
1 ORDEN de 22 de mayo de 2008, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a la producción audiovisual para el año 2008.
Por Orden de 19 de octubre de 2007 del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, fueron convocadas ayudas a la producción audiovisual para el año 2008 («Boletín Oficial de Aragón» número 131, de 7 de noviembre de 2007).
De conformidad con la citada Orden, examinada la propuesta elaborada por la Comisión de Valoración nombrada al efecto, la Dirección General de Cultura ha elevado la correspondiente propuesta de resolución de acuerdo con lo estipulado en el punto Séptimo, apartado 3 de la Orden de convocatoria.
En su virtud, la Consejera de Educación, Cultura y Deporte de conformidad con lo dispuesto en la Orden de convocatoria, y en uso de las competencias que legalmente le han sido atribuidas, dispone:
Primero: Conceder las subvenciones relacionadas en el Anexo I de la presente Orden para la producción audiovisual para el año 2008, por un importe total de ciento treinta un mil euros (131.000 euros) a los beneficiarios relacionados en el citado Anexo. Las ayudas se tramitarán con cargo a la aplicación presupuestaria 18060 G/4553/480098, Proyecto 2006/001016 del vigente presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Segundo: El pago de las subvenciones se realizará conforme a lo dispuesto en el Decreto 186/1993 de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma y lo establecido en la Orden de convocatoria.
Tercero: Las justificaciones deberán presentarse en la Dirección General de Cultura, Servicio de Fomento de las Artes y la Cultura. El plazo de presentación de las justificaciones finalizará el día 13 de noviembre de 2008, de acuerdo con lo establecido en el punto décimo, apartado 1 de la referida Orden de convocatoria.
Cuarto: En cuanto a la obligación de los beneficiarios se estará a lo especificado en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y a lo establecido en el apartado noveno de la Orden de 19 de octubre de 2007 del Departamento de Educación, Cultura y Deporte por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual para el año 2008 («Boletín Oficial de Aragón» número 131, de 7 de noviembre de 2007)
En el supuesto de incumplimiento del destino de la subvención o de cualquiera de las normas aplicables, se procederá a la
anulación de la misma, a su devolución y al ejercicio de las acciones que correspondan según la normativa vigente.
Quinto: Excluir o denegar la concesión de subvención a los solicitantes que se especifican en el Anexo II de la presente Orden, por concurrir alguna de las causas que a continuación se determinan:
1.-Excluidas por no cumplir requisitos para ser beneficiario
2.-Excluidas por no ser objeto de la convocatoria.
3.-Denegadas porque sus proyectos no son prioritarios con el resto de las solicitudes.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su notificación recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses, según lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Zaragoza, 22 de mayo de 2008.
La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,
MARÍA VICTORIA BROTO COSCULLUELA
© Gobierno de Aragón, 2008. Todos los derechos reservados