RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2019, del Director General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía, por la que se aprueba el Plan de inspección industrial en materia de seguridad industrial en la Comunidad Autónoma de Aragón para el periodo septiembre de 2019 - agosto de 2021.

Publicado el 16/07/2019 (Nº 137)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO
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Texto completo:

El Texto refundido de la Ley de regulación y fomento de la actividad industrial de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 3/2013, de 3 de diciembre, establece que el departamento competente en materia de industria elaborará planes de inspección industrial como instrumentos dirigidos a orientar la realización de las inspecciones ordinarias y supervisar, inspeccionar y controlar la actividad industrial y la de los sujetos que sean titulares o actúen sobre la misma. Estos planes se estructurarán en programas específicos de inspección definidos por su alcance y contenido. La Administración deberá, como máximo cada dos años, aprobar un nuevo plan de inspección industrial o prorrogar el existente tras un procedimiento de revisión y actualización de su contenido.

Habiendo propuesto cada uno de los Servicios Provinciales los protocolos de inspección y el número de inspecciones a realizar en cada programa específico en su ámbito provincial en el periodo del 1 de septiembre de 2019 al 31 de agosto de 2021, y habiendo seguido el procedimiento de elaboración regulado en la Orden de 13 de marzo de 2015, del Consejero de Industria e Innovación, en virtud de las atribuciones que me confiere el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo, resuelvo:

Primero.- Aprobar el Plan de inspección industrial en materia de seguridad industrial en la Comunidad Autónoma de Aragón en el periodo del 1 de septiembre de 2019 al 31 de agosto de 2021.

Segundo.- Adjuntar como anexo a esta Resolución el número de inspecciones a realizar en ese periodo en cada programa específico en el ámbito de cada uno de los Servicios Provinciales.

Tercero.- Los programas específicos previstos podrán ser modificados por las distintas necesidades que puedan surgir durante el desarrollo y ejecución de los mismos.

Cuarto.- Ordenar su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo.

Zaragoza, 2 de julio de 2019.

El Director General de Industria, Pymes, Comercio y Artesanía, JESÚS SÁNCHEZ FARRACES