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ORDEN CDS/332/2016, de 4 de abril, por la que se publica el Acuerdo de 22 de marzo de 2016, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga al Centro Aragonés de México D.F., el reconocimiento como Casa o Centro de Aragón.

Publicado el 21/04/2016 (Nº 76)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANÍA Y DERECHOS SOCIALES

Texto completo:

Aprobado por el Gobierno de Aragón el día 22 de marzo de 2016, el Acuerdo de 22 de marzo de 2016, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga al Centro Aragonés de México D.F., el reconocimiento como Casa o Centro de Aragón, se publica como anexo a la presente orden

Zaragoza, 4 de abril de 2016.

La Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales,

M.ª VICTORIA BROTO COSCULLUELA

La Ley 5/2000, de 28 de noviembre, dispone, en su artículo 3, que tendrán la consideración de Casas y Centros de Aragón las asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyos fines estatutarios y su actuación ordinaria se dirijan a la consecución de los objetivos fijados en la Ley y sean reconocidos de acuerdo con lo dispuesto en la misma. A tal efecto, el artículo 8 de la Ley 5/2000 prevé que el reconocimiento se realizará por acuerdo del Gobierno de Aragón, previo informe de la Comisión Permanente del Consejo de las Comunidades Aragonesas en el exterior, a solicitud de la Casa o Centro de Aragón interesado. Por su parte, el Decreto 111/2002, de 19 de marzo, regula el procedimiento para su reconocimiento e inscripción registral.

Por el Centro Aragonés de México D.F. se ha solicitado su reconocimiento, habiendo acreditado los requisitos exigidos legalmente, siendo informada favorablemente su petición por la Comisión Permanente del Consejo de Comunidades Aragonesas en el exterior en su reunión de 12 de marzo de 2016.

Por todo ello, a propuesta de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 22 de marzo de 2016, se adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.- Conceder al Centro Aragonés de México D.F. su reconocimiento como Casa de Aragón, a los efectos previstos en la Ley 5/2000, de 28 de noviembre, de Relaciones con las Comunidades Aragonesas del exterior.

Segundo.- Dicho reconocimiento dará lugar a su inscripción de oficio en el Registro de Casas y Centros de Aragón.