ORDEN EIE/922/2018, de 28 de mayo, por la que se invita a empresas del sector de la automoción para que manifiesten su interés de acceder a una línea de ayudas para realizar en Aragón proyectos empresariales con desarrollo experimental y/o investigación industrial relativos al vehículo eléctrico.

Publicado el 07/06/2018 (Nº 109)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO
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La movilidad sostenible es una prioridad para la Unión Europea. Entre los objetivos y planes aprobados por la Comisión Europea se incluye la reducción del 60% del CO2 en las ciudades para 2050, los planes de logística verde para 2030, las inversiones in I+D y los estudios representativos y la atracción de inversores privados interesados en la nueva movilidad.

Para alcanzar los citados objetivos, el vehículo eléctrico se posiciona como la opción más interesante para sustituir los vehículos con motor de combustión interna. No producen emisiones contaminantes en el punto de utilización, lo que es especialmente importante en las zonas urbanas.

La movilidad eléctrica ya no es un reto, sino un fenómeno presente e imparable: la tecnología ya está preparada; los grandes fabricantes ya han empezado a destinar inversiones millonarias para posicionarse respecto a los sistemas eléctricos, a lo que se une una intensificación de la regulación en pro de los sistemas de transporte menos contaminantes. Ello implica una oportunidad para la industria española, ya que en la actualidad España es el octavo fabricante mundial de vehículos y el segundo europeo. Y dentro del marco nacional, la automoción tiene una gran importancia dentro del sector industrial y la economía aragonesa: supone el 32% de las exportaciones aragonesas y las más de 200 empresas que forman parte de este sector en Aragón incorporan a 16.500 afiliados a la Seguridad Social (17% del empleo industrial en Aragón) en el año 2017.

El reto está en hacer de la Comunidad Autónoma un referente de la movilidad del futuro, tanto en fabricantes de vehículos como en sistemas de recarga, y continuar con el impulso al vehículo eléctrico cuyo inicio ha venido marcado por la adjudicación del Corsa eléctrico a la planta de Opel de Figueruelas (Zaragoza). El objetivo es convertir a Aragón en uno de los centros neurálgicos del vehículo eléctrico en España a corto plazo, haciéndolo atractivo para que otras empresas se instalen, aprovechando su posición estratégica y su carácter pionero en energías renovables.

La importancia de la movilidad para la economía y el empleo resultan, por lo tanto, evidentes, pero exigen la implicación de las autoridades locales y europeas para llevar a cabo el gran cambio en el sector. No obstante, desde el sector de la automoción se ha detectado un cierto desfase entre las administraciones públicas y los planes de producción de los fabricantes, al no contar con el respaldo que la industria necesita, lo que puede dañar el futuro del coche eléctrico.

A este respecto, la Comisión Europea ha puesto en marcha el llamado "Paquete de movilidad" con un conjunto de medidas para incentivar la fabricación de vehículos eléctricos y, en definitiva, la transición hacia un modelo de transporte completamente descarbonizado.

Nuestro país necesita cientos de miles de vehículos eléctricos para cumplir con los requisitos de reducción de emisiones exigidos por la UE para el 2050, y aún vamos a la zaga en lo que a implantación se refiere. Por ello, el Gobierno trata de fomentar este tipo de transporte limpio con las medidas derivadas de la "Estrategia de Impulso del Vehículo con Energías Alternativas en España (2014-2020)", basada en tres ejes: industrialización, mercado, e infraestructuras. Se impulsa la industrialización de vehículos con energías alternativas y de los puntos de suministro asociados, con el objetivo de situar a España a la vanguardia del impulso de estas tecnologías; se fomenta la demanda para conseguir un mercado suficiente, fundamentalmente a través de medidas de estímulo de la adquisición de vehículos; y se recogen medidas para favorecer una red de Infraestructura que permita cubrir las necesidades de movilidad de los usuarios y así permitir el desarrollo de un mercado de combustibles alternativos.

Fruto de la Estrategia, el Gobierno ha puesto en marcha el Plan Movalt para la compra de vehículos de propulsión alternativa (que contaba con 20 millones de euros y que se agotó en apenas 24 horas) y el Plan Movalt infraestructuras, que incluye ayudas a la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos. Queda pendiente, por tanto, la adopción de medidas para desarrollar proyectos empresariales vinculados a la ingeniería y al desarrollo del vehículo sostenible.

Desde el Gobierno de Aragón, se apuesta por el desarrollo del vehículo eléctrico, ya sea diseño y desarrollo de vehículos, como a su industrialización y procesos de fabricación avanzada, no sólo como un instrumento para la lucha contra el cambio climático, sino también como una oportunidad tecnológica e industrial, particularmente importante para la economía aragonesa. Y se es consciente de que se precisa un apoyo importante a la industria del sector de la automoción para que la movilidad mediante vehículo eléctrico sea una realidad.

En este sentido, el Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 71.32 que corresponde a la Comunidad Autónoma, como competencia exclusiva, el fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, y en su apartado 48, la competencia en industria, salvo las competencias del Estado por razones de seguridad, sanitarias o de interés de la Defensa. Estas competencias, de conformidad con el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo, corresponden a dicho Departamento.

En aplicación de las competencias citadas, se aprobó la "Estrategia de Promoción Económica e Industrial de Aragón", que parte de que el nuevo modelo económico debe ser más sostenible, tanto en la producción como en el consumo. Es decir, fija como objetivo prioritario la consecución de la sostenibilidad energética, como medida no sólo económica, para no seguir agravando el cambio climático, sino también como factor fundamental de desarrollo industrial y mejora de la competitividad de las empresas. La Estrategia, además, parte del subsector del automóvil como una industria importante en el conjunto de la economía aragonesa.

Dada, por tanto, la importancia en nuestra economía del sector del automóvil y el reto presente del vehículo eléctrico, se considera imprescindible que, como Administración autonómica, pongamos en marcha nuestras propias iniciativas de estímulo, en línea con las medidas ya adoptadas desde la Unión Europea y el Estado.

Y para ello, se considera que la forma más acertada y eficiente de encauzar los recursos públicos para el impulso del vehículo eléctrico sea recabar de los operadores económicos que así lo deseen información relativa a las características técnicas y necesidades económicas de los potenciales proyectos para centrar la futura convocatoria de ayudas. Ello va a permitir a la Administración, además de incrementar la participación y la transparencia del proceso, conocer si existen empresas interesadas en realizar proyectos en este ámbito de actuación y, en su caso, participar en la futura convocatoria de ayudas; y, por parte de las empresas, puede fomentar la participación de propuestas innovadoras y permitir una mejor planificación de los proyectos e inversiones.

En este sentido, el artículo 4 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, establece que "la gestión de las subvenciones a que se refiere esta ley se hará de acuerdo con los siguientes principios: a) Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, b) Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante, c) Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos".

Desde el Gobierno de Aragón se considera que actualmente el impulso debe ir dirigido a proyectos de envergadura, concretamente de importe superior a 3 millones de euros. La invitación se dirige a las empresas interesadas en realizar sus proyectos y explotar los resultados de los mismos en Aragón.

En virtud de lo expuesto, en aplicación de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y de conformidad con las competencias que me atribuye el Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo, resuelvo:

Futura convocatoria de ayudas.

El Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón prevé establecer las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a fomentar la realización en Aragón de proyectos empresariales que contengan desarrollo experimental y/o investigación industrial, o estudios de viabilidad previos a los proyectos citados, relativos al vehículo eléctrico.

Las manifestaciones de interés que puedan aportar las empresas no vinculan a la Administración, quien libremente fijará las características y requisitos de las futuras bases reguladoras y convocatorias de ayudas.

Invitación a la presentación de manifestaciones de interés.

El Departamento de Economía, Industria y Empleo invita a las empresas del sector de la automoción para que manifiesten su interés de acceder a una línea de ayudas para realizar en Aragón proyectos empresariales que incluyan desarrollo experimental y/o investigación industrial, o estudios de viabilidad previos a los proyectos citados, relativos al vehículo eléctrico.

Las empresas deben estar radicadas y desarrollar o ir a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón. Se entiende por radicada en Aragón la empresa que tenga un centro de trabajo abierto y en funcionamiento, o solicite ayuda para un nuevo establecimiento, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Características de los proyectos.

Los proyectos empresariales que se presenten, bien por parte de una empresa individual o por varias empresas en cooperación, deben incluir una parte de desarrollo experimental y/o investigación industrial, o estudios de viabilidad previos a los proyectos citados, relativos al vehículo eléctrico.

Se entenderá por investigación industrial, desarrollo experimental y estudio de viabilidad las definiciones incluidas en el artículo 2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

La dimensión mínima de los proyectos debe ser superior a los 3 millones de euros, siendo gasto elegible, a efectos de la futura convocatoria, el destinado a desarrollo experimental y/o investigación industrial. En el caso de los estudios de viabilidad, podrán optar aquellos que den lugar a proyectos superiores a 3 millones de euros.

Los proyectos deberán ser ambiciosos y proponer innovaciones disruptivas, por lo que se podrá establecer la colaboración efectiva con organismos de investigación a través de la cual se definan proyectos con objetivos innovadores más amplios y con mayor riesgo tecnológico.

Condiciones del procedimiento de participación.

La participación en este procedimiento, los posibles contactos mantenidos con los participantes o los intercambios de información producidos en el seno de este procedimiento no podrán dar lugar a infracciones de los principios de transparencia, igualdad de trato y no discriminación, ni tener como efecto restringir o limitar la competencia, ni otorgar ventajas o derechos exclusivos.

La participación en este procedimiento no otorgará derecho ni preferencia alguna respecto de las convocatorias de subvenciones que puedan realizarse con posterioridad en el ámbito del objeto de esta resolución.

La participación en esta convocatoria no conlleva por parte de la Administración ninguna obligación de financiación o aceptación de las propuestas presentadas.

Los costes derivados de esta participación correrán a cargo de los interesados.

Requisitos de presentación de las manifestaciones de interés.

Las manifestaciones de interés se ajustarán a las condiciones y los contenidos recogidos en el anexo de esta orden.

El plazo de presentación será de tres meses desde la fecha de publicación de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Las manifestaciones de interés se dirigirán al Departamento de Economía, Industria y Empleo y podrán presentarse en las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, cuya última relación se hizo pública por Orden HAP/1346/2016, de 26 de septiembre. Asimismo, también se podrán presentar en cualquiera de los lugares y en la forma señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Intensidad de las futuras ayudas.

A efectos de la realización de las manifestaciones de interés, se debe tener en cuenta que la intensidad, en su caso, de la eventual ayuda para cada beneficiario, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento UE 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, no excederá del 25% de los costes subvencionables en el caso de proyectos de desarrollo experimental y del 50% de los costes subvencionables en el caso de proyectos de investigación industrial y de estudios de viabilidad. Esta intensidad podría incrementarse en las cuantías y supuestos que establece el mencionado artículo 25.

El citado Reglamento europeo se aplicará exclusivamente a las ayudas que tengan un efecto incentivador. Se considerará que las ayudas tienen un efecto incentivador si, antes de comenzar a trabajar en el proyecto o actividad, el beneficiario ha presentado por escrito una solicitud de ayuda.

Para calcular la intensidad de la ayuda, la calificación de un proyecto como investigación industrial o desarrollo experimental, será única, de forma que, si se incluye alguna actuación de desarrollo conjuntamente con otras de investigación industrial, su calificación global, de cara a calcular la intensidad de ayuda global a considerar, será la de desarrollo experimental. De esta manera se busca limitar al máximo la ayuda pública paralela a la inversión privada y asegurar que esta corresponde con la cantidad mínima necesaria para asumir el riesgo que conlleva el desarrollo de actividades de I+D de este alcance.

Confidencialidad de los proyectos presentados.

La documentación presentada por los interesados en participar en la futura convocatoria de ayudas tendrá carácter confidencial y no se facilitará, ni se dará acceso a la misma, a ningún agente externo al Gobierno de Aragón.

Zaragoza, 28 de mayo de 2018.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL

MANIFESTACIÓN DE INTERÉS DE ACCEDER A UNA LÍNEA DE AYUDAS PARA REALIZAR EN ARAGÓN PROYECTOS EMPRESARIALES DE DESARROLLO EXPERIMENTAL Y/O INVESTIGACIÓN INDUSTRIAL, O ESTUDIOS DE VIABILIDAD, RELATIVOS AL VEHÍCULO ELÉCTRICO

I. Resumen del proyecto

Título del proyecto:

Razón social de la empresa:

Tipo de proyecto: desarrollo experimental o investigación industrial

Inversión estimada:

Plazo estimado de realización:

II. Datos de la empresa

1. Identificación de la empresa

Razón social

NIF

Dirección

2. Identificación de la persona responsable del proyecto:

Nombre

Teléfono

Correo electrónico

III. Tipo de ayuda

Tipo de ayuda que se estima necesaria (subvención a fondo perdido, préstamo, garantía, anticipo reembolsable, aportación de capital u otros) y el importe de la financiación pública necesaria para el proyecto.

IV. Memoria del proyecto: (máximo 25 folios, tipo de letra arial, tamaño 11 ptos.)

0. Título del proyecto

1. Antecedentes y justificación:

Actividad de la empresa, antecedentes y razones que justifican la realización del proyecto.

2. Objetivos:

Descripción de los objetivos concretos que persigue la realización del proyecto, así como los retos a resolver.

3. Metodología, plan de trabajo y cronograma de actividades:

Explicación de la metodología a seguir para conseguir los objetivos anteriormente enumerados, así como las actividades programadas y la planificación temporal de las actividades a realizar.

Se incluirá un plan de contingencias donde se evalúen los puntos críticos y factores de riesgo del proyecto analizando las posibles alternativas.

4. Recursos humanos asociados al proyecto:

Descripción y justificación de los recursos humanos y su implicación en el desarrollo del proyecto planteado diferenciando entre el personal perteneciente a la empresa (ya contratado) y, en su caso, nuevo a contratar. Del personal nuevo a contratar, especificar: cualificación requerida y duración del contrato.

5. Presupuesto del proyecto:

Descripción detallada de los costes previstos, atendiendo a las distintas fases o actividades del proyecto.

a) Costes de personal: según lo explicado en el punto anterior.

b) Costes de equipamiento: previsión de adquisición de bienes de equipo o bienes inventariables.

c) En su caso, costes de subcontratación a Organismo Público de Investigación.

d) Cualquier otro coste que se prevea necesario.

e) Identificación de la parte del coste del proyecto destinado a desarrollo experimental o investigación industrial.

6. Grado de novedad e interés:

Se justificará si el proyecto introduce o no mejoras tecnológicas sustanciales, así como las mejoras que introduce.

7. Plan de difusión/transferencia del conocimiento tecnológico a otras empresas y/o sectores:

Se especificará el plan de difusión entre empresas del sector y/o de diferentes sectores a los que va dirigido.

8. Explotación de resultados:

Identificación del mercado objetivo y previsión de comercialización a nivel nacional e internacional de los resultados del proyecto.

Se identificará también la estrategia de comercialización de los productos y servicios obtenidos.

9. Impacto socioeconómico:

Justificación de la repercusión del proyecto en la actividad empresarial aragonesa, capacidad de arrastre o movilización de la inversión privada.

Descripción de las inversiones previstas derivadas de los resultados del proyecto.

Impacto del proyecto en términos de mantenimiento y creación de empleo.

Implicaciones medioambientales del proyecto.