ORDEN de 30 de junio de 2010, del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Plan Renove de Electrodomésticos en la Comunidad Autónoma de Aragón, en el ejercicio 2010.

Publicado el 30/06/2010 (Nº 127)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
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Texto completo:

El Gobierno de Aragón, en su reunión del día 26 de julio de 2005, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, adoptó el Acuerdo por el que se aprobó el Plan Energético de Aragón 2005-2012. Contiene las principales estrategias de la política energética de la Comunidad Autónoma de Aragón en ese horizonte temporal, y se estructura en cuatro ejes fundamentales: el incremento del parque de generación eléctrica, el desarrollo de las infraestructuras energéticas, la promoción de las energías renovables y el ahorro y uso eficiente de la energía.

Por otro lado, el Consejo de Ministros de fecha 20 de julio de 2007, aprobó un Plan de Acción 2008-2012 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (PAE4+). Este Plan establece unas acciones concretas, concentradas en los sectores con un mayor potencial, que requieren de mayor urgencia en su implantación y un mayor apoyo para conseguir los objetivos energéticos previstos.

En este marco, con fecha 13 de junio de 2008 se suscribió un Convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), donde se regulan los mecanismos de colaboración oportunos para llevar a cabo, la definición y puesta en práctica de las medidas o actuaciones encaminadas a facilitar la consecución de los objetivos previstos en el Plan de Acción 2008-2012 de la PAE4+. Entre las medidas contempladas en dicho Convenio, se encuentra el Plan Renove de Electrodomésticos, consistente en ayudas destinadas a la sustitución de electrodomésticos por otros etiquetados energéticamente con clase A o superior.

Al objeto de implementar el Plan Renove de Electrodomésticos en la Comunidad Autónoma de Aragón, por Acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 23 de marzo de 2010, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, se aprueba el Convenio de Colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria, las Grandes Superficies de Aragón (ANGED) y la Confederación de Empresarios de Comercio de Aragón (CEMCA) para la realización del Plan Renove de Electrodomésticos en la Comunidad Autónoma de Aragón, en el ejercicio 2010.

El Decreto 313/2007, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, «Boletín Oficial de Aragón» 21 de diciembre, habilitó al Consejero de Industria, Comercio y Turismo para establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía y cuyas actuaciones, sean formalizadas mediante Acuerdos o Convenios con otras Administraciones.

Mediante Orden de 11 de febrero de 2010 del Departamento de Industria, Comercio y Turismo se dispuso el inicio del procedimiento de elaboración de esta Orden. Asimismo la Intervención Delegada emitió informe sobre la no necesidad de fiscalización previa, al no derivarse del texto del Convenio de Colaboración entre el Gobierno de Aragón y el Consejo Aragonés de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria, las Grandes Superficies de Aragón (ANGED) y la Confederación de Empresarios de Comercio de Aragón (CEMCA) para la realización del Plan Renove de Electrodomésticos en la Comunidad Autónoma de Aragón, en el ejercicio 2010, así como del texto de la presente Orden, derechos ni obligaciones de contenido económico para el Gobierno de Aragón.

Esta Orden incluye, las normas reguladoras para la concesión de las subvenciones previstas en el Plan Renove 2010 recogido dentro del PAE4+ y la convocatoria para la concesión de las mismas. Y considerando necesaria la publicidad del mencionado Convenio motivado por el interés general derivado de la implementación del Plan Renove de Electrodomésticos en la Comunidad Autónoma de Aragón, incluye además, un resumen de dicho Convenio con el contenido más significativo para la información de consumidores y comercios en el «Boletín Oficial de Aragón» como anexo a la presente Orden.

En su virtud, dispongo:

Artículo único.-Convocatoria.

Se convoca el plazo para la adquisición de los aparatos electrodomésticos con derecho a ayuda, de acuerdo con las presentes bases reguladoras y el texto del Convenio que figura en el anexo. Este plazo comenzará el día 1 de julio de 2010 finalizando el día 15 de diciembre de 2010, o en su caso, cuando se agote el presupuesto asignado para este programa de ayudas.

Los comercios que todavía no se hayan adherido al Plan Renove de Electrodomésticos en la Comunidad Autónoma de Aragón podrán hacerlo a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial de Aragón».

Disposición final única.-Entrada en vigor

Esta Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Beneficiarios.

Serán posibles beneficiarias las personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada que como máximo sustituyan un único electrodoméstico de cada uno de los tipos incluidos en esta línea de apoyo, por otros con etiqueta energética de clase A o superior, además del reemplazo de encimeras eléctricas por otras de inducción y gas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Acciones subvencionables.

1. Se considerará como actuación susceptible de ayuda la sustitución de electrodomésticos por otros con etiqueta energética de la clase A o superior. En el caso de las cocinas, incluirá la sustitución de encimeras eléctricas convencionales o vitrocerámicas por encimeras de inducción o encimeras de gas. Se considera como susceptible de ayuda la adquisición de los aparatos electrodomésticos con las siguientes prestaciones mínimas:

a) Frigoríficos, frigorífico-congelador y congelador con clasificación energética A+ y A++;

b) Lavadoras con clasificación energética A y eficacia de lavado A y consumo energético ≤ 170 Wh/kg;

c) Lavavajillas con clasificación energética A y eficacia de lavado A;

d) Lavavajillas con clasificación energética A, eficacia de lavado A y consumo energético ≤ 0,98 kWh/ciclo.

e) Lavadoras y lavavajillas termoeficientes, según las definiciones recogidas en las Especificaciones Técnicas AENOR AE 0035 y AE 0040, respectivamente, y con clasificación energética A y eficacia de lavado A;

f) Hornos de clasificación energética A.

g) Encimeras de inducción total y mixta y encimeras de gas.

2. Sólo será subvencionable por cada beneficiario, la compra de un aparato de cada uno de los tipos establecidos a continuación: frigorífico, frigorífico-congelador, congelador, lavadora, lavavajillas, horno y encimera; y siempre mediante la correspondiente sustitución del aparato antiguo por el nuevo.

3. El electrodoméstico sustituido no podrá ser reutilizado. En este sentido, el vendedor se ha de comprometer a retirar el electrodoméstico sustituido, para ser reciclado.

4. Los aparatos antiguos sustituidos habrán de entregarse a los gestores autorizados para su correcto tratamiento como residuo conforme a lo establecido en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos, electrónicos y la gestión de sus residuos.

5. Sólo se aplicará el incentivo económico cuando se justifique la retirada del electrodoméstico para su reciclado según el procedimiento establecido en el RD. 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos. Tendrá la consideración de «Plan Renove» solamente cuando la ayuda esté destinada al cambio de un producto por otro nuevo de alta eficiencia. En este sentido, las entidades colaboradoras exigirán al vendedor certificación de entrega del electrodoméstico para ser reciclado, de forma que, una vez ejecutada la medida, el número de equipos subvencionados sea igual al de entregados.

6. Sólo será subvencionable la compra cuando el lugar de recogida del aparato usado y la entrega e instalación del nuevo se realice en la Comunidad Autónoma de Aragón.

7. Se considera como requisito exigible a los distribuidores participantes en el Plan Renove que en la información comercial y publicitaria de los electrodomésticos figure de forma diferenciada el precio del producto antes de aplicar la subvención del Plan Renove y el importe de la subvención a cargo del Plan Renove. Así mismo, en toda comunicación de precios se hará referencia explícita al significado del Plan Renove, al aspecto energético asociado al incentivo y al hecho de que es una actuación conjunta entre IDAE y la Comunidad Autónoma de Aragón.

8. Todos los aparatos susceptibles de recibir ayudas deben estar incluidos en la lista de aparatos eficientes, que IDAE mantendrá actualizada en una base de datos www.idae.es.

9. En caso de duda o litigio a la hora de establecer si un aparato determinado está o no incluido en cualquiera de los tipos definidos en el apartado anterior, será en último caso el criterio de la Dirección General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón el que prevalecerá.

Cuantía de la subvención.

La cuantía de la ayuda individual para cada aparato en función de sus características es la fijada en la siguiente tabla:

En ningún caso la cuantía de la subvención podrá superar el 25% del coste del electrodoméstico.

Por su parte, los comercios adheridos obtendrán cinco euros (5 €) en concepto de pago por cada uno de los electrodomésticos vendidos como contraprestación por la tramitación de las subvenciones en sus establecimientos.

Procedimiento de adhesión de los comercios al Plan Renove de Electrodomésticos

1. El procedimiento para la adhesión de los establecimientos vendedores de aparatos electrodomésticos al Plan Renove de Electrodomésticos, es el que figura a continuación:

a. Los comercios en los que se venden electrodomésticos interesados en participar y colaborar en la campaña de ayudas deberán hacer entrega a ANGED o CEMCA de la Ficha de Adhesión al Plan Renove, debidamente cumplimentada según el modelo que se adjunta en el ANEXO I.

b. La adhesión comercial no se producirá hasta el momento en el que ANGED o CEMCA dé su aceptación mediante la asignación individual al establecimiento de su Código de comercio correspondiente.

c. Las adhesiones podrán realizarse conjuntamente por parte de una cadena de establecimientos, pero deberá en todo caso incluirse la relación de los establecimientos que aglutina dicha adhesión, incluyendo los datos de dichos comercios (incluido el CIF).

d. También se podrán incorporar nuevas adhesiones mientras dure la vigencia del Plan Renove en Aragón.

e. Los establecimientos adheridos al Plan Renove en la campaña del ejercicio 2009, quedarán automáticamente adheridos para la campaña 2010 salvo que hagan constar lo contrario expresamente a la correspondiente Entidad Colaboradora mediante la cual se adhirieron en su día.

2. La Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón se reserva la posibilidad de aceptar o denegar las solicitudes de adhesión si así lo estima conveniente.

Si en su actividad de control y seguimiento, el Gobierno de Aragón, comprobara el incumplimiento de alguno de los compromisos adquiridos por alguno de los comercios adheridos, podrá cancelar la adhesión de dicho comercio al Plan Renove de Electrodomésticos, en el ejercicio en curso y sucesivos, sin derecho a ninguna reclamación por parte del infractor.

Compromisos de los comercios adheridos

Los comercios adheridos al Plan Renove asumirán los siguientes compromisos:

1. Colaborar activamente en la difusión y desarrollo de los objetivos de la campaña:

- Difundir en sus establecimientos la existencia de la clasificación energética de los aparatos electrodomésticos.

- Información y sensibilización a los compradores acerca de la importancia del ahorro y la eficiencia energética.

- Favorecer la venta de los aparatos electrodomésticos con etiqueta energética A o superior, objeto de las ayudas.

2. Aceptar un sistema de seguimiento y control del Plan, que incluye la inspección de las subvenciones, verificando que la retirada de los aparatos antiguos y su gestión como residuos se ha realizado correctamente. De la misma forma se inspeccionará a los comercios colaboradores en relación con el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente convenio.

3. Mostrar en un lugar visible el logotipo de la iniciativa y los soportes publicitarios facilitados a tal efecto, e informar sobre dicha iniciativa

3.1.- Todas las piezas de comunicación, en cualquiera de los soportes (prensa, cartelería, cuñas radiofónicas, spots televisivos, folletos, webs, etc.) deberán incluir el logotipo institucional conjunto del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, IDAE y Gobierno de España, junto al logotipo del Gobierno de Aragón. Este logotipo será tratado con idéntico rango de tamaño y ubicación (en paralelo). Este logotipo no se puede fraccionar en ningún caso.

3.2.- En el caso de cuñas radiofónicas, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el IDAE deberán ser siempre locutados, en idénticos términos que el Gobierno de Aragón. El nombre del Ministerio deberá ser locutado por completo (Ministerio de Industria, Turismo y Comercio). Para locutor el IDAE se podrá utilizar su acrónimo.

3.3.- Todas las piezas de comunicación deberán incluir, así mismo, y en alineación con el del Gobierno de Aragón y el completo del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, con Gobierno de España e IDAE, la logomarca "Ahorra Energía". Dicha logomarca ha sido creada específicamente en 2008 con el objeto de identificar todas y cada una de las acciones que se lleven a cabo en el marco y con fondos públicos de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética para España (2004/2012) y sus Planes de Acción.

4. Cumplimentar convenientemente los Formularios de Solicitud de Ayuda Plan Renove y verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en este programa de ayudas. A tal efecto se incluirá en la web un plan de asignación de electrodomésticos que garantice el reparto on-line entre los comercios adheridos especialmente en la fase final de ejecución del plan.

5. Entregar una copia de la Solicitud de Ayuda al beneficiario.

6. Vender en el marco de la iniciativa únicamente los equipos que cumplan con las condiciones establecidas en el apartado Acciones subvencionables.

7. Aplicar los descuentos correspondientes a la subvención conforme a lo establecido en el apartado Cuantía de la subvención.

8. Retirar el electrodoméstico sustituido para su posterior reciclado según el procedimiento establecido en el Real Decreto 208/2005, de 25 de febrero, sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos.

9. Tramitar, cumplimentar y remitir a las Entidades Colaboradoras los correspondientes expedientes de las ayudas que adjuntarán en todo caso la documentación que se indica en el apartado Documentación a aportar, para su correspondiente comprobación y verificación.

10. Facilitar a la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón cuanta información y documentación precise para verificar la correcta aplicación de las subvenciones.

Tramitación del pago de las subvenciones a los establecimientos adheridos

La Entidad Colaboradora correspondiente, será la encargada de realizar las correspondientes transferencias bancarias a cada uno de los establecimientos adheridos que hayan realizado las ventas.

El importe correspondiente a las ayudas concedidas en los establecimientos adheridos será ingresado por la Entidad Colaboradora a dichos comercios mediante transferencia bancaria a la cuenta bancaria que a tal efecto habrán facilitado los establecimientos en la Ficha de Adhesión.

Procedimiento de adquisición del electrodoméstico y obtención de la subvención por parte del comprador.

A. Procedimiento

1. El comprador se dirige a un comercio adherido a la iniciativa y elige un electrodoméstico que esté en lo dispuesto en el apartado Acciones subvencionables.

2. Una vez adquirido el electrodoméstico, el comerciante cumplimenta el Formulario de Solicitud de Ayuda Plan Renove, según el modelo adjunto en el ANEXO II, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos indicados en el apartado de Beneficiarios y Acciones subvencionables y previa verificación acerca de la existencia de crédito para las ayudas mediante el procedimiento desarrollado para este fin.

3. El comprador rellena sus datos y firma por triplicado ejemplar (para el comerciante, comprador y Entidad colaboradora) la conformidad en el Formulario de Solicitud de Ayuda Plan Renove.

4. El comercio adherido cobra el precio del electrodoméstico con el descuento de la ayuda, según se establece en el apartado Cuantía de la subvención, ya efectuado.

5. Una vez realizados estos pasos el comercio adherido remitirá, con los medios adecuados que aseguren la viabilidad del Plan, a la Entidad Colaboradora correspondiente, la solicitud de ayuda y documento de venta, conforme a lo requerido en el apartado Documentación a aportar y el certificado de haber entregado el electrodoméstico para su reciclaje. Esto se podrá llevar a cabo a través de la Web.

6. El comercio adherido entrega e instala, en su caso, el equipo y retira el sustituido para su reciclaje según establece la normativa vigente.

B. Documentación a aportar

Únicamente se producirá la concesión de la subvención una vez justificada suficientemente la realización de la actividad susceptible de ayuda, a cuyo efecto el establecimiento adherido a la campaña deberá presentar, en la Entidad Colaboradora, la siguiente documentación:

1. Duplicado o copia del documento de venta indicando:

a. Marca, modelo y clasificación energética del aparato.

b. Nombre, DNI, teléfono y firma del comprador.

c. Nombre y CIF del comercio.

d. Código del comercio.

e. Importe del electrodoméstico (IVA incluido) sin el descuento.

f. Importe del electrodoméstico (IVA incluido) con el descuento ya efectuado.

g. El importe de descuento realizado.

h. Fecha de la compra.

i. Sello del comercio.

j. La comprobación de que el electrodoméstico está incluido en la base de datos del IDAE.

2. Formulario de Solicitud de Ayuda Plan Renove, cuyo modelo figura en el ANEXO II, donde el comercio certifica haber realizado el Plan Renove, es decir, haber retirado el antiguo aparato del mismo tipo al vendido, y el comprador declara estar en todo lo dispuesto en el Plan Renove en cuanto a los requisitos de concesión de la ayuda.

El Formulario de Solicitud de Ayuda Plan Renove, dispondrá de un Código de Validación de Ayuda facilitado al comercio adherido, en el momento en el que, previo a la venta, dicho establecimiento comprueba la disponibilidad de crédito. Cada Código de Validación asociará individualmente cada venta con cada ayuda.

3. Certificado de reciclaje del electrodoméstico retirado.

Implementación del Plan Renove en los comercios adheridos

Para el correcto desarrollo del Plan Renove en la Comunidad Autónoma de Aragón, las Entidades Colaboradoras deberán seguir manteniendo un procedimiento para la comunicación directa de las Entidades Colaboradoras con los comercios adheridos, para la correcta distribución de las ayudas y la verificación en todo momento de la disponibilidad de crédito para cada nueva subvención.

Infracciones y sanciones

El Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón, se reserva el derecho de realizar, directamente o mediante entidades o instituciones colaboradoras, cuantas comprobaciones, inspecciones y demás medidas de control se estimen oportunas para velar por la correcta aplicación de los recursos públicos.

Si el Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón, comprobara el incumplimiento de alguno de los compromisos adquiridos por alguno de los comercios adheridos, podrá cancelar la adhesión de dicho comercio al Plan Renove de Electrodomésticos sin derecho a ninguna reclamación por parte del infractor.

Si se detectase que los beneficiarios de la subvención o comercios adheridos han incumplido algunas de las condiciones establecidas en el presente Convenio, se dará lugar a la pérdida de los beneficios, y en su caso obligará a reintegrar al Gobierno de Aragón las cantidades obtenidas indebidamente. Se procederá por parte del Gobierno de Aragón a solicitar la devolución de las cantidades percibidas procediéndose, en su caso, a poner en marcha las actuaciones legales a las que hubiera lugar para conseguir su reintegro.