RESOLUCIÓN de 13 de octubre de 2016, del Director General Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del centro privado de Educación Infantil "Nenetes" de Zaragoza.

Publicado el 09/11/2016 (Nº 216)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
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Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia de la representante de la entidad titular del centro privado de Educación Infantil "Nenetes", código 50019007, con domicilio en Pza. de los Lagos Azules, 6 de Zaragoza, solicitando modificación de la autorización para la transformación de una unidad de Educación Infantil de 1er ciclo, de 2 a 3 años en otra de 1 a 2 años.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil

Denominación específica: "Nenetes"

Titular: Guardería Nenetes, S.L.

Código: 50019007

Domicilio: Pza. de los Lagos Azules, 6

Localidad: Zaragoza

Municipio: Zaragoza

Provincia: Zaragoza

Enseñanzas que se autorizan:

- Transformación de 1 unidad de Educación Infantil de 1er ciclo, de 2 a 3 años en otra de 1 a 2 años.

Como resultado de la modificación de la autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Educación Infantil de Primer Ciclo, 5 unidades

- 1 unidad de 0 a 1 año / 8 pp.ee.

- 2 unidades de 1 a 2 años / 26 pp.ee

- 2 unidades de 2 a 3 años / 38 pp.ee

Segundo.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Tercero.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Cuarto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Quinto.- Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 13 de octubre de 2016.

El Director General de Planificación y Formación Profesional, RICARDO ALMALÉ BANDRÉS