ORDEN PRE/1547/2016, de 18 de octubre, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, para la financiación de la "Cátedra prevención FREMAP de prevención de riesgos laborales de la Universidad de Zaragoza" durante el año 2016.

Publicado el 09/11/2016 (Nº 216)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA
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Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/4/0039 el convenio suscrito, con fecha 14 de octubre de 2016, por la Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón y el Rector de la Universidad de Zaragoza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de octubre de 2016.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, PARA LA FINANCIACIÓN DE LA "CÁTEDRA PREVENCIÓN FREMAP DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA" DURANTE EL AÑO 2016

En Zaragoza, a 14 de octubre de 2016.

D.ª Marta Gastón Menal, Consejera de Economía, Industria y Empleo, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 128, de 6 de julio de 2015), actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, y facultada expresamente para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 30 de agosto de 2016.

D. José Antonio Mayoral Murillo, Rector Magnífico de la Universidad de Zaragoza, quien actúa en nombre y representación de la misma en virtud de nombramiento por Decreto 40/2016, de 5 de abril, del Gobierno de Aragón. Se encuentra facultado para este acto en virtud de la representación legal señalada en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el artículo 62 del Decreto 1/2004, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Zaragoza, modificados por Decreto 27/2011, de 8 de febrero.

Reconociéndose mutuamente la capacidad legal necesaria para formalizar y suscribir el presente convenio de colaboración.

I. La Universidad de Zaragoza es una entidad de Derecho Público al servicio de la sociedad que tiene, entre otras, las funciones de creación, mantenimiento y crítica del saber mediante las actividades docente e investigadora en la ciencia, la cultura, la técnica y las artes, así como la transmisión de conocimientos, formación y preparación necesarios en el nivel superior de la educación. Además, entre sus fines se encuentran la promoción de la aplicación del conocimiento al progreso y al bienestar de la sociedad y sus ciudadanos, especialmente de Aragón, y la promoción del desarrollo integral de la persona.

La Universidad de Zaragoza, para el cumplimiento de sus fines, desarrolla actividades de investigación, desarrollo científico y tecnológico y proyección social y cultural, estando interesada en colaborar con los sectores socioeconómicos para asegurar cada uno de estos objetivos o fines. Por ello, es voluntad y compromiso de la Universidad de Zaragoza atender cuantos requerimientos de colaboración tengan como finalidad contribuir a mejorar el nivel de competitividad de los sectores productivos y el desarrollo social y cultural, como medio de incrementar el bienestar y desarrollo de los ciudadanos a quienes sirve.

El 11 de febrero de 2009, se aprobó por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza el Reglamento para la creación y funcionamiento de las cátedras institucionales y de empresa de la Universidad de Zaragoza.

Conforme a lo previsto en el Acuerdo de 11 de febrero de 2009, se creó la "Cátedra Sociedad de Prevención FREMAP de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Zaragoza", que persigue como objetivos fundamentales, de un lado, apoyar e incentivar proyectos de investigación sobre prevención de riesgos laborales, incluyendo el desarrollo de software para la evaluación de riesgos específicos y, de otro lado, la cátedra participa en la organización de cursos de actualización y especialización de formación en prevención de riesgos laborales, incluida la mejora continua del Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales.

Para la consecución de los objetivos reseñados, y del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, la "Cátedra Sociedad de Prevención FREMAP de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Zaragoza" se propone ampliar la colaboración a otras entidades y empresas, que favorezcan la consecución de los objetivos estratégicos.

II. Con fecha 23 de marzo de 2011, se aprobó por el Gobierno de Aragón la Estrategia Aragonesa de Seguridad y Salud en el Trabajo 2010-2014, que establece, dentro del objetivo estratégico 2, el impulso de la formación en seguridad y salud laboral, cuyo contenido se prorroga mediante Acuerdo de 16 de marzo de 2015, del Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral.

Por ello, el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía, Industria y Empleo, contribuirá participando en la financiación de actividades formativas encaminadas, de un lado, a potenciar la cualificación profesional en las diferentes especialidades preventivas recogidas en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, y por ello, se proponen colaborar en la realización de la formación de posgrado denominada Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales, y de otro, colaborar en la actualización formativa de los técnicos de prevención de las empresas e instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón. Dicha colaboración, se llevará a cabo por la Dirección General de Trabajo, a través del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral.

III. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 28, dice expresamente: "Podrán concederse directamente, con carácter excepcional, las subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, de acuerdo con lo establecido en la normativa básica estatal".

La subvención en régimen de concesión directa está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía, Industria y Empleo, aprobado por Orden de 17 de noviembre de 2015, de la Consejera de Economía, Industria y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía, Industria y Empleo para el periodo 2016-2019.

De acuerdo con el punto 103 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en sesión de 13 de septiembre de 2011, la Dirección General de Trabajo pone de manifiesto que ha quedado debidamente acreditado por la Universidad de Zaragoza, la ejecución de las actuaciones y justificación de la subvención concedida en el año 2015, para la financiación de los gastos derivados de la "Cátedra prevención FREMAP de prevención de riesgos laborales de la Universidad de Zaragoza" durante el año 2015.

Por tanto, con el fin de hacer posible la realización coordinada y eficaz de las actuaciones previstas, se suscribe el presente convenio de colaboración con sujeción a las siguientes

Primera.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía, Industria y Empleo, y la Universidad de Zaragoza, para contribuir a la financiación de la "Cátedra prevención FREMAP de prevención de riesgos laborales de la Universidad de Zaragoza", para la consecución de los objetivos estratégicos de la cátedra centrados en el desarrollo de jornadas técnicas de actualización y especialización en formación de riesgos laborales y en la formación de los estudiantes del Máster Universitario en Prevención de Riesgos Laborales (MUPRL).

Segunda.- Vigencia del convenio.

El presente convenio de colaboración estará en vigor desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2016.

Tercera.- Actividades de la cátedra.

De las actividades que se desarrollan en el contexto de la "Cátedra prevención FREMAP de prevención de riesgos laborales de la Universidad de Zaragoza" para el curso 2015/2016, serán objeto de subvención por el Departamento de Economía, Industria y Empleo el desarrollo de las siguientes acciones:

1. Cursos de formación especializada en prevención de riesgos laborales.

2. Participación en las I Jornadas Aragonesas de Ergonomía y Psicosociología.

3. Gastos profesores externos del MUPRL.

4. Visitas a empresas e instituciones.

5. Gastos generales.

1. Cursos de formación especializada en prevención de riesgos laborales.

a) Jornada Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales, según OHSAS 18001. 18 de marzo de 2016.

Objetivos:

- Comprender los requisitos del estándar OHSAS 18001.

- Conocer las fases de su implantación.

- Rentabilizar un sistema de gestión de prevención de riesgos laborales.

Ponentes:

- Jesús Guillén Tabuenca. Ingeniero técnico industrial; técnico superior en prevención de riesgos laborales; experto en OHSAS 18001 de PREMAP Seguridad y Salud.

- José Manuel Álvarez Zarate. Gerente de ENARILA, entidad auditora de riesgos laborales.

- Fernando Goñi Buil. Coordinador calidad, medio ambiente y seguridad y salud laboral; grupo IQE (empresa certificada en OHSAS 18001).

Presupuesto: gastos de profesorado 400 €.

b) Jornada Seguridad, Salud Laboral y Mujer. 26 de septiembre de 2016.

Objetivos:

En la presente jornada, se tratará de analizar la seguridad y salud de la mujer trabajadora dentro del marco de la Ley de prevención de Riesgos Laborales, en la que se tiene que tener en cuenta la particular incidencia derivada de la entrada en vigor de la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Las diferencias de género y biológicas de la mujer trabajadora requieren de una atención preventiva específica y diferente, no siempre tenida en cuenta por el Derecho del Trabajo que, al igual que otras disciplinas científicas, desde el inicio, estará marcada por un carácter androcéntrico, por un sesgo de género "masculino", que se trasladará también a la prevención del riesgo profesional.

Ponentes:

- Ruth Vallejo Da Costa, Profesora Titular de Derecho del Trabajo de la Universidad de Zaragoza.

- Elisa Sierra Hernáiz, Profesora Titular de Derecho del Trabajo de la Universidad Pública de Pamplona.

- Ricardo Ros Mar, Profesor Titular de Fisiatría de la Universidad de Zaragoza.

- Miguel Olmos Llorente, Director del Servicio de Prevención PREMAP de la provincia de Zaragoza.

- Sonia Isabel Pedrosa Alquézar, Profesora Titular de Derecho del Trabajo de la Universidad de Zaragoza.

- Cristóbal Molina Navarrete, Catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Jaén.

Presupuesto: gastos de profesorado 500 €.

c) Jornada Responsabilidades en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Referencia a las responsabilidades del técnico en prevención de riesgos laborales. 21 de octubre de 16.

Objetivos: Una de las mayores dificultades que genera la gran cantidad de normas que en el ordenamiento jurídico español regulan la seguridad y salud en el trabajo es precisamente el entramado de tipos de responsabilidades y de sujetos y personas responsables. En los últimos años, estamos asistiendo en el ámbito judicial a una mayor exigencia al empresario de actuar correctiva o disciplinariamente frente a los incumplimientos de los trabajadores, para evitar situarse en una relación de tolerancia con los mismos. Al mismo tiempo, el aumento de condenas penales en torno a la labor desarrollada por los técnicos de prevención de riesgos laborales plantea la necesidad de profundizar en el marco regulador de las responsabilidades en prevención de riesgos laborales.

Ponentes:

- Manuel Luque Parra, Catedrático Acreditado de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Universidad Pompeu Fabra. Fiscal Delegado de la Siniestralidad Laboral de la provincia de Zaragoza.

- Vicente Lafuente Pastor, Secretario General del Sector de la Construcción de la provincia de Zaragoza. Profesor Asociado de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad de Zaragoza.

- Gabriel Rodríguez del Río. PREMAP.

Presupuesto: gastos de profesorado, desplazamiento de los ponentes 500 €.

d) Seguridad Vial y Prevención de Riesgos Laborales. Aspectos prácticos de la seguridad en el automóvil. 11 de noviembre de 2016.

Objetivos:

Conocer algunos de los sistemas de seguridad activa y pasiva presentes en cualquier vehículo moderno, incluyendo formación práctica.

Ponentes:

- Juan José Alba López, Profesor Titular del Departamento de Ingeniería Mecánica.

- Iñaki Sánchez Díaz, Jefe de postventa de la empresa Goya Automoción.

- Carlos Escribano, experto en seguridad vial. UGT.

Presupuesto: gastos profesorado 400 €.

e) Coordinación de los Sistemas de Prevención con el Sistema Nacional de Salud. La información sanitaria y reconocimiento de las enfermedades profesionales. 2 de diciembre de 2016.

Objetivos:

El Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social, introduce, en su artículo 5, a los médicos del Sistema Nacional de Salud en el circuito de detección de la patología laboral. Por su parte, el artículo 38 del Reglamento de los Servicios de Prevención (RSP), establece la necesaria colaboración de los especialistas sanitarios de los servicios de prevención con los servicios de atención primaria de salud y de asistencia sanitaria especializada para el diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de enfermedades relacionadas con el trabajo. En la misma línea, se manifiesta la actual Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. Para que tal colaboración pueda llevarse a cabo, es preciso que los profesionales sanitarios del sistema público reciban una adecuada formación en medicina del trabajo. Objetivo de esta jornada es analizar y profundizar sobre la actualidad de esta colaboración, para detectar las debilidades del sistema y la propuesta de soluciones adecuadas.

Ponentes:

- María Castellano Arroyo, Catedrática de Medicina Legal, Directora de la Escuela Profesional de Medicina del Trabajo (Universidad de ranada), Presidenta de la Comisión Nacional de Medicina del Trabajo.

- Begoña Martínez Jarreta, Catedrática de Medicina Legal.

Presupuesto: gastos de profesorado 425 €.

Las fechas propuestas, así como los ponentes, podrán variar en función de las necesidades y agendas de los mismos.

2. Participación en las I Jornadas Aragonesas de Ergonomía y Psicosociología. 27 y 28 de mayo de 2016.

Objetivo: Informar de las actividades empresariales y los nuevos proyectos de investigación relacionados con Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

Ponentes, entre otros:

- Pedro Mondelo, Doctor Ingeniero Industrial. Doctor en Psicología. Delegado del Rector para la formación de PRL. Profesor Titular. Dep d'Organització d'Empreses. UPC.

- Javier Llaneza, Presidente de la Asociación Española de Ergonomía.

Presupuesto: edición del libro de las jornadas 500 €.

3. Contratación de profesorado externo del MUPRL.

El grado de profesionalización y especialización del Máster Universitario de Prevención de Riesgos Laborales (MUPRL) de la Universidad de Zaragoza requiere de la contratación de profesorado externo vinculado a la práctica del ámbito de la prevención de riesgos laborales. Así, contamos con profesores externos pertenecientes a las sociedades de prevención MAZ, FREMAP y ASEPEYO, y de las empresas servicios de prevención ajenos MGO, MPE, etc. Asimismo, como el MUPRL se realiza en colaboración con la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Aragón y, en concreto, con el Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Aragón (ISSLA), se requiere de la contratación de los profesionales pertenecientes a dicho Instituto, por su grado de profesionalización y especialización en la materia objeto de estudio. De la misma forma, se cuenta con participación de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social. Asimismo, participan técnicos de prevención pertenecientes a empresas e instituciones que colaboran en las prácticas externas de los estudiantes: OPEL-España, Yudigar, Proma Hispania, Veralia (Saint-Govian), Jacob Delafon, etc.

La participación del profesorado externo se da sobre todo en aquellas materias que requieren de una especialización práctica adecuada. Así, en materias como Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial o Ergonomía y Psicosociología Aplicada. En otros casos, la participación del profesorado externo viene también justificado por la escasez de profesores de la Universidad de Zaragoza, que, o bien no tienen la formación específica que requieren los temas a tratar, o bien porque no existe disponibilidad docente adecuada. No obstante, el MUPRL dispone de un amplio elenco de profesores de la Universidad de Zaragoza, Catedráticos y Catedráticas y Profesores y Profesoras Titulares de Universidad, especialistas en las distintas materias que componen el plan de estudios, quienes además de impartir docencia se encargan de otras tareas añadidas que supone la organización del MUPRL, tales como: la tutorización de las prácticas de los estudiantes, la coordinación de los distintos módulos formativos entre los distintos profesores externos e internos, la evaluación de los estudiantes, la dirección de los trabajos fin de máster (TFM), y la participación en los tribunales que juzgan los TFM de los estudiantes del Máster de Prevención de Riesgos Laborales; además de acompañar a los estudiantes en las visitas que se realizan a las distintas empresas e instituciones. Debe señalarse que el profesorado de la Universidad de Zaragoza que participa en el máster no recibe emolumento alguno, quedando reflejado en el Plan de Ordenación Docente las distintas actividades realizadas en el mismo (a excepción de las visitas a empresas e instituciones).

Presupuesto: 16.000 €.

4. Visitas a empresas e instituciones.

Este apartado se refiere a las actividades de formación y de prácticas que desarrolla el alumnado en las entidades colaboradoras del máster, y que deben ser sufragadas por éste (viajes, desplazamientos, autobuses). Se incluye el gasto de 400 euros del viaje en autobús a la visita de la "obra de la presa Mularroya", y bomberos de la Almunia de Doña Godina.

Presupuesto: 400 €.

5. Gastos generales.

Conforme a lo estipulado en la disposición adicional vigesimoséptima de la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016, la Universidad de Zaragoza podrá justificar como costes indirectos hasta un 15% del importe concedido.

Presupuesto: 3.375 €.

Estas cantidades son aproximadas, de tal manera que podrán variar y compensar entre sí, siempre que queden convenientemente justificadas y no superen en conjunto el importe total por el que se suscribe el convenio.

Cuarta.- Difusión de las actividades de la cátedra.

La Dirección General de Trabajo, a través del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral, contribuirá a difundir entre las distintas empresas e instituciones de la Comunidad Autónoma de Aragón las actividades formativas y de investigación que se realicen a través de la cátedra.

Quinta.- Participación en prácticas externas.

La Dirección General de Trabajo, a través del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral, participará en la realización de prácticas académicas externas de los estudiantes del Máster Universitario de Prevención de Riesgos Laborales, conforme a lo estipulado en el convenio de colaboración, firmado entre el Gobierno de Aragón y la Universidad de Zaragoza, de fecha de 26 de junio de 2012.

Sexta.- Pago de la subvención.

El Gobierno de Aragón se compromete a realizar una aportación económica a la Universidad de Zaragoza de, como máximo, dieciocho mil euros (18.000 €), equivalente al 80% sobre una base subvencionable de veintidós mil quinientos euros (22.500 €), con cargo a la aplicación presupuestaria G/15030/3151/440110/91002 (convenio UNIZAR Plan Director Prevención de Riesgos Laborales) del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado mediante Ley 1/2016, de 28 de enero, con el objeto de financiar las actuaciones recogidas en el presente convenio de colaboración, en los términos y condiciones descritos en el mismo.

La financiación contemplada en el presente convenio será compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En todo caso, la financiación pública recibida no podrá superar el total del coste de la actividad desarrollada.

Se podrá conceder anticipos de pago sin que en ningún caso sean superiores al 25% del importe de la subvención concedida, en cumplimiento del punto 96 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón en fecha 13 de septiembre de 2011, en los términos contemplados en el artículo 41 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Séptima.- Justificación de actuaciones.

La justificación de las actuaciones objeto de subvención habrá de cumplir lo establecido en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

Los documentos justificativos, que deberán ajustarse a lo que establece el anexo al convenio, deberán presentarse en la Dirección General de Trabajo en plazo, que finalizará el 18 de noviembre del año en curso. Para aquellos gastos subvencionables, que se encuentren comprometidos en firme y correspondan al plazo de ejecución de la subvención, pero cuyo abono no pudiera realizarse hasta una vez finalizado el plazo de justificación por incompatibilidad de plazos, podrá admitirse un pago anticipado con los requisitos establecidos en la normativa vigente, previa presentación de un certificado, redactado en debida forma, en el que se constate la cuantía y destino de cada uno de dichos gastos, así como el compromiso de aportar los documentos que justifiquen dichos gastos, antes del 28 de febrero del ejercicio siguiente.

Para acceder a la financiación aportada por el Gobierno de Aragón, la Universidad de Zaragoza deberá justificar la ejecución de un gasto de, al menos veintidós mil quinientos euros (22.500 €), hasta el plazo señalado. Si el coste final de la actuación debidamente justificada fuese inferior al señalado, el importe de la ayuda se reducirá proporcionalmente, respetando que el porcentaje de cuantía a subvencionar sea, como máximo, el 80% del coste de las acciones objeto del convenio.

Los importes no justificados o indebidamente justificados dentro del plazo de justificación se entenderán renunciados por parte del beneficiario de la subvención, y los anticipos realizados que en dicha fecha no se hayan justificado deberán reintegrarse en la forma legalmente establecida.

Octava.- Compromisos del ISSLA.

El Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral, como órgano científico técnico de la Comunidad Autónoma de Aragón en la materia:

a) Asesorará a la universidad firmante del presente convenio, en los aspectos técnico-preventivos.

b) Participará en la organización de las materias a impartir en el Máster Universitario de Prevención de Riesgos Laborales.

c) Colaborará con su personal en la impartición de los temas específicos que se determinen y en la participación como profesorado externo del MUPRL.

d) Podrá proponer a la dirección de la cátedra la realización de cursos de especialización en los que se tenga un interés técnico o sectorial concreto, así como su participación en los mismos. En ningún caso, estos cursos podrán sustituir la formación obligatoria que las empresas tienen que impartir a sus trabajadores en función de los riesgos específicos a los que estén expuestos.

Novena.- Compromisos de las partes.

La Universidad de Zaragoza asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1.º Cumplir la finalidad del presente convenio y destinar la cuantía aportada por el Departamento de Economía, Industria y Empleo a los fines propios de las actuaciones pactadas con el mismo.

2.º Comunicar al Departamento de Economía, Industria y Empleo la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca tal circunstancia y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

3.º Cuando las actividades hayan sido financiadas, además de con la subvención, con fondos propios u otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse en la justificación, el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas.

4.º Acreditar la aplicación de la subvención concedida a las actuaciones subvencionadas, así como comunicar al órgano concedente cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación.

5.º Acreditar que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como que no tiene deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. En este sentido, se autoriza al órgano gestor para obtener los certificados expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y los órganos de la Administración tributaria de la Comunidad Autónoma. Igualmente, la Universidad de Zaragoza deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos y de las demás obligaciones previstas en los artículos 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y demás normativa que le resulte de aplicación.

6.º Someterse a las actuaciones de seguimiento y control a efectuar por el Gobierno de Aragón, admitiendo la presencia del personal designado por el Departamento de Economía, Industria y Empleo para realizar el seguimiento y evaluación del programa financiado, y facilitar cuanta información, económica o de otro tipo, le sea solicitada a tal efecto. En especial, la Universidad de Zaragoza habrá de facilitar identificación individualizada de los usuarios de cada proyecto.

7.º En todos los materiales impresos que se realicen en las actuaciones programadas en este convenio, se deberá incluir el logotipo completo de identidad gráfica (símbolo y denominación) del departamento que financia. Además, respecto a la publicidad relativa al carácter público de la financiación del objeto del convenio, cuando el beneficiario deba hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, habrá de solicitar, con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Igualmente, si del clausulado del convenio se deriva para el beneficiario la obligación de realizar actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades deberá ser objeto de solicitud, con carácter previo a cualquier actuación, del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

8.º Cumplir las obligaciones de transparencia reconocidas en el capítulo II de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, que resulten aplicables. Además de las multas coercitivas previstas en el artículo 9 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, el incumplimiento de las obligaciones exigibles dará lugar a la pérdida total o parcial de las subvenciones o ayudas. La cuantía a reintegrar se determinará, previo informe de la Dirección General de Trabajo, atendiendo al principio de proporcionalidad y al grado de cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención, así como a cualquier otro criterio que deba ser apreciado según las circunstancias del caso concreto y la naturaleza de la subvención.

9.º Presentar al Departamento de Economía, Industria y Empleo una memoria de las actividades realizadas antes del 31 de enero de 2017.

El Departamento de Economía, Industria y Empleo asume, mediante la firma del presente convenio, los siguientes compromisos:

1.º Entregar a la Universidad de Zaragoza el importe de su aportación, de acuerdo con las normas reguladoras contenidas en la normativa de subvenciones y el presente convenio.

2.º Verificar el cumplimiento y efectividad de las condiciones o requisitos determinantes para la realización del presente convenio.

3.º Realizar el seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el presente convenio.

Ambas partes están obligadas en la ejecución del convenio a la observancia del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón (Acuerdo de Consejo de Gobierno de 13 de septiembre de 2011).

Décima.- Comisión de seguimiento del convenio.

Se constituirá una comisión mixta paritaria de seguimiento a efectos de desarrollo, modificación y resolución de las obligaciones y los derechos derivados de la suscripción del presente convenio, integrada por dos representantes de la Universidad de Zaragoza, nombrados por el Rector, y dos del Departamento de Economía, Industria y Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón. A dicha comisión, competerá resolver las cuestiones relativas a la interpretación del presente convenio, evaluando su aplicación y promoviendo las líneas de política común, así como aquellas actuaciones de coordinación que se consideren necesarias.

La Comisión mixta de seguimiento se reunirá, al menos, una vez al año y, en todo caso, siempre que lo solicite uno o varios de sus integrantes. En su primera reunión, la comisión designará a un secretario, que levantará acta de las sesiones.

Undécima.- Resolución del convenio.

El presente convenio podrá ser resuelto, previa comunicación con un mes de antelación, por incumplimiento de los compromisos recogidos en él. En caso de resolución del convenio por incumplimiento por parte de la Universidad de Zaragoza, se estará a lo dispuesto en la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en lo relativo al reintegro de subvenciones.

El presente convenio también podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes, así como por imposibilidad sobrevenida.

Duodécima.- Plan de Racionalización del Gasto Corriente.

El presente convenio se acoge a las medidas que le son de aplicación señaladas en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011, relativas a transferencias corrientes.

Decimotercera.- Normativa aplicable

Todas las actividades previstas en este convenio se realizarán ajustándose a la normativa vigente en la Universidad de Zaragoza, especialmente en materia académica, económica y de personal, así como de protección de datos de carácter personal.

Asimismo, también será de aplicación la normativa aplicable al Instituto de Seguridad y Salud Laboral de Aragón en todo aquello que proceda.

El tratamiento de los datos de carácter personal de los alumnos se realizará en todo caso de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como con la Resolución de 6 de junio de 2002, de la Universidad de Zaragoza, por la que se aprueba la normativa propia en materia de protección de datos de carácter personal y sus disposiciones de desarrollo.

Decimocuarta.- Naturaleza jurídica.

Este convenio tiene naturaleza administrativa, no teniendo carácter contractual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Para todo lo no previsto en el texto del convenio, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la disposición adicional segunda de la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016; la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, así como cualquier otra disposición normativa que resulte de aplicación.

Las discrepancias surgidas sobre la interpretación, desarrollo, modificación, resolución y efectos que pudieran derivarse de la aplicación del presente convenio deberán solventarse, por acuerdo entre las partes, en el seno de la comisión mixta constituida al amparo de la cláusula décima de este convenio. Si no se llegara a un acuerdo, las cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio, por triplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, rubricando cada una de las páginas de las que consta.

NORMAS GENERALES DE JUSTIFICACIÓN

La justificación deberá incluir documentos originales y fotocopia, para su cotejo y compulsa, de la siguiente documentación:

1.º Certificado de la entidad manifestando haber dedicado a los fines y conceptos señalados en el convenio las cantidades que se justifican.

2.º Índice de los justificantes que se presentan, señalando conceptos y cuantías de cada uno, así como la cifra global a que ascienden.

3.º Justificantes de pago de los gastos que se justifiquen. Todos los documentos referidos deberán corresponder al periodo de vigencia del convenio e ir dirigidos a la entidad firmante del mismo. Se considera documentación justificativa que acredita el pago de manera suficiente, en el caso de transferencias bancarias o ingresos en cuenta, la orden de transferencia y el extracto bancario acreditativo del cargo; en el caso de pagos agrupados, el extracto bancario acreditativo del cargo, así como el desglose de cada uno de los pagos incluidos en la remesa; en el caso de domiciliación bancaria, adeudo en cuenta acreditativo de los documentos de gasto que se saldan y, en el caso de cheque nominativo, el extracto bancario acreditativo del cargo. En cuanto a la posibilidad de pagos en efectivo, la cuantía máxima a aceptar es 2.499 euros, de acuerdo con la Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

4.º Escrito manifestando el código internacional de cuenta bancaria (IBAN), entidad bancaria, sucursal y domicilio de la misma. El mencionado escrito deberá estar bastanteado por el banco, debiendo coincidir su titularidad con la entidad beneficiaria.

5.º Cuando los justificantes se refieran a pagos de personal, deberá acompañarse copia autenticada de los contratos de trabajo y las nóminas y los documentos justificativos del pago de la nómina y de las cargas sociales correspondientes (boletines de cotización a la Seguridad Social: TC1 y TC2, y modelo 111 y transferencias bancarias justificativas del pago del IRPF). Si en un mismo boletín de cotización figurase personal dedicado al convenio, junto con personal dedicado a distinta finalidad, se detallará el importe que corresponda a los trabajadores dedicados al convenio, con separación de las cuotas correspondientes.

Las nóminas deberán expresar claramente el nombre y dos apellidos del trabajador, DNI, del mes a que corresponde y la firma del trabajador. En ellas, se señalará la cuantía, tanto en bruto como en neto, y los descuentos que procedan. La dedicación del personal a la actividad subvencionada deberá ser real, no pudiendo imputarse horas de personal en situación de baja por enfermedad o maternidad, ni las cargas sociales derivadas.

Los gastos de dietas y desplazamientos de dicho personal, y/o de los participantes en el programa, siempre que éstos sean necesarios y estén justificados para la buena ejecución de las actuaciones previstas en el programa.

No se considerarán subvencionables, los gastos de personal, desplazamiento y alojamiento, en lo que excedan a los fijados como máximos para la categoría equivalente del personal laboral al servicio de la Diputación General de Aragón, según convenio colectivo vigente. En cualquier caso, las retribuciones del personal directivo únicamente se subvencionarán hasta el límite de las retribuciones de un Director General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, según el punto 100 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

Se podrán justificar gastos de desplazamiento y alojamiento, aportando documentos que acrediten la realización del gasto y el pago efectivo de los gastos justificados. Los importes máximos que se podrán financiar serán los mismos que los previstos en la normativa vigente para las indemnizaciones por razón del servicio al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el grupo 2, según el punto 93 del Plan de Racionalización del Gasto Corriente del Gobierno de Aragón.

6.º Cuando existan contratos de arrendamiento de servicios, deberá acompañarse copia legible autenticada del contrato y recibos de las cantidades devengadas.

7.º Los justificantes que correspondan a servicios profesionales deberán consistir en factura original. Dicha factura, deberá estar firmada y sellada, y en ella figurará la fecha, nombre y apellidos, DNI del profesional y el concepto a que se refiere la actuación por la que se gira la factura, así como la liquidación por el IVA cuando corresponda. En estos supuestos, se aportará fotocopia compulsada de la carta de pago de la retención obligatoria por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con indicación del desglose en la forma señalada para los gastos de personal.

8.º Si los justificantes corresponden a casas comerciales, las facturas correspondientes deberán ser originales y deberán incluir el nombre, razón social y número de Identificación fiscal, y si fuesen personas físicas, el nombre comercial, nombre y apellidos del titular y su DNI. En todo caso, y cuando así corresponda, figurará la liquidación por el IVA.

En ambos casos, las facturas deberán ir debidamente firmadas y selladas.

Los justificantes originales presentados se marcarán por parte de la Administración con una estampilla, indicando en la misma la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe del justificante se imputa total o parcialmente a la subvención; todo ello, según dispone el artículo 73 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

9.º No se considerarán subvencionables, los siguientes gastos:

Gastos e intereses bancarios y otros gastos financieros.

Adquisición de equipos y material inventariable.

Comisiones, indemnizaciones y otros gastos suplementarios acordados para el personal.