ANUNCIO de la Secretaría General Técnica de Economía, Planificación y Empleo, por el que se somete a información pública el proyecto de Convenio marco entre el Gobierno de Aragón y «Amazon Data Services Spain S.L.» para la implantación en Aragón de centros de datos.

Publicado el 13/11/2019 (Nº 222)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO
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Texto completo:

Mediante Orden de 31 de octubre de 2019, de la Consejera de Economía, Planificación y Empleo, se acordó el inicio del procedimiento de elaboración y tramitación de un convenio marco entre el Gobierno de Aragón y "Amazon Data Services Spain S.L." para la implantación en Aragón de centros de datos.

Por su contenido parcialmente urbanístico, resulta de aplicación lo dispuesto en el artículo 100 del texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, en el que se dispone que los convenios urbanísticos tendrán carácter administrativo y se rigen por los principios de transparencia y publicidad, lo que se traduce en la necesidad de someter la propuesta de convenio al trámite de información pública en los boletines oficiales preceptivos, incluyendo el texto íntegro del mismo. Tanto para los convenios de planeamiento como para los convenios de gestión, la Ley establece la apertura de un período de información pública por plazo de un mes sobre el proyecto de convenio.

En este mismo sentido, mediante Acuerdo de del Gobierno de Aragón, de fecha 12 de noviembre de 2019 se ha tomado conocimiento de la propuesta del convenio marco y se acordó someter el texto de la propuesta a información pública.

La citada Orden de 31 de octubre de 2019, de la Consejera de Economía, Planificación y Empleo, declaró la urgencia en la tramitación de los procedimientos exigidos para la formalización del citado convenio marco, con la consiguiente reducción a la mitad de los plazos establecidos para el procedimiento ordinario.

En cumplimiento, por lo tanto, de lo dispuesto en la Ley de Urbanismo de Aragón en relación con los convenios urbanísticos, y de la urgencia en la tramitación declarada mediante la citada Orden de 31 de octubre de 2019, de la Consejera de Economía, Planificación y Empleo, se somete el citado proyecto de convenio marco a trámite de información pública desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio hasta el 4 de diciembre, a los efectos de que cuantos estén interesados, personas físicas o jurídicas, puedan formular las alegaciones que estimen oportunas.

Las alegaciones deberán presentarse por escrito, haciendo constar identificación y domicilio del alegante, y se dirigirán a la Secretaría General Técnica de Economía, Planificación y Empleo, indicando como referencia "Información pública. convenio marco de colaboración entre el Gobierno de Aragón y "Amazon Data Services Spain S.L.", pudiendo ser presentadas en el Registro General del Gobierno de Aragón (paseo María Agustín, número 36, edificio Pignatelli de Zaragoza) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El texto íntegro del convenio se adjunta como anexo y está, así mismo, disponible en el siguiente enlace: https://www.aragon.es/-/proyectos-en-informacion-publica.

Zaragoza, 12 de noviembre de 2019.

El Secretario General Técnico de Economía,

Planificación y Empleo, Carlos Soria Cirugeda

ANEXO CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y "AMAZON DATA SERVICES SPAIN, S.L." PARA LA IMPLANTACIÓN EN ARAGÓN DE CENTROS DE DATOS

En Zaragoza, a __ de noviembre de dos mil diecinueve.

Reunidos

De una parte,

El Gobierno de Aragón, representado en este acto por su Presidente, D. Javier Lambán Montañés, en virtud del Real Decreto 469/2019, de 2 de agosto, y de la competencia atribuida por el artículo 4 de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón.

De otra parte,

La empresa "Amazon Data Services Spain, S.L.", sociedad debidamente constituida con arreglo a las leyes españolas, titular del N.I.F. B-86339595 e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid con el número M-531.067, representada por D. Mattia Gamberoni, en calidad de administrador solidario de esta entidad en virtud de los acuerdos de accionista único de 6 de julio de 2017, elevados a escritura pública el 6 de septiembre de 2017 ante el Notario de Madrid D. Antonio de la Esperanza Rodríguez con el número 4.524 de su protocolo, debidamente inscrito en el Registro Mercantil.

EXPONEN

I. El Gobierno de Aragón está impulsando políticas de desarrollo económico que combinan la puesta en valor de los recursos endógenos de los que dispone la Comunidad con la implantación de actividades económicas no deslocalizables. Entre ellas, junto a la logística, las energías renovables, la agroalimentación y la automoción, la innovación y las nuevas tecnologías son objetivo fundamental de la acción de gobierno.

Hoy día las tecnologías de redes, la nube y los ecosistemas de innovación construidos en torno a los mismos, la inteligencia artificial, la internet de las cosas y el impulso al emprendimiento tecnológico son instrumentos fundamentales que, debidamente articulados, constituyen un motor económico de primer orden. Es empleo y economía del presente, pero es también, aún más, el futuro.

En esta línea expuesta, constituyen objetivos estratégicos del Plan de Gobierno de Aragón promover la actividad económica y el empleo en el mundo rural, fomentar el capital tecnológico de las empresas aragonesas, impulsar el desarrollo de sectores estratégicos de la economía aragonesa y apoyar la implantación de proyectos empresariales en Aragón (a través de los Departamentos de Economía, Planificación y Empleo y del Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial) y el fomento de la creación, el desarrollo e incremento de la competitividad de empresas del sector TIC (a través del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento).

II. El Gobierno de Aragón, como un instrumento más para la transformación digital del sector público de Aragón, se propone impulsar una política de cloud que promueva el cloud público en el sector público de Aragón.

Esta política integrará diferentes acciones y, entre ellas, la identificación de casos de uso y actuaciones piloto en el marco de los actuales servicios del sector público autonómico; el impulso de un proceso de consulta, de un acuerdo marco de servicios de cloud y, en su caso, de posibles contratos de asociación para la innovación en el marco de lo establecido en la normativa de contratación del sector público; la promoción de acuerdos con las tres diputaciones provinciales aragonesas y otras administraciones locales para extender la política de cloud público impulsada por el Gobierno de Aragón; y el diseño de acciones que contemplen de manera equilibrada, siempre en función de las necesidades de servicio del sector público de Aragón, el cloud privado, híbrido y público.

III. "Amazon Web Services" ("AWS") es el proveedor de servicios cloud líder en el mundo. La entidad viene prestando servicios de infraestructura de tecnología de la información a las empresas en la nube desde 2006, asegurando así que estas empresas no asuman mayores costes anticipados en relación con la infraestructura, sustituyéndolos por costes variables reducidos y rápidamente escalables de acuerdo con las necesidades. AWS ahora abarca sesenta y nueve zonas de disponibilidad de centros de datos en veintidós regiones geográficas en todo el mundo, incluyendo: China, Corea del Sur, Bahrein, India, EE.UU., Europa, Brasil, Singapur, Japón y Australia, y ha anunciado planes para otras trece zonas de disponibilidad en otras cuatro regiones, incluyendo Indonesia, Italia, Sudáfrica y España.

"AWS" ofrece plataformas de computación en la nube a individuos, compañías y gobiernos, globalmente, sobre una base de pago por uso. Uno de los beneficios clave de la computación en nube es la capacidad de reemplazar los gastos iniciales de infraestructura de capital con bajos costes variables. La nube ofrece a las empresas acceso instantáneo a un gran número de servidores en cuestión de minutos, lo que permite la entrega eficiente de resultados. Hoy en día, AWS proporciona una plataforma de infraestructura altamente fiable, escalable y de bajo coste en la nube que alimenta a más de un millón de clientes en más de 190 países de todo el mundo.

IV. "Amazon Data Services Spain, S.L." proporcionará servicios de centro de datos en España en apoyo de los servicios cloud de "AWS". "Amazon Data Services Spain, S.L." realizará la gran inversión inicial en hardware y en la gestión de dicho hardware en España. "Amazon Data Services Spain, S.L." consideró diferentes ubicaciones en España para sus centros de datos, pero finalmente se decidió por la Comunidad de Aragón como la ubicación de preferencia.

V. La incidencia social, económica y territorial, así como la magnitud del proyecto a que se refiere el presente convenio, se pone de manifiesto al incluir tres grandes centros de datos conectados entre sí y ubicados en diferentes localizaciones, las cuales constituyen zonas de disponibilidad, en municipios de nuestra Comunidad (El Burgo de Ebro, Huesca, y Villanueva de Gállego) (en adelante, el "Proyecto"). El Proyecto encaja plenamente en la definición y objetivos previstos en el vigente texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre (en adelante, "LOTA") para los Proyectos de Interés General de Aragón (en adelante "PIGA"), así como resulta innegable el interés autonómico de esta inversión, llamada a dinamizar todo el sector en nuestra Comunidad y a generar un corredor de innovación y nuevas tecnologías entre las tres ubicaciones futuras de "Amazon Data Services Spain, S.L".

La tramitación del Proyecto de Interés General de Aragón y de las autorizaciones ambientales integradas precisas para la ejecución del Proyecto corresponderá, de forma coordinada, a los Departamentos de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, en virtud de su competencia sobre ordenación del territorio, y de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en virtud de su competencia para el otorgamiento de determinadas autorizaciones ambientales.

VI. Las partes firmantes consideran de interés la incorporación al Proyecto de los municipios de Huesca, Villanueva de Gállego y El Burgo de Ebro, que acogerán en sus términos municipales los centros de datos del Proyecto empresarial promovido por "Amazon Data Services Spain, S.L.", con objeto de coordinar y agilizar su ejecución realizando en general cuantos trámites en favor de su implantación permita la legislación vigente, agilizando los procedimientos administrativos necesarios para su ejecución, colaborando en la adquisición de los suelos necesarios para el mismo.

VII. Las partes firmantes consideran ajustado a sus respectivos intereses empresariales y generales establecer vías de colaboración que hagan posible conseguir los objetivos anteriormente señalados, favoreciendo, siempre en el marco de la legislación vigente en nuestra Comunidad Autónoma, la implantación del Proyecto en Aragón y a tal fin formalizan el presente convenio Marco, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

Constituye el objeto de este convenio establecer un marco adecuado y coordinado de colaboración para la implantación del Proyecto en la Comunidad Autónoma de Aragón, estableciendo los compromisos mutuos básicos que se desarrollarán mediante los posteriores acuerdos o los convenios específicos que resulten necesarios.

Segunda.- Compromisos del Gobierno de Aragón.

Para la consecución de los objetivos expuestos, el Gobierno de Aragón, de conformidad con la legislación de ordenación del territorio y urbanismo, impulsará los procedimientos precisos para la implantación de tres centros de datos interconectados en Aragón asumiendo para ello, en los términos acordados en este convenio Marco, los siguientes compromisos:

a) Declarar de interés autonómico e interés general el Proyecto de "Amazon Data Services Spain, S.L." en Aragón en el plazo máximo de 3 semanas desde la solicitud de Declaración de Interés General, conforme a lo establecido en el artículo 7bis del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, y 36 de la LOTA.

b) Impulsar y tramitar como PIGA de iniciativa privada el Proyecto, incluyendo en el mismo las tres ubicaciones de los centros de datos en Huesca, Villanueva de Gállego y El Burgo de Ebro y la conexión de los mismos con la red de fibra. El PIGA incorporará, conforme a la normativa vigente, los ajustes precisos en la ordenación territorial y urbanística para hacer posible la ejecución directa y plenamente funcional de las edificaciones precisas para la ejecución del Proyecto.

c) Incluir en el PIGA la evaluación y autorización ambiental integrada del conjunto del Proyecto. Además, sin carácter limitativo, se incluirán los títulos habilitantes previstos en los artículos 44.1.c) y 47.2 de la LOTA. En general, El PIGA contemplará todas las partes del Proyecto, al menos en su definición básica, así como las autorizaciones expresadas y cualesquiera otras que pueda comprender la aprobación del mismo. Igualmente, incluirá la documentación presentada por "Amazon Data Services Spain, S.L." de conformidad con la Cláusula Tercera.a) del presente Acuerdo Marco. Las fases posteriores de ejecución del Proyecto se autorizarán mediante acuerdos sucesivos del Gobierno de Aragón.

d) Colaborar con "Amazon Data Services Spain, S.L." a lo largo de todo el proceso de redacción, tramitación, aprobación y ordenación del PIGA, designando un grupo de trabajo de enlace integrado por empleados públicos de las diferentes unidades administrativas y entidades del sector público competentes para la supervisión y aprobación del Proyecto. Las principales características del grupo de trabajo de enlace serán las siguientes:

i. El grupo de trabajo de enlace estará integrado por empleados del sector público autonómico designados por el Gobierno de Aragón en el Consejo inmediato posterior a la firma del presente convenio Marco, a propuesta de la Secretaría General de la Presidencia. Los integrantes del grupo de trabajo se designarán entre aquellos que hayan participado en la fase previa a la declaración de interés general y a la correspondiente tramitación del PIGA. Asimismo, deberá incluir empleados procedentes de las diferentes unidades administrativas y entidades del sector público competentes para la supervisión y aprobación del Proyecto y contar con especialización suficiente para ello.

ii. En particular, colaborará en la petición, seguimiento y análisis de cuantos informes sectoriales resulten preceptivos para la tramitación del PIGA y, si es requerido por "Amazon Data Services Spain, S.L.", en el diseño y tramitación de las infraestructuras de suministro, en particular la de suministro eléctrico.

e) Dictar las instrucciones precisas para que se transmita a "Amazon Data Services Spain, S.L." el suelo preciso para la ejecución del Proyecto conforme a los planes de negocio y procedimientos de las sociedades autonómicas que son actualmente titulares del mismo ("Aragón Plataforma Logística, S.A.U." y "Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U."). Adicionalmente, si se considera necesario, iniciará los procedimientos administrativos correspondientes para asegurar la puesta a disposición de los terrenos precisos para asegurar la ejecución del Proyecto.

f) Redactar e impulsar la tramitación de los instrumentos que, conforme a la legislación aragonesa vigente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, resulten necesarios para reordenar el denominado "parque industrial aeronáutico", situado en Villanueva de Gállego, mediante un Plan de Interés General específico, incluyendo como uso dominante, sin perjuicio de otros usos industriales que pudiesen resultar compatibles, el de industria innovadora, de tecnologías de la información y comunicación y centros de datos. El contenido de los instrumentos aprobados no podrá impedir ni afectar a los trabajos de urbanización y edificación que "Amazon Data Services Spain, S.L." esté llevando a cabo sobre su propio suelo, de conformidad con el contenido del PIGA aprobado.

g) Colaborar con "Amazon Data Services Spain, S.L." para la selección y formación de personal en sus centros de datos, a requerimiento de ésta y de conformidad con sus políticas internas de contratación y formación de personal.

h) Promover y/o facilitar, actuando como intermediario si fuera necesario, la adhesión al presente Acuerdo Marco por parte de los municipios de El Burgo de Ebro, Huesca y Villanueva de Gállego, así como de cualesquiera otros que pudieran verse afectados por la implementación del Proyecto, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Cuarta.

TERCERA.- Compromisos de "Amazon Data Services Spain, S.L".

1. "Amazon Data Services Spain, S.L." asumirá la ejecución del Proyecto resultante del PIGA aprobado, directamente o mediante las sociedades elegidas por "Amazon Data Services Spain, S.L".

2. En particular, "Amazon Data Services Spain, S.L." asumirá los siguientes compromisos:

a) Redactar el PIGA, en coordinación con el grupo de trabajo de enlace del Gobierno de Aragón, incluyendo cuantos proyectos sean precisos para la construcción y equipamientos de las edificaciones donde se desarrollarán sus actividades y de las edificaciones e infraestructuras precisas para otros usos vinculados a su actividad.

b) Suscribir los correspondientes contratos de compraventa de los suelos precisos para el proyecto, con las empresas del sector público de Aragón ("Aragón Plataforma Logística, S.A.U." y "Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U."). La compraventa estará sujeta en todo caso a los términos establecidos en cada uno de los contratos de compraventa suscritos entre "Amazon Data Services Spain, S.L." y cada una de las actuales propietarias. Estos contratos surtirán efectos de manera simultánea con el fin de asegurar la interconexión de los tres centros de datos.

c) Realizar las inversiones que "Amazon Data Services Spain, S.L." estime necesarias para la ejecución del Proyecto, una vez los suelos necesarios para el mismo hayan sido simultáneamente adquiridos por "Amazon Data Services Spain, S.L".

d) Promover, colaborando con el Gobierno de Aragón, el empleo local en aquellas áreas en las que se ubiquen los centros de datos.

CUARTA.- Incorporación al presente convenio de los Ayuntamientos de los municipios afectados.

1. Los Ayuntamientos de El Burgo de Ebro, Huesca y Villanueva de Gállego, así como cualesquiera otros cuyos municipios puedan verse afectados por la implementación del proyecto, podrán incorporarse al presente convenio, mediante las correspondientes cartas de adhesión, asumiendo los siguientes compromisos:

a) Agilizar los procedimientos administrativos necesarios para la ejecución del Proyecto en Aragón, atendiendo especialmente a la reducción de plazos que pudiera resultar procedente una vez declarado de interés autonómico dicho Proyecto.

b) Colaborar con el Gobierno de Aragón y "Amazon Data Services Spain, S.L.", en cuanto sea preciso, para garantizar las necesidades de servicios urbanísticos del Proyecto.

c) Cualesquiera otros compromisos que sea necesario asumir por parte de los Ayuntamientos para garantizar la correcta ejecución del Proyecto.

d) En el caso del Ayuntamiento de Villanueva de Gállego, la incorporación del mismo al presente convenio, requerirá que el citado Ayuntamiento asuma, además de los compromisos expresados en las letras anteriores, el de promover la firma de una adenda al convenio de 22 de junio de 2006, suscrito por el Ayuntamiento de Villanueva de Gállego, "Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U." y "Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U". La citada adenda deberá contemplar la cesión de uso de suelo adicional que resulte necesario para la ampliación de la subestación e instalaciones existentes de tal manera que se garantice el suministro de la energía eléctrica que resulte necesaria para el correcto funcionamiento del centro de datos de Villanueva de Gállego.

2. En relación con el otorgamiento de las licencias de inicio de actividad de los centros de datos, en cuanto resulten precisas en sus sucesivas fases, una vez se haya declarado el interés autonómico de la inversión, se comprometerán a tramitarlas con la mayor celeridad, utilizando cuantas técnicas de colaboración interadministrativa resulten conveniente para garantizar su rápida Resolución.

3. En relación con la puesta a disposición o el otorgamiento de títulos habilitantes para la ocupación por el título que proceda de bienes locales de cualquier naturaleza para la implantación o ejecución de las infraestructuras requeridas por el Proyecto, una vez se haya declarado el interés autonómico de la inversión, se comprometerán a tramitarlos con la mayor celeridad utilizando cuantas técnicas de colaboración interadministrativa resulten convenientes para garantizar su rápida Resolución.

4. En el supuesto de que los Ayuntamientos afectados no se adhiriesen al presente convenio, el Gobierno de Aragón reforzará su actividad de impulso para acelerar y obtener la concesión de las licencias o títulos habilitantes a los que se refieren los dos apartados anteriores que fuesen necesarios para llevar a cabo la ejecución del Proyecto que no estuviesen comprendidas en la aprobación del PIGA.

QUINTA.- Cronograma del proyecto.

Las Partes firmantes convienen que la aprobación del proyecto de interés general de Aragón, así como el desarrollo de los trabajos precisos para la ejecución del Proyecto tendrá lugar del siguiente modo. El presente cronograma deberá entenderse sin perjuicio de los actos específicos que se dicten en aplicación del presente Acuerdo.

1. Fase 1: Tramitación y aprobación del PIGA (noviembre 2019-agosto 2020). Esta fase concluirá con la aprobación definitiva y completa del PIGA.

2. Fase 2: Tramitación y Aprobación de los instrumentos de ordenación a los que se refiere la cláusula segunda, letra f), del presente convenio, que deberán haberse aprobado definitivamente en el plazo de 12 meses a contar desde la fecha de aprobación definitiva del PIGA previsto en la fase 1.

SEXTA.- Comisión de Seguimiento.

1. Para el seguimiento y ejecución de este convenio Marco se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por un máximo de dos representantes institucionales del Gobierno de Aragón y otros dos de "Amazon Data Services Spain, S.L".

2. La Comisión de Seguimiento podrá adoptar acuerdos en relación con los siguientes asuntos, entre otros: a) La realización de las gestiones y trámites oportunos para la suscripción de los acuerdos específicos de actuación, previstos o no en el presente convenio Marco, que lo desarrollen.

b) El seguimiento de todos los procedimientos precisos, cualquiera que sea su naturaleza, que resulten necesarios para la ejecución del Proyecto.

c) El seguimiento de cuantos asuntos sea preciso resolver para la completa ejecución del Proyecto, incluyendo aquellos no incluidos en el PIGA.

d) El conocimiento y Resolución amistosa de las discrepancias o conflictos que pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio Marco cuando así lo acuerden específicamente las Partes firmantes.

e) La redacción y proposición a las Partes de un cronograma para la ejecución de la Fase 2 del Cronograma del Proyecto, establecido en la Cláusula Quinta.

f) Cualesquiera otros que las Partes firmantes decidan atribuirle, de común acuerdo.

3. La Comisión de Seguimiento funcionará del siguiente modo:

a) La Comisión se reunirá regularmente y adoptará los acuerdos necesarios para la adecuada implementación y ejecución del presente Acuerdo Marco, así como para hacer el seguimiento de la tramitación y posterior ejecución del PIGA.

b) La Comisión adoptará sus decisiones por mutuo acuerdo entre las partes. En caso de que la Comisión no llegase a obtener un acuerdo en relación con algún asunto, lo pondrá en conocimiento del Gobierno de Aragón y de "Amazon Data Services Spain, S.L.", que decidirán lo que proceda.

c) A la Comisión de Seguimiento podrá ser invitado, cuando resulte preciso en función de los asuntos a tratar, un representante del municipio o municipios afectados o de cualquier entidad pública o privada que haya de prestar o gestionar servicios para la completa funcionalidad del Proyecto.

SÉPTIMA.- Plazo de vigencia.

Este convenio Marco producirá plenos efectos una vez firmado por las dos Partes y tendrá un plazo de vigencia de cuatro años desde ese momento, prorrogable por otros cuatro, siempre con arreglo a lo que establezca el PIGA y sin perjuicio de los plazos específicos para el desarrollo de los acuerdos alcanzados que pudieren fijarse en seno de la Comisión de Seguimiento y, en particular, del plazo de vigencia de los Convenios que pudieran suscribirse entre todas o alguna de las partes para su completa ejecución.

En todo caso, este convenio Marco se extinguirá por el cumplimiento de los objetivos comunes pretendidos por las Partes o por la denuncia expresa de cualquiera de ellas por incumplimiento de la otra parte, sin perjuicio de la reclamación de las indemnizaciones que procedan como consecuencia del incumplimiento.

OCTAVA.- Naturaleza, Resolución de conflictos y jurisdicción.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, careciendo de naturaleza contractual, en el sentido establecido en el artículo 6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Las Partes podrán acordar la Resolución de las discrepancias o conflictos que pudieran surgir en la interpretación o ejecución de este convenio Marco o de los que suscriban para su completa ejecución a través de las siguientes fórmulas:

1. De forma amistosa, en el marco de la Comisión de Seguimiento constituida conforme a la cláusula sexta. 2. Mediante arbitraje en Derecho, conforme a su legislación reguladora.

3. En defecto de acuerdo por parte de la Comisión de Seguimiento, y en el caso de que las partes no hubiesen acordado tampoco someter la disputa a arbitraje, las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y ejecución de este convenio Marco serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

NOVENA.- Código de conducta.

Sin perjuicio del cumplimiento por parte del Gobierno de Aragón de la Ley 5/2017, de 1 de junio, de Integridad y Ética Pública de Aragón, el Gobierno de Aragón asume y reconoce que el Código de Conducta y Ética Empresarial de Amazon (http://phx.corporate-ir.net/phoenix.zhtml?c=97664&p=irol-govConduct) prohíbe la aceptación o el pago de sobornos a cualquier persona por cualquier razón, ya sea en tratos con gobiernos o con el sector privado.

El Gobierno de Aragón no viola ni permite, con su conocimiento, que nadie viole la prohibición del Código de Conducta y Ética Empresarial sobre el soborno ni las leyes sobre anticorrupción aplicables. En ejecución del presente convenio, el Gobierno de Aragón notificará inmediatamente por escrito a "Amazon Data Services Spain, S.L." sobre todos los hechos pertinentes relacionados con cualquier solicitud, demanda u oferta indebida de soborno, de un obsequio indebido o de cualquier otra cosa de valor, realizada por cualquiera de las partes en relación con cualquier actividad realizada en virtud del presente convenio Marco.

"Amazon Data Services Spain, S.L." podrá dar por terminado el presente Acuerdo Marco o suspender su ejecución en virtud del mismo sin penalización alguna si el Gobierno de Aragón incumple las obligaciones que le incumben en virtud del presente apartado. El Gobierno de Aragón deberá asistir y cooperar en cualquier investigación de incumplimiento actual o presunto de la presente cláusula.

Y, en prueba de conformidad, las Partes suscriben dos ejemplares del presente convenio Marco, en 12 hojas de papel común en el lugar y la fecha señalados al comienzo.

Por el Gobierno de Aragón, Javier Lambán Montañés, Presidente del Gobierno de Aragón

Por "Amazon Data Services Spain, S.L", Mattia Gamberoni, Director