RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 2020, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que se declara la pérdida de derechos, y con el fin de cubrir todas las vacantes convocadas por Resolución de 10 de abril de 2018, en el proceso selectivo de la categoría de Pinche, se nombra personal estatutario fijo y se adjudican los destinos que han quedado vacantes en Centros del Servicio Aragonés de Salud.

Publicado el 13/02/2020 (Nº 30)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD
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Texto completo:

De conformidad con lo previsto en la base 8.3 de la Resolución de 10 de abril de 2018, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 75, de 18 de abril de 2018, por la que se convoca proceso selectivo de la categoría de Pinche y de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud aprobado por el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Declarar, de conformidad, con lo establecido en la base 8.2 de la Resolución de 10 de abril de 2018, la pérdida de los derechos derivados de la participación en este proceso selectivo de: D.ª María Soledad Ortega Marina, con Documento Nacional de Identidad ***7669**, y que fue nombrada personal estatutario fijo mediante Resolución de 11 de septiembre de 2019, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, al no haber tomado posesión del destino adjudicado dentro del plazo establecido, ni haber acreditado imposibilidad o causa de fuerza mayor que lo impida.

Segundo.- Nombrar personal estatutario fijo en la categoría de Pinche, con expresión del destino adjudicado a la participante que sigue en puntuación a los ya nombrados en el proceso selectivo, que se detallan en el anexo adjunto a esta Resolución, al no haberse cubierto el total de plazas convocadas mediante Resolución de 10 de abril de 2018.

Tercero.- La aspirante nombrada de conformidad con lo dispuesto en la base 8.2 de la Resolución de 10 de abril de 2018, dispondrá del plazo de un mes para incorporarse al destino obtenido y efectuar la toma de posesión. El cómputo de dicho plazo se iniciará al día siguiente de la publicación de la presente Resolución, decayendo en su derecho si no se incorporan a su destino en dicho plazo, salvo imposibilidad acreditada y así apreciada por el órgano convocante.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 4 de febrero de 2020.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JAVIER MARIÓN BUEN