Boletín Oficial de Aragón
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¿Qué es el BOA?

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) es el diario oficial de la Comunidad Autónoma de Aragón, a través del cual se hacen públicos los documentos que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y en virtud de los principios constitucionales de publicidad de las normas y de seguridad jurídica, deben ser objeto de publicidad oficial.

El BOA es un servicio público de acceso universal y gratuito que garantiza el derecho de los ciudadanos a acceder gratuitamente a los documentos que se publican en el mismo y a una base de datos que facilita su consulta.

El BOA se publica todos los días del año, excepto los sábados(1), domingos y festivos de ámbito nacional o autonómico. Excepcionalmente, por necesidades apreciadas por el Consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno, podrá publicarse cualquier día del año.

Desde el 1 de mayo de 2008 , la edición en soporte electrónico del BOA se publica en la sede electrónica www.aragon.es en fichero pdf firmado y certificado. Se puede verificar la validez de estos ficheros en la página web www.boa.aragon.es.

(1) De acuerdo con el art.112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, los días 5 y 20 de cada mes que coincidan en sábado, habrá Boletín Oficial de Aragón, con objeto de dar publicidad a las notificaciones de la Administración tributaria.

Dónde estamos

Dirección y teléfono de contacto:

Departamento de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón
Secretaría General Técnica
Servicio de Coordinación Normativa, del "Boletín Oficial de Aragón" y de Programas Interdepartamentales
Boletín Oficial de Aragón
Paseo María Agustín, núm. 36 (Edificio Pignatelli, puerta 8, 1ª planta)
50004 Zaragoza
Tfno: 976.714.491
Fax: 976.714.187
boa@aragon.es


Publicar en el BOA

¿Quiénes pueden solicitar la publicación?

Pueden solicitar la publicación las autoridades y funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma facultados para firmar los originales destinados a la publicación, correspondiendo la autorización de la inserción y su envío al BOA a la Secretaría General Técnica de su Departamento.

También pueden solicitarla aquéllas personas u órganos facultados para la firma de documentos, o por las personas que por derecho les representen o estén autorizados para cada solicitud concreta.

Quienes soliciten la inserción en el BOA se hacen responsables de la autenticidad de los documentos que remitan.

Solicitud

Puede solicitarse la inserción de textos en el BOA:

  • Telemáticamente mediante el acceso a la aplicación IBOA. Más información.
  • Por el procedimiento tradicional, que se detalla a continuación
Qué debe presentarse:
  • Una solicitud de publicación (PDF, 439KB)
  • El documento objeto de publicación en soporte papel y electrónico.
  • En el caso de que el anuncio esté gravado con la tasa 22, autoliquidación del anuncio e impreso original justificativo de su pago (impreso para la Administración de la Tasa 22 con la correspondiente validación mecánica).
Presentación de la solicitud y sus documentos:
  • La solicitud y los documentos adjuntos se dirigirán o podrán presentarse en la Secretaría General Técnica del Departamento de Presidencia y Justicia, Servicio de Coordinación Normativa, del "Boletín Oficial de Aragón" y de Programas Interdepartamentales, Boletín Oficial de Aragón, Edificio Pignatelli, Paseo María Agustín, nº 36, (puerta 8, planta 1ª), 50004. Zaragoza.
  • Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Requisitos de los documentos para su publicación:

Los documentos que se presenten para su publicación en el BOA deberán contar con los siguientes requisitos:

  1. Sumario o título identificativo del documento que se pretende publicar (Ley, decreto, resolución, notificación, convocatoria, extravío de título… etc), que figurará en el encabezamiento del documento.
  2. Texto del documento (lo que deba ser objeto de publicación).
  3. Fecha y lugar de aprobación o adopción.
  4. Nombre y, en su caso, cargo de la autoridad firmante, que se consignará al final del texto. Si la persona que firma lo hace en representación de otra, se deberá indicar esta circunstancia mencionando el documento que le autoriza para ello.
  5. Los documentos se presentarán en soporte papel (original y copia) y soporte electrónico coincidente con el soporte papel.
  6. Los documentos en soporte papel deberán:
    • Estar mecanografiados, utilizando tabuladores, sin ningún tipo de tabla ni cuadros, a una sola cara y tamaño DIN A-4, con un máximo de diecisiete palabras por línea.
    • Estar impresos sobre folios en blanco evitando que los membretes o logotipos de uso obligatorio, así como sello o firmas oculten o interfieran la letra del texto a publicar, y éstos deben de eliminarse siempre en las relaciones anexas susceptibles de escanear.
  7. En los documentos no se usaran mayúsculas en los títulos ni en texto seguido, si en los inicios de principio de párrafo o frase y en las iniciales de nombre propios.
  8. También, en cuanto a la forma del documento, se aconseja que se sigan las siguientes recomendaciones:
    • Detrás de la fecha, en el título, se pondrá una coma, al igual que detrás del emisor.
    • En las órdenes y resoluciones el "dispongo" o el "resuelvo" irá con minúsculas y en el párrafo que corresponda, nunca con mayúsculas y en el centro de la página.
    • La numeración ordinal irá seguida de punto y guión. (Ej. Primera.-)
    • Si el documento se publica en las secciones I a III del Boletín Oficial de Aragón, la antefirma irá en minúsculas (Ej. El Director de S..) y el nombre del firmante en mayúsculas (Ej. JAVIER MART…) y si se publica en las secciones IV y V en ambos casos irá en minúsculas ( Ej. El Alcalde. Javier Mart…).
    • La fecha debe ser en el formato: Zaragoza, 1 de octubre de 2010.
  9. Respecto a los documentos en soporte electrónico se deberá tener en cuenta:
    • Si se incluyen ficheros adjuntos, deben identificarse y ordenarse.
    • El soporte presentado y las aplicaciones necesarias para el tratamiento de la información contenida en los documentos electrónicos deberán ser compatibles con las utilizadas en el BOA. Para ello, se deberán seguir las siguientes pautas:
      • El primer párrafo del documento deberá contener el título de la disposición o anuncio. El resto de párrafos compondrán la descripción de la disposición o anuncio.
      • Si lleva logotipos deberán incorporarse en la cabecera del documento.
      • El documento, no deberá contener:
        • signos de mayor o menor ‹ o ›
        • saltos de sección
        • etiquetas inteligentes
        • opciones de autocorrección
        • control de cambios
        • autoformas o cajas de texto
        • texto intermitente
        • campos de formulario
        • fecha automática
        • numeración y viñetas
        • referencias como notas al pie de página
        • o cualquier otro elemento de Word que no pueda convertirse a texto plano.
        • hipervinculación de los link.
      • El documento podrá contener tablas pequeñas o imágenes, pero toda aquella información que requiera de una especial maquetación que no pueda facilitarse como texto sin formato (por ejemplo tablas complejas, formularios, instancias, etc…) deberá mandarse en fichero aparte en formato PDF o TIFF.
Inserción de anuncios:

Mantenimiento de la página

Departamento de Presidencia y Justicia
Servicio de Coordinación Normativa, del "Boletín Oficial de Aragón" y de Programas Interdepartamentales
Tfno: 976 71 44 91
boa@aragon.es