RESOLUCIÓN de 11 de mayo de 2018, del Director General de Innovación, Equidad y Participación, por la que se convoca el acceso a ciclos de Formación Profesional Básica para personas adultas en Centros Públicos de Educación de Personas Adultas de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2018-2019.

Publicado el 11/06/2018 (Nº 111)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
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Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación.

El Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, recoge en su artículo 18.1 que las Administraciones educativas, además de la oferta obligatoria, podrán ofertar ciclos de Formación Profesional Básica para personas que superen los 17 años y que no estén en posesión de un título de Formación Profesional o de cualquier otro título que acredite la finalización de estudios secundarios completos, para favorecer su empleabilidad.

Asimismo, el Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica y el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, por el que se establecen seis Títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de Títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, complementan la formación de Formación Profesional Básica y desarrollan el catálogo de títulos de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo ampliando los títulos de formación profesional básica establecidos en el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero.

Por su parte, el artículo 21 de la Orden de 27 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establecen las condiciones de implantación de los ciclos formativos de Formación Profesional Básica en la Comunidad Autónoma de Aragón, establece la posibilidad de que la Dirección General competente en materia de Educación Permanente organice ciclos formativos de Formación Profesional Básica para personas mayores de 17 años, con la finalidad de facilitar el aprendizaje a lo largo de la vida y conciliar la vida familiar y laboral.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por la que se aprueba la estructura del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece en su artículo 1 que corresponde a este Departamento la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón, así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza. Igualmente, de conformidad con el artículo 8.1 ejerce, a través de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, funciones relativas a la educación permanente de personas adultas.

Por Orden ECD/711/2018, de 2 de mayo, se convocó el procedimiento de admisión de alumnos en centros docentes públicos y privados concertados en las enseñanzas de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso escolar 2018/2019.

Es por ello que procede ahora aprobar la convocatoria del acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica impartidos en Centros Públicos de Educación de Personas Adultas de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso escolar 2018-2019.

Visto lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en la Orden de 27 de junio de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Objeto y ámbito.

La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de acceso a ciclos de Formación Profesional Básica para personas adultas en Centros Públicos de Educación de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de Aragón autorizados para impartir las enseñanzas correspondientes a estos ciclos para el curso escolar 2018-2019.

Segundo.- Determinación de vacantes y Centros.

Se ofertan 15 plazas de Formación Profesional Básica de Carpintería y Mueble en el Centro Público de Educación de Personas Adultas "Casa Canal" de Zaragoza y 15 plazas de Formación Profesional Básica en Actividades de Panadería y Pastelería en el Centro Público de Educación de Personas Adultas "Concepción Arenal" de Zaragoza, en el curso 2018-2019.

Tercero.- Destinatarios.

1. Podrán acceder a estas enseñanzas las personas adultas que cumplan simultáneamente los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos 17 años o cumplirlos antes del 31 de diciembre de 2018.

b) No estar en posesión de un título de Formación profesional, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de cualquier otro título que acredite la finalización de estudios secundarios completos.

2. Se reservará una plaza por grupo de Formación Profesional Básica para alumnos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Esta reserva se extinguirá una vez finalizado el período oficial de matriculación. Asimismo, de acuerdo con los artículos 2 y 9.3 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento y el artículo 15 del Decreto 396/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, sobre deporte aragonés de alto rendimiento, se reservará una plaza de las ofertadas para los solicitantes que acrediten la condición de deportista de alto nivel. Esta reserva se extinguirá una vez finalizado el plazo oficial de matriculación.

Cuarto.- Procedimiento de admisión.

1. Los interesados presentarán la solicitud de admisión, ajustada al modelo que se incorpora en anexo I, en el Centro Público de Educación de Personas Adultas "Casa Canal" de Zaragoza o en el Centro Público de Educación de Personas Adultas "Concepción Arenal" de Zaragoza, según corresponda, y dentro del período ordinario de presentación de solicitudes, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Públicas.

A la solicitud de acceso los aspirantes deberán añadir la siguiente documentación:

a) Documento acreditativo de que el aspirante reúne el requisito de edad.

b) Declaración responsable de no estar en posesión de un título de formación profesional, del Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de cualquier otro título que acredite la finalización de estudios secundarios completos, de conformidad con el modelo que figura en el anexo II.

2. El periodo de presentación de la ficha de solicitud de admisión será del 20 al 27 de junio de 2018, ambos inclusive.

3. Cuando exista un número superior de solicitudes al de plazas ofertadas, las solicitudes que reúnan los requisitos se ordenarán de menor a mayor edad.

4. Concluida la asignación de vacantes se hará pública en el tablón de anuncios del Centro docente correspondiente, el día 29 de junio de 2018, la relación de admitidos, no admitidos y excluidos. Contra los listados provisionales se podrán presentar en el centro docente alegaciones en el plazo de dos hábiles siguientes a su publicación.

5. Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, se publicará en el tablón de anuncios del centro docente, con fecha límite 6 de julio de 2018, la relación definitiva de alumnos admitidos, no admitidos y excluidos.

6. Si todavía quedasen solicitudes sin admitir, el equipo directivo remitirá las solicitudes del alumnado no admitido al Servicio Provincial del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, que ofertará plaza a los solicitantes en otro centro educativo, si hubiese vacantes.

Quinto.- Matriculación.

1. Los solicitantes admitidos en Formación Profesional Básica de Carpintería y Mueble y en Actividades de Panadería y Pastelería deberán matricularse del 3 al 7 de septiembre de 2018 en el Centro Público de Educación de Personas Adultas "Casa de Canal" de Zaragoza o en el Centro Público de Educación de Personas Adultas "Concepción Arenal" de Zaragoza, según corresponda.

2. Si procede, los centros educativos publicarán el día 11 de septiembre de 2018, en su tablón de anuncios, las vacantes disponibles y el lugar y la hora de la celebración del acto público de su adjudicación.

3. El acto público para la adjudicación de las vacantes residuales se realizará, en su caso, el 13 de septiembre de 2018.

4. La matrícula fuera de plazo se realizará a patir del 17 de septiembre de 2018.

Sexto.- Efectos.

La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Séptimo.- Recursos.

De conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación.

Zaragoza, 11 de mayo de 2018.

El Director General de Innovación,

Equidad y Participación,

ANTONIO MARTÍNEZ RAMOS