DECRETO 41/2016, de 19 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta adicional a la Oferta complementaria de la Oferta de Empleo Público del 2011 correspondiente al personal docente no universitario.

Publicado el 20/04/2016 (Nº 75)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
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Texto completo:

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme al artículo 73 de su Estatuto de Autonomía, según redacción dada por la Ley Orgánica 5 / 2007, de 20 de abril, la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, incluyendo la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que lo desarrollan.

En ejercicio de las competencias de ejecución asumidas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza no universitaria, y en el marco de lo previsto por la disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 2 / 2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa corresponde aprobar la Oferta de Empleo Público del personal docente.

El artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre y el artículo 23 del texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón (TRLF), aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, constituyen el marco normativo regulador de la Oferta de empleo público. La Oferta de empleo público es, de conformidad con dichos preceptos, el instrumento de planificación en el que figuran las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso.

Según el citado artículo 23 y el artículo 2.1.k) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, le corresponde al Gobierno de Aragón la aprobación de la Oferta de Empleo Público, a propuesta del Consejero competente en materia de función pública, de conformidad con los artículos 11.2.f) y 12.2.e) del TRLF en relación con el artículo 3.2.e) del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre.

El Decreto-Ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, de medidas para la ejecución de las Sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo de 29 de octubre de 2010 y del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 10 de febrero de 2012, dispone que el Gobierno de Aragón aprobará los Decretos de Oferta de Empleo Público complementarios de los Decretos 67/2007, de 8 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2007, y 83/2011, de 5 de abril y 133/2011, de 14 de junio, por los que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2011.

En el artículo 1.2 del Decreto-Ley se contempla que los Decretos complementarios establecerán las medidas necesarias para la ordenación adecuada de los procesos selectivos derivados de las Ofertas de Empleo Público que, en todo caso, deberán desarrollarse en el plazo improrrogable de tres años.

En el artículo 2.3 del citado Decreto-Ley determina que el Decreto complementario correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2011 incluirá un total de 385 plazas del ámbito educativo que, atendiendo a necesidades educativas y de ordenación del sistema educativo, se destinarán al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores y Catedráticos de Música y Artes Escénicas, Profesores de Escuelas de Idiomas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

No obstante el Auto el Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 21 de julio de 2015, rectifica el número de plazas que han de ser ofertadas complementariamente por la Administración, fijando en 150 plazas las que correspondían al Cuerpo de Maestros para la Oferta complementaria a la Oferta de Empleo Público del año 2011.

En consecuencia, en ejecución del Auto del Tribunal Superior de Justicia de Aragón mencionado, procede a la aprobación de la Oferta de Empleo Público adicional a la oferta de empleo complementaria para el año 2011 correspondiente al ámbito educativo de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a iniciativa de la Consejera competente en materia educativa, en el ejercicio de las competencias atribuidas, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión celebrada el día 19 de abril de 2016,

DISPONGO:

Artículo 1. Aprobación de la Oferta de Empleo Público adicional a la Oferta de Empleo Público complementaria para el año 2011.

En cumplimiento del artículo 1 del Decreto-Ley 1/2014, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón, en ejecución de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 29 de octubre de 2010 del Tribunal Supremo, y de conformidad con lo dispuesto en el Auto del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de 21 de julio de 2015, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, se aprueba la Oferta de Empleo Público adicional a la Oferta de Empleo complementaria para el año 2011 para el ámbito educativo de la Administración de la Comunidad Autónoma, en los términos que se fijan en el presente Decreto.

Artículo 2. Número de plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público complementaria.

En la Oferta de Empleo Público complementaria se incluyen un total de 150 plazas, conforme el literal del Auto del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el ámbito educativo dotadas presupuestariamente, que se destinarán al Cuerpo de Maestros.

Artículo 3. Acceso de personas víctimas de terrorismo o afectadas por actos de terrorismo.

De las plazas ofertadas en el turno libre se reserva un cupo para ser cubiertas por quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las víctimas del terrorismo

Artículo 4. Acceso de personas con discapacidad.

De las plazas ofertadas se reserva un cupo de siete por ciento destinadas a quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad física o sensorial, en un grado igual o superior al 33 por 100.

Artículo 5. Acumulación de plazas.

Las plazas reservadas a personas incluidas en los artículos tercero y cuarto, que no resulten cubiertas por las mismas se acumularán a los procedimientos de turno libre derivados de la presente Oferta de Empleo Público complementaria.

Disposición final primera. Convocatoria y desarrollo de los procesos selectivos.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 5.3 del Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, los procesos selectivos correspondientes a las plazas incluidas en la presente Oferta de Empleo Público serán convocados, tramitados y resueltos por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón",

Zaragoza, 19 de abril de 2016.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

FERNANDO GIMENO MARÍN

ANEXO I