participar en condiciones de igualdad en los asuntos públicos, instando a los poderes públicos aragoneses a promover la participación social en la elaboración, ejecución y evaluación de las políticas públicas.

Dando cumplimiento a este mandato estatutario, la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, tiene como finalidad impulsar un modelo de gobierno abierto en el ámbito de la Comunidad Autónoma, garantizando de forma efectiva el derecho de participación en la planificación, elaboración y evaluación de las políticas públicas del Gobierno de Aragón, a través de mecanismos que promuevan un diálogo abierto, transparente y regular, y de participación en la toma de decisiones en los asuntos que incidan directa o indirectamente en el interés público. Dada la importancia de aquellas iniciativas que permiten construir una sociedad activa que incorpore valores democráticos, el artículo 45.e) establece que corresponde al departamento competente en materia de participación ciudadana, entre otras funciones, el impulso de la formación y la sensibilización de la sociedad en materia de participación. En concreto, el artículo 62 señala que con la finalidad de fomentar una cultura participativa, este departamento realizará y promoverá programas de formación para la ciudadanía y las entidades ciudadanas.

Así, información, formación y educación en valores inherentes a la participación ciudadana son condiciones indispensables para el mejor funcionamiento del sistema democrático. Por ello, es voluntad del Gobierno de Aragón impulsar una estrategia que responda a las necesidades de sensibilización, formación y capacitación, facilitando la adquisición de conocimientos y habilidades en herramientas que permitan incorporar el modelo de participación ciudadana en la vida pública.

Con este fin se crea la Escuela de Participación Ciudadana de Aragón, configurada como un instrumento para el mejor cumplimiento de los objetivos propios de la política de promoción de la participación ciudadana, mediante una capacitación orientada a cualificar a los diferentes actores y agentes para que en su desempeño y en sus actuaciones se privilegie una nueva cultura política.

El Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, le atribuye competencias en materia de participación ciudadana, correspondiéndole, a través de la Dirección General de Participación Ciudadana, Transparencia, Cooperación y Acción Exterior, la formación y capacitación en materia de participación ciudadana, así como el impulso de la investigación y la sensibilización de la sociedad en una cultura política de participación ciudadana.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, en uso de las atribuciones conferidas, resuelvo:

Primero.- Creación.

1. Mediante la presente orden se crea la Escuela de Participación Ciudadana de Aragón, como programa destinado a fomentar una cultura de participación ciudadana mediante la sensibilización, formación y capacitación de la sociedad aragonesa en valores democráticos.

2. La Escuela de Participación Ciudadana de Aragón constituye la propuesta integral que ordena, unifica y sistematiza la oferta de actividades formativas impulsadas por el Departamento competente en materia de participación ciudadana.

Segundo.- Objetivos y finalidades.

1. En el marco de una educación para la democracia, la Escuela de Participación Ciudadana de Aragón tiene como objetivo fomentar una cultura de participación individual y colectiva, generar sinergias y nuevas iniciativas para el desarrollo y profundización de la participación ciudadana, así como promover una sociedad corresponsable y activa.

2. Para el cumplimiento de sus objetivos, su acción deberá dirigirse a:

a) Fomentar una cultura social participativa, dotando a la ciudadanía de conocimientos, herramientas y habilidades para el ejercicio del derecho de participación, y promoviendo actitudes y motivaciones para que asuma la necesidad de su implicación en la formulación, desarrollo y control de las políticas públicas.

b) Transformar la cultura institucional y organizacional para la consolidación de prácticas participativas, formando en la aplicación de instrumentos, metodologías y procesos de participación ciudadana en los procesos decisionales que inciden en la vida pública.

c) Promover la reflexión, estudio e investigación sobre la realidad de la democracia y la participación ciudadana.

d) Fortalecer la cooperación entre los poderes públicos y la ciudadanía comprometida con la mejora de los valores democráticos de participación y convivencia.

3. Las actividades desarrolladas por Escuela de Participación Ciudadana de Aragón tendrán como finalidades:

a) Divulgar el régimen de participación ciudadana previsto en el ordenamiento jurídico, y formar en la utilización de instrumentos que permitan a la ciudadanía implicarse en la toma de decisiones públicas.

b) Formar a las entidades ciudadanas en su gestión interna con la finalidad de fortalecer el tejido asociativo para el ejercicio del derecho de participación y su implicación en los asuntos públicos.

c) Formar en el uso de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación para la promoción de la participación ciudadana.

d) Divulgar la organización y el régimen de las instituciones aragonesas de autogobierno con la finalidad de acercar los poderes públicos a los ciudadanos y las ciudadanas.

f) Enseñar a la ciudadanía y difundir la cultura de la participación, de manera que asuma la necesidad de su implicación en el desarrollo de las políticas públicas, económicas, sociales y culturales, y en su control, como garantías fundamentales para el establecimiento y el funcionamiento de un modelo democrático por y para la ciudadanía.

g) Cualesquiera otras finalidades necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.

Tercero.- Actividades y destinatarios.

1. Las actividades desarrolladas en el marco de la Escuela de Participación Ciudadana de Aragón se estructurarán en las siguientes áreas:

a) Cursos de formación y estudios universitarios.

b) Jornadas, Seminarios y Congresos.

c) Publicaciones.

d) Investigaciones.

2. Las actividades podrán adoptar las modalidades presencial, semipresencial y on-line, constituyendo el Portal de Participación Ciudadana la plataforma tecnológica destinada a dar soporte a la información, documentación e impartición de los programas.

3. Podrán ser destinatarios de las actividades los responsables políticos, personal al servicio de las Administraciones Públicas aragonesas, entidades ciudadanas y ciudadanos a título individual.

4. Con el fin de fomentar el acceso a las actividades y acreditar las capacitaciones adquiridas, el Departamento competente en materia de participación ciudadana impulsará el reconocimiento de asistencia y, en su caso, superación de los programas.

Cuarto.- Gestión.

1. Corresponde a la Dirección General competente en materia de participación ciudadana, el diseño, coordinación y gestión de las actividades impulsadas por la Escuela de Participación Ciudadana de Aragón.

2. Las actividades organizadas en colaboración con otras administraciones públicas, instituciones, universidades y entidades públicas y privadas, deberán contemplar mecanismos de coordinación y compromisos asumidos por cada parte.

Quinto.- Financiación.

Las actividades de la Escuela de Participación Ciudadana de Aragón serán financiadas con cargo al presupuesto del Departamento competente en materia de participación ciudadana, sin perjuicio de la colaboración económica y técnica de las administraciones públicas, instituciones, universidades y entidades públicas y privadas que sean parte en la actividad.

Sexto.- Publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

La presente orden se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", para su general conocimiento.

Zaragoza, 9 de febrero de 2016.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales.

MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA