ORDEN de 14 de agosto de 2013, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se realiza la convocatoria de 2013 para integrarse en la Red Aragonesa de Proyectos de Promoción de la Salud (RAPPS)

Publicado el 11/09/2013 (Nº 179)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
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Texto completo:

La Red Aragonesa de Proyectos de Promoción de Salud (RAPPS) se creó con la finalidad de facilitar la extensión de la promoción y educación para la salud en la Comunidad Autónoma de Aragón y pretende ser un instrumento integrador de los grupos de trabajo multidisciplinares que desarrollan proyectos de salud en distintos ámbitos.

Los objetivos de la Red Aragonesa de Proyectos de Promoción de Salud son:

- Identificar proyectos de promoción y educación para la salud que se estén llevando a cabo desde distintos sectores de la Comunidad Autónoma.

- Fomentar la innovación y apoyar la consolidación de los equipos de trabajo ya existentes

- Disponer de una fuente de información que contribuya al conocimiento de modelos y tendencias y al desarrollo de la investigación en promoción y educación para la salud

- Facilitar la relación y el intercambio de información entre los grupos de trabajo que se integran en la Red

Con el fin de regular la integración en la RAPPS de nuevos proyectos de educación y promoción de salud y a propuesta del Director General de Salud Pública he tenido a bien disponer:

Primero.- Objeto.

La presente orden tiene como objeto integrar a todos aquellos equipos de trabajo que lo soliciten en una red de iniciativas de promoción de salud en Aragón que promueva el desarrollo de proyectos en pequeños entornos mediante el trabajo interdisciplinar e intersectorial, que fomente la innovación y la transferencia de modelos de buena práctica en educación y promoción de la salud.

Segundo.- Bases reguladoras.

Las normas reguladoras de la adscripción a la Red Aragonesa de Proyectos de Promoción de la Salud serán las contenidas en la Orden de 8 de mayo de 1996 y en la presente orden.

Tercero.- Destinatarios.

Podrán solicitar la integración en la red aquellos equipos de trabajo multidisciplinares que estén llevando a cabo un proyecto de promoción y educación para la salud de carácter local o comarcal.

Se contemplan proyectos de distintos ámbitos (educativo, sanitario y social) pudiendo ser centro promotor, las entidades implicadas cuyos profesionales forman parte del equipo interdisciplinar o centro colaborador aquellos que apoyan las actuaciones que desarrolla el proyecto. Los centros promotores y colaboradores pueden ser: centros educativos, centros de salud, grupos de profesionales sociosanitarios, zonas veterinarias, centros de prevención de drogodependencias, centros de educación de personas adultas, servicios sociales, organizaciones no gubernamentales, ayuntamientos, comarcas, asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.

Cuarto.- Estructura y características del proyecto.

En el proyecto de promoción y educación para la salud se harán constar los siguientes apartados:

a) Justificación del desarrollo del proyecto. Análisis de la situación. Identificación de necesidades y priorización de las mismas

b) Objetivos

c) Metodología

d) Contenidos y actividades

e) Organización de las fases. Distribución temporal de las actividades

f) Organización y funcionamiento del equipo de trabajo. Lugar, horario y calendario de reuniones

g) Criterios y procedimientos de evaluación

h) Recursos necesarios y presupuesto detallado de gastos a efectuar

i) Formación necesaria para llevar a cabo el proyecto

El proyecto debe ajustarse a las siguientes características:

- Orientarse hacia la promoción de la salud entendida como el proceso mediante el cual los individuos y las comunidades están capacitados para ejercer un mayor control sobre los determinantes de la salud. El proyecto debe basarse en la participación de la comunidad, dirigirse hacia los determinantes de salud y promover la colaboración intersectorial.

- Partir de la propia experiencia de las personas, fomentando la observación y toma de conciencia de su realidad y apoyándose en el trabajo con grupos como forma de desarrollo personal y de participación social.

- Desarrollarse por un equipo de trabajo interdisciplinar con una persona que lo coordine e integrarse en la dinámica de trabajo y objetivos de los centros o entidades implicadas.

- En el caso de ser promovido por un Consejo de Salud, el proyecto debe dirigirse a toda la zona, coordinando las distintas iniciativas que, con objetivos similares existan.

- Si el proyecto es promovido por una comarca debe dirigirse a toda la comarca, coordinando las distintas iniciativas que, con objetivos similares existan.

Quinto.- Criterios de calidad

Los proyectos deben orientarse de acuerdo con los criterios de calidad definidos en la Red Aragonesa de Proyectos de Promoción de Salud (RAPPS):

A) Criterios de calidad de Promoción de salud:

A.1) Construcción de una política pública saludable

- Defensa activa de la salud para promover una voluntad política favorable a la educación y promoción de salud a escala local y/o general.

- Intersectorialidad y cooperación entre diversos sectores y entidades relacionadas con la promoción de salud del nivel local y/o general.

A.2) Creación de ambientes favorables

- Interacción e influencia en el ambiente físico y social donde se realiza la intervención. Clima positivo propiciado por el proyecto.

- Orientación global e interdisciplinar del proyecto potenciando la interacción de estrategias en diferentes ámbitos/escenarios.

A.3) Fortalecer la acción comunitaria

- Activación de procesos de participación de los diferentes actores implicados en el proyecto.

- Activación y sinergia del proyecto con los recursos comunitarios y redes sociales.

- Apoyo al desarrollo, organización comunitaria y coordinación de la comunidad.

A.4) Desarrollar las aptitudes personales

- Promover el desarrollo de capacidades personales (sentido crítico, comunicación interpersonal y grupal, autoestima, resolución de conflictos) orientadas hacia la autonomía y toma de decisiones libres y conscientes sobre la salud personal y social.

- Partir de un análisis crítico de los problemas de salud y fomentar la búsqueda de soluciones (observación y toma de conciencia de la propia realidad) promoviendo acciones dentro del contexto concreto.

A.5) Reorientar los servicios sanitarios, sociales y educativos

- Integración de la educación y promoción de la salud en los objetivos y dinámica de los servicios socio-sanitarios y educativos, facilitando la continuidad de las actuaciones.

- Cambio y transformación de las instituciones que respaldan la iniciativa, respecto a su cultura organizativa, metodología de trabajo y funcionamiento.

B) Criterios de calidad del proyecto:

B.1) Coherencia con el modelo de promoción y educación para la salud:

- Enfoque de capacitación

- Concepto de salud integral

- Reconocimiento de la dignidad y libre elección de las personas implicadas

B.2) Pertinencia y relevancia de la intervención:

- En relación con las necesidades, problemas y demandas de la comunidad, colectivos y personas implicadas.

- Coherencia con el análisis de contexto y de las oportunidades del entorno.

- Idoneidad de los recursos materiales y humanos

B.3) Programación flexible adaptada a la realidad que contemple unos objetivos coherentes cuyo seguimiento y supervisión estratégica estén realizados por un equipo multidisciplinar.

B.4) Idoneidad metodológica que facilite el desarrollo de las actividades y la participación (metodología de programación y evaluación y metodología educativa)

B.5) Innovación y creatividad de los procesos desarrollados como resultado de un buen clima de trabajo y de la activación de los recursos.

B.6) Satisfacción del equipo de trabajo y la comunidad a la que se dirige el proyecto.

Sexto.- Proyectos de Atención Primaria.

Los proyectos que se desarrollen en el ámbito de la atención primaria de salud deben orientarse prioritariamente a:

- Elaboración de mapas de activos e iniciativas de salud comunitaria en la zona de salud.

- Colaboración con los centros educativos de la zona para la promoción de de la salud de la infancia y adolescencia.

- La educación grupal a personas con problemas crónicos de salud.

- La puesta en marcha y/o apoyo a grupos de ayuda mutua.

Los proyectos desarrollarán preferentemente, aspectos incluidos en la cartera de servicios. Así mismo potenciarán la coordinación con otros recursos sociosanitarios de la zona.

Séptimo.- Documentación.

La solicitud de integración a la Red de nuevos proyectos se realizará mediante la cumplimentación de los siguientes documentos:

- Modelo de solicitud de integración en la RAPPS (anexo I).

- Composición del equipo de trabajo (anexo II).

- Informe del desarrollo del proyecto: justificación del proyecto, análisis de situación, prioridades, objetivos, metodología, actividades, temporalización, organización y funcionamiento del equipo de trabajo y criterios y procedimientos de evaluación.

- Memoria y evaluación de actividades del último año.

- Documentos de apoyo y conformidad de los centros promotores.

- Documentos complementarios que se consideren de interés y que acrediten el recorrido y trayectoria del proyecto así como la experiencia y formación de los miembros del equipo.

Octavo.- Selección y seguimiento de los proyectos.

La integración de proyectos nuevos, la revisión de los proyectos y la actualización de la red se realizará por la Comisión Gestora de Selección y Seguimiento de la Red constituida por técnicos de educación y promoción de la salud del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia y representantes de los Proyectos de la Red Aragonesa de Proyectos de Promoción de la Salud.

Para la selección de los nuevos proyectos, la Comisión Gestora tendrá en cuenta los siguientes criterios de integración:

- Existencia de un equipo de trabajo interdisciplinar con un coordinador

- Funcionamiento del proyecto de promoción de salud en entornos pequeños, con al menos un año de antigüedad

- Innovación y coherencia con los criterios de calidad de la Red establecidos en el apartado quinto A)

- Elaboración e implementación del proyecto de acuerdo con los criterios de calidad establecidos en el apartado quinto B)

La comisión podrá solicitar a los grupos de trabajo la documentación complementaria que considere oportuna para realizar la adscripción o la actualización. El seguimiento de los proyectos integrados en la red se realizará por la Comisión que solicitará a los equipos la información precisa para ello. Asimismo la Comisión Gestora de selección y seguimiento valorará cada tres años la permanencia de los proyectos en la Red acorde con los criterios de calidad.

Noveno.- Recursos ofrecidos por la Red.

La Dirección General de Salud Pública se compromete a facilitar a los equipos integrados en la Red los siguientes apoyos:

- Asesoramiento metodológico y apoyo a los equipos de trabajo

- Acceso a información, documentación y materiales didácticos que faciliten el desarrollo de los proyectos a través del (Sistema de Asesoramiento y Recursos en Educación para la Salud) SARES

- Organización periódica de jornadas de intercambio de experiencias, actividades de formación y otras actuaciones que promuevan la interacción y la mejora de la calidad de los proyectos.

- Difusión de las experiencias e intercambio de información con otras redes de promoción y educación para la salud.

- Convocatoria anual de subvenciones para los proyectos de promoción de salud integrados en la RAPPS

Décimo.- Compromiso del equipo.

Los equipos de trabajo que se integran en la red se comprometen a:

- Participar en las actividades de formación e intercambio de experiencias organizadas para la Red.

- Recibir asesoramiento y seguimiento por parte de los técnicos de educación para la salud de Salud Pública.

- Aportar al SARES los materiales que se elaboren en el proyecto.

- Desarrollar los criterios de calidad definidos en la RAPPS.

Undécimo.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para integrarse en la Red Aragonesa de Proyectos de Promoción de Salud (RAPPS), conforme al modelo que se adjunta en el anexo I, finaliza el día 30 de octubre de 2013. Las solicitudes firmadas por el/la coordinador/a del equipo de trabajo que desarrolla el proyecto deberán dirigirse al Excmo. Sr. Consejero del Departamento de Sanidad. Bienestar Social y Familia pudiendo presentarse en el Registro General del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, ubicado en Vía Universitas, 36 de Zaragoza, o en las Delegaciones Territoriales de la Diputación General de Aragón en Huesca (Plaza Cervantes, 1, 1.º ), y en Teruel (San Francisco, 1), o por cualquier otro procedimiento de los previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Duodécimo.- Habilitación para el desarrollo.

Se faculta al Director General de Salud Pública, para dictar las disposiciones y adoptar las medidas que sean necesarias para desarrollar la presente orden.

Zaragoza, 14 de agosto de 2013.

El Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia,

RICARDO OLIVÁN BELLOSTA