ORDEN de 13 de noviembre de 2014, del Consejero de Sanidad, de Bienestar Social y Familia por la que se aprueba la carta de servicios al ciudadano de la Dirección General de Consumo.

Publicado el 05/12/2014 (Nº 239)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
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Texto completo:

La Ley 5/2013, de 20 de junio, de calidad de los Servicios Públicos de la Administración de las Comunidad Autónoma de Aragón, dedica al Capítulo IV del Título II a regular las cartas de servicios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, estableciendo el artículo 20.4 del citado precepto legal que deberán ser aprobadas mediante orden del Consejero del que dependa el órgano, centro o unidad prestador del servicio.

Por su parte, el artículo 5 del Decreto 115/2012, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las cartas de servicios, establece que las Secretarías Generales Técnicas de los Departamentos y los órganos equivalentes de los organismos públicos son los responsables de la elaboración de las Cartas de Servicios y del cumplimiento de sus contenidos, consignando el artículo 6 del citado precepto reglamentario, modificado por el Decreto 100/2014, de 24 de junio, que las mismas se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón", produciendo efectos desde la fecha en la que se produzca dicha publicación.

En consecuencia, visto el proyecto de Carta de Servicios de la Dirección General de Consumo efectuado por la Secretaría General Técnica del departamento de Sanidad, de Bienestar Social y Familia, resuelvo:

Primero.- Aprobar la Carta de Servicios de la Dirección General de Consumo, que figura como anexo a la presente orden.

Segundo.- Acordar la publicación simultánea de esta orden en el "Boletín Oficial de Aragón", y en la web del Gobierno de Aragón.

Tercero.- En los cinco días siguientes a la aprobación de esta orden se remitirá copia de la misma a la Inspección General de Servicios, para su integración en el repositorio electrónico establecido al efecto.

Cuarto.- Esta orden producirá sus efectos desde la fecha de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 13 de noviembre de 2014

El Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia

RICARDO OLIVÁM BELLOSTA