RESOLUCIÓN de 20 de agosto de 2018, del Presidente del Consorcio Campus Iberus, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión del puesto de trabajo de Técnico Superior con destino en Bruselas, vacante en este Consorcio, mediante la contratación laboral indefinida, de un titulado universitario.

Publicado el 24/08/2018 (Nº 164)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: CONSORCIO CAMPUS IBERUS
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Texto completo:

Tras la resolución del concurso específico para la provisión del puesto de Técnico Superior con destino en Bruselas por funcionarios de carrera, según la Relación de Puestos de Trabajo del Consorcio, que fue convocado de conformidad con el artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por resolución del presidente del Consorcio Campus Iberus de 4 de junio de 2018 ("Boletín Oficial de Aragón", número 115, de 15 de junio 2018), y declarado desierto por resolución del Presidente del Consorcio de 18 de julio de 2018 ("Boletín Oficial de Aragón", número 146, de 30 de julio de 2018), el Presidente del Consorcio Campus Iberus en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 15. XII de los Estatutos del Consorcio aprobados por Resolución de 1 de diciembre de 2014, del Consejo Rector del Consorcio Campus Iberus ("Boletín Oficial de Aragón", número 44, de 5 de marzo de 2015), tras haber recibido la oportuna autorización de la Universidad de Zaragoza para efectuar una contratación directa, de acuerdo con los preceptos del citado artículo 121 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve convocar un concurso de valoración de méritos para la contratación laboral indefinida de un titulado universitario para la provisión de dicho puesto.

La presente convocatoria se regirá por las bases que figuran a continuación y, en lo que resulte aplicable, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública con las modificaciones que la misma ha tenido hasta la fecha; la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Bases

Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español, nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Unión Europea. Los nacionales de otros Estados distintos a los de la Unión Europea y aquellos de esta para cuyos Estados no sea de aplicación la libre circulación de trabajadores deberán estar en posesión del permiso de residencia.

También podrán ser admitidos, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho y sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no haber cumplido la edad de jubilación.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Los aspirantes a que se refiere la letra a) de este apartado cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

e) Títulos académicos: los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado universitario, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Diplomado o equivalente.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España, debiendo acompañarse a la solicitud fotocopia compulsada de esta.

Todos los requisitos enumerados en la presente base deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento del nombramiento.

Los aspirantes son responsables de la veracidad de todos los datos que hagan constar en la solicitud y en la documentación aportada, pudiendo exigírseles la responsabilidad correspondiente de falsedad en los mismos y sin perjuicio, en su caso, de su exclusión del proceso selectivo.

Las características y funciones de la plaza convocada se pueden consultar en el anexo I de esta resolución.

Solicitudes

1. Quienes deseen participar en esta convocatoria deberán hacerlo constar en la solicitud que se publica como anexo III y en la siguiente dirección de internet:

so-selectivo-para-la-contratacion-tecnico-superior-con-destino-en-bruselas/

Las solicitudes se dirigirán al Presidente del Consorcio Campus Iberus y se presentarán en los registros de la Universidad de Zaragoza, de la Universidad Pública de Navarra, de la Universidad de Lleida o de la Universidad de la Rioja, o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las universidades remitirán las solicitudes que reciban relativas a esta convocatoria a la siguiente dirección: Consorcio Campus Iberus, Pza. Basilio Paraíso, 4, Paraninfo, 2.ª planta, 50005 Zaragoza.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada y enviada a la siguiente dirección: Consorcio Campus Iberus, Pza. Basilio Paraíso, 4, Paraninfo, 2.ª planta, 50005 Zaragoza o al registro de una de las Universidades del Consorcio Campus Iberus.

Conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal (Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril), los datos personales facilitados por los aspirantes pasarán a ser tratados por el Consorcio Campus Iberus como responsable del tratamiento, siendo órgano competente en la materia su Presidente (Edificio Paraninfo, 2.ª planta, Plaza de Basilio Paraíso, número 4, 50005 Zaragoza) ante quien se pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, limitación, oposición o portabilidad señalando concretamente la causa de la solicitud y acompañando copia del documento acreditativo de identidad. os datos personales de los aspirantes serán tratados conforme a lo establecido en las presentes bases con la finalidad de gestionar este proceso de selección incluyendo, si el aspirante ha prestado su consentimiento explícito, la gestión de la correspondiente lista de espera.

El acceso a la plaza ofertada conllevará el que los datos personales aquí facilitados pasarán a ser tratados para las finalidades de gestión en materia de personal que serán debidamente indicadas en dicho momento. El Consorcio se encuentra legitimado para su tratamiento al ser necesarios para la ejecución de la relación jurídica que se establece entre el interesado y el Consorcio al participar en esta convocatoria y para que este pueda cumplir con sus obligaciones conforme a la legislación expresada en las presentes bases.

Los datos de carácter personal se tratarán y conservarán por el Consorcio por el tiempo que sea necesario conforme a la legislación expresada incluyendo, en su caso, la resolución de reclamaciones y recursos.

Se prevé la comunicación de datos mediante la publicación de listas y resultados conforme a lo establecido en las bases de esta convocatoria.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

3. A la solicitud se deberá acompañar:

Fotocopia del DNI, documento equivalente que acredite la nacionalidad o tarjeta de residente en vigor.

Fotocopia del título académico, o resguardo acreditativo de estar en posesión de este.

Curriculum vitae, en el que consten, debidamente justificados, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados, estudios y cursos realizados, así como otros méritos y circunstancias que se desee poner de manifiesto.

Memoria del puesto. La memoria consistirá en un estudio elaborado por el aspirante relacionado con el contenido funcional del puesto o tipo de puesto, sus características, condiciones, medios necesarios, plan de organización y trabajo, proyecto de mejora organizativa o funcional y todas aquellas cuestiones que el concursante considere de interés o importancia, incluida su adecuación a los requisitos establecidos para su desempeño. La memoria tendrá una extensión máxima de 20 páginas en letra Arial 10 y márgenes superior, inferior, izquierdo y derecho de 2 cm.

Todo lo que se haga constar en la solicitud deberá acompañarse de las correspondientes fotocopias o certificaciones, tales como el certificado de la vida laboral, para poder ser valorados correctamente. La no presentación de la fotocopia del DNI o de la titulación dará lugar a la exclusión del proceso selectivo.

Los méritos a valorar serán los realizados y debidamente acreditados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad.

4. Se podrá no formalizar la contratación objeto de la convocatoria si ninguno de los aspirantes resultase idóneo para su desempeño.

Comisión de Valoración

Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta por los siguientes miembros:

Miembros titulares

Presidente: D. Julio Lafuente López.

Vocales:

D. Luis Miguel García Vinuesa.

Dña. Belén Villacampa.

D. Ramón Gonzalo García.

D. Oscar López Lorente.

Secretaria: Dña. Gloria Andrés Suñer, que actuará con voz, pero sin voto.

Miembros suplentes

Presidente: Dña. Ángela Alcalá Arellano.

Vocales:

D. Albert Sorribas Tello.

D. Hugo López López.

Dña. Belén Ayestarán Iturbe.

Dña. M.ª Pilar Agustín Llach.

Secretario: D. Antonio Ureta Aizcorbe, que actuará con voz, pero sin voto.

Admisión de aspirantes

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el presidente del Consorcio dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos con sus causas. Esta resolución se publicará en la página web del Consorcio Campus Iberus www.campusiberus.es. Asimismo, las universidades integrantes del Consorcio la publicarán en sus respectivos tablones de anuncios o páginas web.

2. Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación en la página web del Consorcio Campus Iberus de la citada resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas. Asimismo, se podrá solicitar la subsanación de errores materiales en el citado plazo.

3. Transcurrido el plazo de subsanación se dictará resolución que declare aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, la cual se publicará en la página web del Consorcio y en los tablones de anuncios o páginas web de las universidades que lo integran.

Proceso selectivo

1. La Comisión de Valoración valorara los méritos y la memoria presentados por los aspirantes de acuerdo con el anexo II de la presente convocatoria.

2. La Comisión de Valoración, una vez valorados los méritos y la memoria¸ podrá convocar a los aspirantes que se determine para la realización de una entrevista que versará sobre la formación necesaria y funciones a desarrollar en la plaza objeto de esta convocatoria, pudiendo establecer una nota mínima en la valoración de los méritos y la memoria para ser citados a la realización de la posible entrevista

La Comisión de Valoración establecerá una lista de espera para el puesto objeto de esta convocatoria pudiendo establecer una puntuación mínima para formar parte de la lista de espera que se genere.

Los candidatos incluidos en la lista de espera serán llamados por orden de prelación para suplir la posible eventualidad de una renuncia del candidato propuesto o baja definitiva por cualquier otra causa.

La validez de la lista de espera será de 12 meses a partir del día siguiente al de su publicación en la página web del Consorcio Campus Iberus.

Selección de candidatos para la formalización de contratos.

Una vez finalizado el proceso selectivo, se hará pública la resolución por la que se adjudica el puesto, así como la lista de espera por orden de prelación, en la página web del Consorcio Campus Iberus. Asimismo, las universidades integrantes del Consorcio la publicarán en sus respectivos tablones de anuncios o páginas web.

Al candidato seleccionado se le comunicará en tiempo y forma su incorporación al puesto.

Recursos.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en la página web del Consorcio Campus Iberus (www.campusiberus.es), ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Zaragoza, según lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa ("Boletín Oficial del Estado", número 167, de 14 de julio de 1998).

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante este órgano, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 20 de agosto de 2018.- El Presidente del Consorcio (Acuerdo del Comité Ejecutivo de 25 de mayo de 2018)

Alfonso Carlosena

I

Puesto de trabajo:

Denominación: Técnico Superior Bruselas.

Régimen Jurídico: Contratado laboral indefinido

Grupo: LA o LB de los grupos de clasificación de personal laboral establecidos por la Universidad de Zaragoza, según la titulación del candidato seleccionado. LA: título de Grado universitario, Licenciado, Arquitecto, Ingeniero o equivalente. LB: título de Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Diplomado o equivalente.

Retribuciones: Las retribuciones básicas serán las que correspondan al grupo LA o LB según la titulación del candidato. Las retribuciones complementarias se corresponden con el complemento de puesto de nivel 22.00. Pueden ser consultadas en la siguiente dirección de internet:

w.unizar.es/gobierno/gerente/vg_humanos/pas/retribuciones/2017/laboral.html

Complemento de desplazamiento a Bruselas: 1.515 €/mensuales

Tipo de jornada: Continuada/ED.

Formación específica:

- Dominio del idioma inglés: Nivel C1/C2

Méritos preferentes: dominio de otros idiomas extranjeros de la UE

Funciones:

Seguimiento de políticas europeas de Educación Superior, Investigación e Innovación, Desarrollo Regional y Cooperación al Desarrollo, entre otras.

Análisis e interpretación de las políticas europeas con impacto sobre la actividad de las instituciones de Educación Superior.

Elaboración de documentos de posición en el marco de las diferentes políticas y actuaciones europeas que sean de interés para las universidades.

Articulación de actuaciones para promover el posicionamiento de profesores e investigadores pertenecientes a las universidades de Campus Iberus en iniciativas europeas en los ámbitos de la Educación Superior, la Investigación y la Innovación.

Identificación de oportunidades para la participación del personal de las universidades de Campus Iberus en proyectos financiados por los diferentes programas de financiación europeos (Horizonte2020 Horizonte Europa, Erasmus+, Life+, entre otros).

Asesoría en la elaboración de propuestas de proyecto con participación de personal de las universidades de Campus Iberus financiadas con fondos europeos o internacionales.

Apoyo en la búsqueda de socios europeos e internacionales para la formación de consorcios en los ámbitos de Educación Superior, Investigación e Innovación, así como en otros ámbitos de interés para las universidades de Campus Iberus.

Definir y promover líneas de trabajo que permitan articular actuaciones de cooperación entre fondos europeos y fondos de terceros países, principalmente en Latinoamérica y Asia.

Difundir entre las comunidades universitarias de las universidades de Campus Iberus iniciativas y oportunidades para el desarrollo de actuaciones a nivel europeo e internacional.

Representación de Campus Iberus y, por extensión, de sus universidades en foros europeos en aquellos ámbitos de interés para las mismas.

II

I. Méritos a valorar (máximo 100 puntos).

Titulación académica (máximo 10 puntos).

Se valorarán los títulos académicos que se acrediten con arreglo a la siguiente escala:

Máster oficial: 10 puntos.

Graduado, licenciado universitario o equivalente: 8 puntos.

Diplomado universitario o equivalente: 6 puntos.

No se valorarán como mérito los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen. A efectos de equivalencia de titulaciones, solo se admitirán las reconocidas con carácter general y válidas a todos los efectos por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, atendiéndose al marco del Espacio Europeo de Educación Superior.

Se considerará equivalente al título de Diplomado universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura.

Conocimiento de idiomas (máximo 20 puntos).

Es exigible para el puesto el conocimiento del idioma inglés según figura en la relación de puestos de trabajo del Consorcio Campus Iberus. El conocimiento del idioma inglés se valorará de acuerdo al siguiente baremo:

C1 10 puntos.

C2 15 puntos.

Se valorará el conocimiento de otros idiomas extranjeros de la UE distinto del inglés y del español según figura en la relación de puestos de trabajo del Consorcio Campus Iberus. El conocimiento de otros idiomas al que se refiere este apartado se valorará de acuerdo al siguiente baremo

B1 2 puntos.

B2 3 puntos.

C1 4 puntos.

C2 5 puntos.

Experiencia profesional (máximo 60 puntos).

Gestión universitaria (hasta 10 puntos).

Gestión de programas de I+D+I nacionales e internacionales (hasta 25 puntos).

Gestión de programas de movilidad nacionales e internacionales (hasta 25 puntos).

Cursos de formación y perfeccionamiento (máximo 10 puntos).

Únicamente se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo que se solicita, en función de la duración de los mismos, puntuándose según los siguientes tramos:

Hasta 10 horas 0,05 puntos.

De 11 a 30 horas 0,25 puntos.

De 31 a 50 horas 0,40 puntos.

De 51 a 75 horas 0,60 puntos.

De 76 a 100 horas 0,75 puntos.

De 101 horas en adelante 1 punto.

Los aspirantes deberán acreditar el centro u organismo que expide el diploma o certificado, número de horas del curso, asistencia o aprovechamiento y contenido. Aquellos cursos de los que no haya constancia de su duración serán valorados con una puntuación de 0,05 puntos.

II. Memoria (máximo 20 puntos).

III. Entrevista (potestativa a juicio de la Comisión). La entrevista es un sistema de comprobación y valoración de los méritos y capacidades establecidos en la convocatoria y alegados por los aspirantes, que ha de permitir determinar la adecuación de la persona al puesto de trabajo.