RESOLUCIÓN de 20 de enero de 2020, de la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, por la que, y con el fin de cubrir todas las vacantes convocadas por Resolución de 16 de abril de 2018, en el proceso selectivo de la categoría de Pediatra de Atención Primaria, se nombra personal estatutario fijo y se adjudican los destinos que han quedado vacantes en Centros del Servicio Aragonés de Salud.

Publicado el 28/01/2020 (Nº 18)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD
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Texto completo:

De conformidad con lo previsto en la base 8.3 de la Resolución de 16 de abril de 2018, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 81, de 27 de abril de 2018, por la que se convoca proceso selectivo de la categoría de Pediatra de Atención Primaria y de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud aprobado por el Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, esta Dirección Gerencia, resuelve:

Primero.- Conforme a la Orden de 16 de enero de 2020, de la Consejera de Sanidad, por la que se estima el recurso de alzada interpuesto por diversas organizaciones sindicales, el destino adjudicado con carácter provisional en el acto celebrado el 29 de noviembre de 2019, lo será con carácter definitivo.

Segundo.- Nombrar personal estatutario fijo en la categoría de Pediatra de Atención Primaria, con expresión del destino definitivo adjudicado a los participantes que siguen en puntuación a los ya nombrados en el proceso selectivo, y que se detallan en el anexo I adjunto a esta Resolución, al no haberse cubierto el total de plazas convocadas mediante Resolución de 16 de abril de 2018.

Cuarto.- La aspirante nombrada de conformidad con lo dispuesto en la base 8.2 de la Resolución de 16 de abril de 2018, dispondrán del plazo de un mes para incorporarse al destino obtenido y efectuar la toma de posesión. Por motivos organizativos y asistenciales, el cómputo de dicho plazo se iniciará el día 3 de febrero de 2020, decayendo en su derecho si no se incorporan a su destino en dicho plazo, salvo imposibilidad acreditada y así apreciada por el órgano convocante.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 20 de enero de 2020.

El Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, JAVIER MARIÓN BUEN