ORDEN DRS/1407/2017, de 24 de agosto, por la que se aprueba la declaración de utilidad pública del monte "El Soto" y agregación al monte de utilidad pública número 536 denominado "Riberas del río Cinca en el término municipal de Belver de Cinca", ambos propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón y localizados en el término municipal de Belver de Cinca.

Publicado el 27/09/2017 (Nº 186)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD
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Texto completo:

Visto el expediente tramitado para la incorporación al Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Aragón en Huesca, del monte El Soto y agregación al monte catalogado número 536 denominado "Riberas del río Cinca en el término municipal de Belver de Cinca", ambos propiedad de la Comunidad Autónoma de Aragón y localizados en el término municipal de Belver de Cinca, resultan de él los siguientes:

Antecedentes

Primero.- Con fecha 11 de mayo de 2016, el Ingeniero Técnico Forestal D. Javier Fraile Yécora, Técnico de la Sección de Defensa de la Propiedad del Servicio Provincial de este Departamento en Huesca, redactó memoria detallada sobre la necesidad de proceder de oficio a la declaración de utilidad pública del monte y a la subsiguiente inclusión y actualización en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Aragón dentro de los de la provincia de Huesca, en aplicación de los supuestos previstos en los apartados a, b, c, i y m, del artículo 13 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón.

Segundo.- A la vista de la propuesta formulada desde la Unidad de Gestión Forestal, el Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca acuerda el inicio del expediente de "Agrupación y declaración de utilidad pública de montes pertenecientes a la Comunidad Autónoma de Aragón. Grupo Zonas Húmedas". Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, en los artículos 25 al 30 del Reglamento de Montes aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, y en las Circulares 1/1967, de 7 de marzo, y 1/1969, de 3 de febrero, de la Dirección General de Montes, Caza y Pesca Fluvial del Ministerio de Agricultura, sobre tramitación de los expedientes de declaración de utilidad pública, así como para la subsiguiente inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de Aragón dentro de los de la provincia de Huesca, según lo dispuesto en el artículo 15.1 de la citada Ley 15/2006, en los artículos 40 y siguientes del vigente Reglamento y en las Circulares citadas.

Tercero.- Con fecha 27 de mayo de 2016, el expediente se sometió a información pública, mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", número 101. La vista del expediente es comunicada, mediante oficio de fecha 30 de mayo de 2016, al Ayuntamiento de Belver de Cinca para la exposición del edicto en su tablón de anuncios por plazo de un mes. Con fecha 30 de junio de 2016, el Secretario del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca certifica que no se presentan alegaciones al expediente. Con fecha 2 de agosto de 2016 el Secretario del Ayuntamiento de Belver de Cinca expide certificado de que el anuncio ha sido expuesto al público durante el plazo fijado y no constan alegaciones.

Cuarto.- Por Orden DRS/405/2017, de 10 de marzo, se declaró la caducidad del expediente y se ordenó la apertura de uno nuevo a partir de un nuevo periodo de vista.

Quinto.- Con fecha 9 de mayo de 2017, el expediente se sometió a información pública, mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", número 86, de 2017. La vista del expediente es comunicada, mediante oficio de fecha 11 de mayo de 2017, al Ayuntamiento de Belver de Cinca y a la Comarca del Bajo Cinca para la exposición del edicto en sus respectivos tablones de anuncios por plazo de veinte días. Con fecha 21 de junio de 2017 el Secretario del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca certifica que no se presentan alegaciones al expediente. Con fechas 13 de junio de 2017 y 22 de junio de 2017 respectivamente, la Secretaria-Interventora del Ayuntamiento de Belver de Cinca y el Secretario-Interventor de la Comarca del Bajo Cinca expiden certificado de que el anuncio ha sido expuesto al público durante el plazo fijado y no constan alegaciones.

Sexto.- Considerando lo dispuesto en el artículo 15.3 del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, en el artículo 27 del Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962 y en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se obvió el trámite de audiencia a la entidad propietaria del monte dado que se trata de la propia Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo Gobierno, a través del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, ha promovido de oficio el expediente.

Séptimo.- Con fecha 1 de julio de 2017, el Jefe de Unidad de Gestión Forestal con el visto bueno del Director del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca propone la aprobación del expediente, el cual es remitido mediante nota interna de 1 de julio de 2017 a la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca para su resolución.

Fundamentos jurídicos

Primero.- Mediante la Memoria técnica redactada por el Ingeniero de Montes facultativo, ha quedado debidamente acreditada la utilidad pública de los terrenos que se propone catalogar, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 y 15 del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón y no ha sido contradicha en modo alguno durante los trámites de información pública.

Segundo.- El expediente ha sido tramitado de acuerdo con la legislación vigente, y en concreto con lo dispuesto para las declaraciones de utilidad pública en los artículos 13 y 15 del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, y en los artículos 26 y siguientes del Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962. Por cuanto antecede, procede dictar la orden resolutoria.

Vistos la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, del Estatuto de Autonomía de Aragón; la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, modificada por la Ley 10/2006, de 28 de abril, y por la Ley 21/2015, de 20 de julio; el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón; el Reglamento de Montes aprobado por el Decreto 485/1962, de 22 de febrero; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, y demás disposiciones de general aplicación.

De conformidad con la propuesta de la Dirección del Servicio Provincial de Desarrollo Rural y Sostenibilidad de Huesca, y del Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, y haciendo uso, en lo que se refiere a la declaración de utilidad pública de montes, de la delegación de competencia acordada por el Gobierno de Aragón en su sesión de 31 de enero de 2017 ("Boletín Oficial de Aragón", número 67, de 6 de abril de 2017), resuelvo:

Primero.- Declarar de utilidad pública la finca denominada "El Soto", con una superficie de 4,0456 ha y agregarla simultáneamente al colindante monte catalogado número 536, constituyendo el conjunto un único monte, con las siguientes características:

Denominación: Riberas del Cinca en Belver de Cinca.

Término municipal: Belver de Cinca.

Cabidas: Total y pública (incluyendo el cauce del río): 132,0456 ha.

Límites:

Norte: Monte catalogado número 533 denominado "Riberas del Cinca en Albalate de Cinca".

Este: Terrenos de titularidad pública y privada en el término municipal de Belver de Cinca.

Sur: Cabañera de titularidad municipal en el término municipal de Belver de Cinca y monte catalogado número 537 denominado "Riberas del Cinca en Oso de Cinca".

Oeste: Monte catalogado número 535 denominado "Riberas del Cinca en Chalamera".

Segundo.- Ordenar, atendiendo a lo que contempla el artículo 69 del vigente Reglamento de Montes, el traslado de lo contenido en la presente orden al Registro de la Propiedad de Benabarre, con el fin de practicar las notas que procedan para la actualización de las inscripciones previas.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, sin que puedan simultanearse ambos procedimientos, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 24 de agosto de 2017.

El Consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, JOAQUÍN OLONA BLASCO